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Asamblea clasifica como secretos los detalles de cómo gasta su presupuesto

Por lo menos durante siete años el detalle de cómo el Órgano Legislativo gasta su presupuesto se mantendrá oculto del público, según han dispuesto los diputados. Aunque es pública la ejecución del presupuesto en rubros generales, los detalles son información reservada, en violación a la Ley de Acceso a la Información Pública. También están clasificados como secretos los planes de viajes de diputados en misiones oficiales.


Lunes, 25 de junio de 2012
Jimena Aguilar

La Asamblea Legislativa ha decidido ocultar al público la información detallada sobre cómo gasta su presupuesto, clasificándola como secreta, en una medida que incluso algunos diputados consideran violatoria de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).

Poco más de un año después de que la LAIP entrara en vigencia, la Asamblea Legislativa ha incluido en su lista de información reservada aquella que la misma normativa considera de acceso público, como la referida a los viajes al exterior que hacen los diputados como parte de misiones oficiales, o la que detalla exactamente cómo se ejecuta el presupuesto del Órgano Legislativo.

La LAIP establece, además, que cada institución que maneja del Estado o privada que usa fondos públicos, genere una lista de la información que ha clasificado como secreta, y que ese índice será público y será divulgado sin necesidad de que alguien lo solicite. En el caso de la Asamblea Legislativa, el índice de información reservada no ha sido publicado, lo que constituye una contradicción a la ley. Sin embargo, El Faro lo solicitó y le fue entregada la lista correspondiente, que incluye como información secreta los gastos específicos del presupuesto, los viajes programados de diputados aún no realizados, la correspondencia que ingresa a la Asamblea Legislativa y que aún no ha sido clasificada, y los decretos legislativos mientras estos aún no hayan sido publicados en el Diario Oficial. Esta última medida dejaría en la oscuridad el crucial proceso de formación de ley que incluye el visto bueno o el rechazo del presidente de la República a los decretos legislativos.

'Documentos a reservar. 1. Ejecución del presupuesto por específico', dice el índice entregado a El Faro, que tiene como fecha de clasificación de la información el 7 de mayo recién pasado. Esta y los otros tres tipos de información reservada permanecerá secreta durante al menos siete años, al cabo de los cuales puede volver a declararse bajo reserva o puede desclasificarse, según la LAIP.

La Ley de Acceso a la Información Pública establece en su artículo 22 que las oficinas de información de todos los entes obligados, incluyendo la de la Asamblea, elaborarán semestralmente un índice de información reservada. 'En ningún caso el índice será considerado como información reservada y el mismo deberá ser publicado'. Es decir, que según la ley cada institución deberá establecer según criterios establecidos por la misma qué información será mantenida en secreto.

La LAIP, vigente desde el 7 de mayo de 2011, estableció tres tipos de información en poder del Estado o de instituciones privadas que ejecutan fondos públicos: pública, confidencial y reservada. La pública es aquella a la que cualquier persona tiene acceso irrestricto. La confidencial es lal información personal como crencias religiosas, estados de salud o preferencias sexuales, y está vedada al acceso público. La reservada es información que se mantendrá en secreto.

Uno de los primeros artículos de la ley especifica que uno de los principios que rige la legislación es la máxima publicidad, es decir, que toda la información es pública, salvo excepciones expresamente establecidas por la ley. Asimismo, la LAIP dispuso que las instituciones sujetas a la ley debían publicar un año después de vigente la normativa, un cúmulo de información conocida como 'oficiosa', y que tiene que ver con las actuaciones básicas de las oficinas que manejan recursos del Estado, como contratos, licitaciones, presupuestos y todo tipo de compras.

El índice de información reservada es parte de la información oficiosa que deben poner a disposición del público las instituciones, pero la Asamblea no lo ha hecho. El índice, que muestra cuatro tipos de información con etiqueta de secreto, fue entregado a este periódico el 5 de junio por la oficial de información de la Asamblea Legislativa.

