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Partidos desafían sentencia de Corte sobre listas de candidatos a diputados

Solo Arena rechaza el acuerdo que crearía un nuevo mecanismo para elegir parlamentarios, en el cual sobreviviría el poder de los partidos de 'preelegir' a los diputados. La Sala de lo Constitucional había determinado que las listas de candidatos que preestablecen un orden de selección violan la calidad de libre y directo que según la Constitución tiene el sufragio.


Miércoles, 12 de enero de 2011
Jimena Aguilar y Rodrigo Baires Quezada

Cuatro de los seis partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa acordaron este martes un nuevo mecanismo de elección de diputados que se supone atiende las exigencias de la sentencia que en julio pasado emitió la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

El mecanismo obtuvo el rechazo del partido Arena, un visto bueno preliminar del diputado de Cambio Democrático, Douglas Avilés, y el respaldo tajante de FMLN, Gana, PCN y PDC.

Las reformas al Código Electoral pactadas el martes supuestamente pretenden cumplir con el mandato constitucional de que el voto tiene que ser libre y directo, pero el complejo mecanismo de escrutinio que idearon los cuatro partidos mantendrá el poder de los partidos de decidir quiénes de sus candidatos no podrían ser elegidos, independientemente del respaldo que pudieran tener entre el electorado.

Según la Sala de lo Constitucional, se debe permitir el ejercicio del voto de forma libre y directa, y esto “también implica que el ciudadano tenga plena capacidad de opción a la hora de votar, o sea, que pueda elegir entre uno u otro candidato”. Los magistrados exigieron a la Asamblea adoptar los cambios necesarios en la legislación electoral para desbloquear las listas de candidatos, pues en las papeletas solo se ha dado hasta ahora al elector la posibilidad de marcar la bandera del partido, y no por personas.

Por ello, según los diputados, la apertura de las listas de candidatos al proponer una papeleta de votación en la que aparezcan los postulados identificados por nombre y fotografía, resolvería la acomodación del Código Electoral a la letra de la sentencia. Así se subsanaría el reclamo de la CSJ sobre el cumplimiento del artículo 78 de la Constitución, que establece que el voto debe ser directo y libre. A primera vista, parece que se acató el fallo. Sin embargo, las reformas al Código incluirán el mecanismo de conteo de votos y ahí es donde los partidos han logrado preservar su poder de decidir quién gana un escaño y quién no.

El acuerdo de la Comisión de Reformas Electorales consiste en que los electores podrán emitir un solo voto, hacer una sola marca en la papeleta de votación. Efectivamente, podrán marcar la fotografía del candidato de su preferencia en las próximas elecciones legislativas. Sin embargo, el votante también tendrá la opción de seguir votando según el viejo sistema: por bandera. Y decidieron redactar que el votante que vote por bandera está votando por la lista de candidatos que presente el partido, en el orden en que los inscriban, que será determinante al momento de decidir qué aspirante gana una curul y qué aspirante no. Esto último, en la práctica, es lo mismo que la Sala de lo Constitucional dijo que violaba el carácter directo y libre del voto, porque la decisión debe ser del ciudadano sin injerencia de los partidos.

“Cada ciudadano va a poder optar por la bandera de su preferencia, en ese caso respetando el orden establecido por los partidos políticos en sus listados; pero también podrán modificar el orden si estampan su marca a la par del nombre y fotografía del candidato”, dijo Rodolfo Paker, diputado y secretario general del PDC.

¿Qué pasaría si un elector vota por dos o más candidatos? Si son votos por varios candidatos de diferentes partidos políticos, la papeleta será anulada. Si las marcas corresponden a candidatos del mismo partido, según explicaron Mario Ponce, del PCN, y Rodolfo Parker, del PDC, el voto será tomado en cuenta como si fue hecho por la bandera del partido, que de nuevo se traduciría en que se acepta el orden de candidatos establecido por el partido. ¿Y si se vota por un candidato y también se marca la bandera del partido al que pertenece? “Eso no se ha visto todavía, pero se puede prever en el dictamen de la comisión, que se hará hasta el próximo martes, y donde estarán todos los acuerdos que se tomaron en la reunión conjunta de las comisiones Política y de Reformas Electorales”, dijo Ponce.

Los diputados consultados reconocieron que el nuevo sistema de votación puede generar confusión y errores de los votantes, pero estará en manos del Tribunal Supremo Electoral (TSE), de los mismos partidos políticos e, incluso, de los medios de comunicación, “educar” a los electores.

En teoría, el sistema de lista cerrada y desbloqueada permite el reordenamiento de los listados dispuestos por las dirigencias partidarias, pudiendo alterar el orden de inscripción de los diputados hecho por los partidos. Además, permite que la competencia electoral se desarrollo en el plano externo, determinando cuántos escaños obtiene cada partido, y en el plano interno, definiendo quiénes ocuparán los escaños ganados por cada organización. En la práctica, la decisión de los diputados de mantener el voto por bandera y la forma de escrutinio propuesta rompería con los beneficios del nuevo sistema.

Durante el conteo, todos los votos válidos se sumarían para llegar a un total por circunscripción electoral. Este total se dividiría entre el número de diputados del departamento para obtener el coeficiente electoral, el cual determinaría cuántos votos necesitaría un partido o un candidato independiente para tener un escaño en la Asamblea.

El total de votos que obtenga un partido político se determinaría con la suma de las cuatro diferentes formas de votos válidos que lo beneficien: las marcas por la foto de un candidato, por la bandera de su partido o las marcas de dos o más fotos de un mismo partido se sumarán para alimentar el total de sus votos válidos.