El portal de Acceso a la Información Pública de la Asamblea tiene publicada la ejecución del presupuesto, es decir, cómo se gasta el presupuesto por rubros generales. La ejecución del presupuesto por específico implicaría detallar cada partida de los rubros generales, incluyendo ingresos, financiamientos, donaciones, egresos y resultados. Por ejemplo, la ejecución del presupuesto 2012 incluye el rubro vehículos de transporte, pero no hay documento que detalle, por ejemplo, la cantidad de vehículos. Dicha ejecución del presupuesto también incluye el rubro consultorías, estudios e investigaciones diversas. Mientras no se publique la ejecución del presupuesto por específico, no se podrá determinar cuáles eran esos estudios o consultorías específicas que la Asamblea realizó ni cuánto dinero costó cada una de ellas.

Tanto los diputados que critican la información que la Asamblea incluyó en esta lista, como los que la defienden, aseguran que los encargados de hacer dicha clasificación son los diputados miembros de la junta directiva, que preside Sigfrido Reyes, del FMLN.

El diputado José Almendáriz, de CN, asegura que los directivos fueron nombrados para cumplir con las labores administrativas de la Asamblea Legislativa en materia de la LAIP. Esto lo confirmó el legislador arenero Roberto d'Aubuisson, miembro de la directiva, quien añadió que los directivos hicieron la clasificación de la información con asesoría de la oficial de información Cecilia Menjívar.

Sin embargo, D´Aubuisson dijo no saber por qué el índice de información reservada incluyó el detalle de cómo gastan el presupuesto, ya que lo que él entiende es que a finales de octubre de este año se divulgaría esa información. 'Recuerde que esta junta directiva tiene apenas dos meses. A los seis meses lo vamos a publicar, lo de nuestra legislatura que arrancamos con esta ley', dijo D'Aubuisson. Añadió que averiguará si la oficina de información de la Asamblea interpretó mal las instrucciones de la directiva.

La ley obliga en el artículo 10, numeral 13, que las instituciones sujetas a la normativa deberán publicar 'los informes contables, cada seis meses, sobre la ejecución del presupuesto, precisando los ingresos, incluyendo donaciones y financiamientos, egresos y resultados'.

Según el documento entregado por la Asamblea, la reserva en el caso del presupuesto se fundamenta en este criterio de reserva que establece la ley: 'la información que comprometiere las estrategias y funciones estatales en procedimientos judiciales o administrativos en curso; que pueda generar una ventaja indebida a una persona en perjuicio de un tercero'.

Ningún diputado pudo justificar que la información sobre la ejecución del presupuesto detallada cayera bajo esta categoría. El diputado Jaime Valdez, del FMLN, dijo que esa información debería estar sin reserva, aunque especuló que ha sido clasificada de esa manera porque es demasiada como para publicarla. 'Es más una cuestión práctica. Si nos ponemos a publicar eso es inmanejable. Eso no implica que no pueda solicitar la información y que se la den', dijo.

Esta decisión de mantener oculto el detalle de cómo se gasta el presupuesto se produjo un mes antes de que la Asamblea Legislativa decidiera en una votación en el pleno rechazar la publicación de los gastos en que incurrió el Órgano Legislativo en la misión a Nicaragua, a donde la semana pasada acudió una misión de diputados a demandar a la Sala de lo Constitucional ante la Corte Centroamericana de Justicia. La diputada arenera Carmen Elena Calderón de Escalón pidió que se divulgara el monto de los gastos, y los diputados del FMLN, Gana, CN y Pes se abstuvieron de votar, con lo que la moción fue archivada. El viaje a Nicaragua incluyó a 31 periodistas con gastos pagados por la Asamblea, según reveló el diputado Francisco Merino.

La lista de la información reservada también incluye la correspondencia no clasificada. Según la LAIP, en su artículo 11, literal g, 'las piezas de correspondencia recibidas' son parte de la información pública que específicamente el Órgano Legislativo debe hacer oficiosa. La información oficiosa es toda la información que los entes obligados deben publicar sin necesidad de una solicitud de información.

Además, el índice indica que también serán secretos los decretos antes de que sean publicados en el Diario Oficial. 'Todos los decretos que aún no hayan finalizado la fase ejecutiva', dice el documento. Según esta clasificación, los decretos serán información reservada desde que los diputados los aprueban en el pleno hasta que el presidente o la Asamblea o la Corte Suprema los publiquen en el Diario Oficial, dejando en la oscuridad todo el proceso de sanción, observación o veto por parte del Presidente de la República.

Esta disposición también contradice lo establecido en la LAIP en el artículo 11, literal j, que determina que 'los decretos y acuerdos del pleno legislativo' son parte de la información oficiosa específica de la Asamblea Legislativa.

Los diputados consultados sobre este punto aseguraron que la intención no es mantener en secreto la información que contiene un decreto. La diputada Margarita Escobar, de Arena, miembro de la junta directiva, aseguró que el proceso de intercambio entre el presidente y la Asamblea es público, que la reserva es solo para el documento. 'Es en el sentido que le digo, que no se puede publicar como ley porque no ha sido publicada en el Diario Oficial. Un decreto no se convierte en ley hasta que se publica en el Diario Oficial', dijo.

Algo parecido respondió el diputado Valdez, del FMLN. 'Los términos de la reserva tendrían que estar en función de que aún está en el proceso de formación, es un documento único, y aún no se ha oficializado cuál es su contenido porque sigue en proceso. Entiendo que siempre ha sido así por la custodia que tiene', dijo.

-Pero dentro de la reserva se incluirían las observaciones del presidente.

-No porque eso es cuando va para la presidencia de la República.

-¿Pero cuál es la lógica de que sea reservado, si todo el proceso entiendo que...
-Es público. Cuando está aquí tiene acceso a la información cuando se aprueban los términos, está la cinta magnetofónica. Ahora, tiene más el carácter de custodia de documento oficial que va hacia la Presidencia de la República, más que la reserva de la información porque la información está dentro del debate de la plenaria y los términos en que queda. La información es pública. Puede tener acceso al contenido del documento. Entonces lo reservan por el carácter del documento y darle la formalidad de los trámites hacia casa presidencial.

Tanto Valdez como Margarita Escobar y Roberto d'Aubuisson coincidieron en que es válida una de las razones que menciona el índice, que es el artículo 6 del Código Civil, que establece que la fecha de promulgación de un decreto será su fecha de publicación en el Diario Oficial. El Faro insistió con los legisladores en que no porque un decreto legislativo se haga de conocimiento público se rompería la disposición que establece que se convertirá en ley solo después de publicado en el Diario Oficial, pero los tres insistieron en que esa es la razón para vedar el acceso público a esa parte de la formación de la ley.

El otro argumento contenido en el índice, pero que no utilizan los diputados, es el artículo 19 de la LAIP, literal e, que se refiere a 'información que contenga opiniones o recomendaciones que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, en tanto no sea adoptada la decisión definitiva'. Los decretos, sin embargo, son expresión definitiva de la voluntad de la mayoría de diputados.

Entre los legisladores de Arena hay opiniones contrarias a la decisión de la directiva. El diputado Julio Fabián, miembro de la Comisión de Legislación, asegura que no ve razón alguna para que el proceso de formación de decretos o leyes sea oculto. 'No encuentro sentido, si prácticamente desde el inicio son públicos (piezas y decretos). No deberían tener ninguna reserva', dijo. Agregó que ninguno de los cuatro tipos de información por ahora clasificados como secretos debería estar bajo reserva.

En la Asamblea Legislativa se han dado varios casos de piezas de correspondencia que llegan a altas horas de la noche y son aprobadas con dispensa de trámites y con poca discusión en el pleno. Entre estos está la aprobación del decreto 743, cuyo texto además fue modificado durante la fase ejecutiva, después de su aprobación en el pleno. El último caso sobre modificaciones a textos durante el proceso dentro de la Asamblea es la petición del Sindicato de Trabajadores del Órgano Judicial (Sittoj) de que la Asamblea investigue si fue constitucional la elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia realizada en julio de 2009, ya que al menos dos de los magistrados no estaban incluidos en la lista de 30 candidatos oficial que recibió la legislatura para hacer su selección. Sin embargo, la petición fue 'traducida' en algún momento y la Asamblea Legislativa decidió el jueves formar esa comisión investigadora, aunque cambiaron la petición de investigar la 'constitucionalidad' de la elección para dedicarse a averiguar la 'legalidad'.