Esto significa que si en San Salvador el coeficiente electoral para obtener un escaño es de 8 mil votos y el universo de votos de un partido es de 40 mil, esta institución tendrá derecho a cinco diputados en dicha circunscripción. Según lo acordado por los diputados, a la hora de repartir estos escaños, los votos que se destinan a la bandera tienen preferencia sobre los que apoyan un candidato.

Las posibilidades de que el orden de precedencia de la lista se mantenga son mayores, porque tres de las cuatro diferentes formas de votar validan la selección que presenten los partidos, y a la hora de otorgar los votos entre todos los aspirantes, el primero de estos que obtiene un sufragio de los recibidos por bandera, es el que aparece en la posición uno. Es decir que la lista predomina para rellenar los escaños que obtuvo un partido. Si de los 40 mil votos válidos, 8 mil fueron marcas que recibió una foto, la lista tomará precedencia aunque esa foto cumpla con el mínimo de votos para obtener un escaño.

Si este candidato se encuentra en los primeros cinco puestos de la lista, seguramente obtendrá un puesto como diputado, pero si tiene la mala suerte de ser el candidato número seis de su partido, se quedará sin puesto y le habrá regalado 8 mil votos a las cinco personas que le preceden. En este escenario, es posible que el candidato uno o el tres o el cinco haya obtenido un solo voto o ninguno, pero que se haya beneficiado por estar antes en la lista y obtenga una curul en el Salón Azul sin el mérito de un solo respaldo específico de la ciudadanía.

La única forma de que un candidato que no esté en esos primeros cinco puestos de la lista del partido logré apartar un escaño en la Asamblea es que los electores le den más votos que el total destinado a la bandera de su partido. En el mismo ejemplo, si la bandera de un partido obtiene 15 mil de 40 mil votos y el resto está repartido entre tres diferentes candidatos de la misma organización, solo aquel que obtenga 15 mil más un voto podrá tener derecho a un escaño aunque el coeficiente electoral sea de 8 mil. Los cuatro escaños restantes serían rellenados por el orden de precedencia elegido por el partido. En la práctica, los votos de las 15 mil personas que apoyaron a ese candidato valen menos que 8 mil que marcaron por la bandera. En el caso de los candidatos independientes, estos solo tendrían que acumular suficientes votos para llegar al coeficiente electoral para asegurarse una curul en la Asamblea Legislativa. Los votos que le sobren se perderán porque no puede heredar como residuo ese sobrante.

Ante la novedad y complejidad del mecanismo, la diputada del FMLN Margarita Velado trató de explicar este nuevo sistema: “Supóngase que el candidato partidario está en el número cinco y logró 80 marcas, pero el partido logró mil 500 marcas, estas 80 están en las mil 500 porque son del partido, pero para que él pase del quinto al primero tendría que tener más marcas que la bandera del partido. Él va en el orden, si  el partido mete 15, él ya va. Si es el número 20, para que entrara tendría que tener una mayoría tal que desplace al primero. La persona que no recibe ninguno, no es que no recibe ninguno, el elector vota por la bandera, el elector vota por todos, vota por la preeminencia.”

El partido Arena rechazó el acuerdo y en su lugar insiste en que la prioridad en asignación de votos debe ser para las personas escogidas por los ciudadanos. En Cambio Democrático, su únido diputado, Douglas Avilés, no se opuso al acuerdo, pero esperará la decisión que tome la Comisión Política de su partido.

En el caso de los areneros, según Guillermo Ávila Qüehl, su partido solo ha dado el visto bueno a la forma en que se ejercerá el sufragio, que incluye listas de candidatos con fotografía. Sin embargo, dice tener claro que el sistema de escrutinio no acata las exigencias impuestas en la sentencia de la Corte Suprema de Justicia. “El partido va a tener votos válidos directos, por su bandera, e indirectos, por sus candidatos. El primer escrutinio es cuántos escaños le corresponden a un partido. Después se verá quien tiene votos preferenciales”, dijo Ávila Qüehl, refiriéndose a que las personas, de nuevo, seguirían en segundo orden a la hora de repartir los escaños legislativos. Para Arena, es en este segundo escrutinio cuando se tiene que determinar qué candidato obtiene una curul en la Asamblea. Por ejemplo, si un partido obtiene 10 escaños en un departamento y cinco de sus candidatos obtienen votos preferenciales, estos deberían ocupar los primeros cinco puestos ganados y se restarían de la lista del partido y los puestos restantes se asignarían según el orden de inscripción en el TSE.

El Faro consultó a varios magistrados de la Corte Suprema su apreciación sobre el acuerdo legislativo, pero todos se excusaron bajo el argumento de que si adelantan criterio tendrían que inhibirse de conocer algún recurso si alguien decidiera objetar la constitucionalidad de las reformas.

El acuerdo tomado este martes también posibilita que cada partido político decida, según sus posibilidades de ganar o no, presentar planillas parciales o completas por cada departamento. La medida permite que los simpatizantes de cada partido pequeño no dispersen su voto entre diferentes candidatos cuando no gozan de suficiente apoyo en una circunscripción determinada. Este mecanismo ya fue utilizado en las elecciones legislativas de marzo de 2009.

Aparte de esta decisión, los partidos también acordaron hacer ajustes a la repartición de escaños legislativos por cada uno de los departamentos del país. Redujeron de 4 a 3 los diputados que se elijan por La Unión, de 25 a 24 los de San Salvador; y aumentaron de 8 a 10 los de La Libertad.

Según la Constitución, la representación parlamentaria debe ser proporcional a la población. Esto no se cumple en los departamentos de San Vicente, que no deberían tener más de dos escaños, pero los diputados decidieron mantenerlos con tres.

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