El índice de información reservada también incluye los viajes que han sido autorizados, pero que todavía no han sido realizados. El documento declara que dicha información será reservada 'mientras no se haya efectuado el viaje o los viajes de los que se requiera la información'.

La LAIP contiene un artículo, el 10, donde se especifica todos los datos que deberán ser publicados de manera oficiosa por los entes obligados como la Asamblea Legislativa. Los viajes están incluidos dentro de esa disposición. 'Los listados de viajes internacionales autorizados por los entes obligados que sean financiados con fondos públicos, incluyendo nombre del funcionario o empleado, destino, objetivo, valor del pasaje, viáticos asignados y cualquier otro gasto', establece el numeral 11 de dicho artículo.

Según la diputada Margarita Escobar, dicha información se ha reservado porque muchas veces los viajes se autorizan, pero no se terminan realizando y hay una enmienda para suprimir el viaje. 'Algunas veces llega la petición y no se realiza. No puede publicarlo hasta que se realiza y llegue el informe', dijo. Esta justificación también la compartió el diputado D'Aubuisson.

El año pasado el diputado Guillermo Gallegos de Gana recibió de la Asamblea un total de 17 mil dólares en viáticos por dos viajes a Salamanca que fueron autorizados, pero que el legislador nunca realizó. El diputado después entregó evidencia de que había regresado los viáticos del primero de los viajes, pero ni él ni la Asamblea aclararon qué había sucedido con el dinero del segundo.

El mes pasado El Faro publicó un reportaje en el que revelaba cómo la Asamblea Legislativa, sin ningún criterio técnico ni justificación de capacitación para sus legisladores, gastó en los primeros 10 meses de 2011 más de medio millón de dólares solo en concepto de viáticos para los diputados en misiones al extranjero. El legislador que más dinero recibió bajo ese concepto fue el arenero Alberto Romero.

El Faro le recordó a Escobar que históricamente la Asamblea ha registrado abusos en los viajes al exterior. 'Si hay casos de esos, habría que denunciarlos, pero no es el escenario bajo el cual está actuando junta directiva', respondió.

El diputado Valdez, del FMLN, sostuvo que aunque el índice indique que es información reservada, los viajes autorizados por la Asamblea son de carácter público.

D'Aubuisson aseguró que si se dan estas situaciones, deberán ser publicadas de manera oficiosa y que la reserva es solo para evitar reacciones ante viajes que después pueden ser cancelados. Además, el legislador aseguró que ya hay un acuerdo de Junta Directiva que determina que a los diputados que no presenten informes sobre sus viajes no se les volverá a autorizar viajes, justamente para evitar cuestionamientos.

Pero el argumento plasmado en la lista de información reservada se basa en el artículo 19, literal d, de la LAIP, el cual establece como reservada la información 'que ponga en peligro evidente la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona'. Cuando El Faro le preguntó a D'Aubuisson por qué la justificación del índice difiere de la de los diputados, explicó que no sabía explicar la diferencia.

Al igual que el diputado Julio Fabián, de Arena, el diputado de CN Antonio Almendáriz dijo que nada de la información bajo reserva se justifica que sea secreta porque se incumple la ley. 'Todo lo que la ley ordena que es información oficiosa lo es, no es si queremos o no queremos, es una orden hay que cumplirla', dijo Almendáriz, quien además valoró que la Asamblea debería ser la primera en cumplir la ley porque es la institución que la hizo.

Este es el índice de información reservada que la Asamblea Legislativa entregó a El Faro:

Índice de información reservada del Órgano Legislativo
Índice de información reservada del Órgano Legislativo

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