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Sala Constitucional tumba por segunda vez la elección de magistrados de Corte de Cuentas

La Corte Suprema considera que la Asamblea ignoró una sentencia previa de la Sala de lo Constitucional que fija requisitos para nombrar magistrados de la Corte de Cuentas, y anuló la elección de tres abogados para el cargo. Según la Sala, los legisladores incumplieron el mandato constitucional de fundamentar y probar la honradez y competencia notorias de dos de los candidatos y la tercera, Silvia Aguilar, hasta hace poco dirigente de Gana, trató de ocultar sus vínculos partidarios mediante un fraude de ley.


Viernes, 22 de marzo de 2013
Gabriel Labrador

Menos de 24 horas después de que la Asamblea Legislativa eligiera el miércoles por la noche a Gregorio Sánchez Trejo, Javier Bernal y Silvia Aguilar como nuevos magistrados de la Corte de Cuentas de la República (CCR), la Sala de lo Constitucional anuló su nombramiento y ordenó a la Asamblea reiniciar, de nuevo, el proceso de selección de candidatos a esos cargos. Es la segunda vez en lo que va de año que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) invalida una elección de magistrados para la Corte de Cuentas y exige un nuevo proceso de selección.

El pasado 23 de enero, en respuesta a un recurso de inconstitucionalidad presentado en 2011, la Sala de lo Constitucional emitió la sentencia de inconstitucionalidad 49-2011, que señala que el nombramiento hace dos años de Sánchez Trejo y Bernal -acompañados en aquella ocasión por José Andrés Rovira en la terna- fue ilegal porque la Asamblea no documentó ni justificó la “honradez y competencia notoria” ni la idoneidad de los seleccionados, y porque el hecho de que estos tuvieran “afiliación político partidaria” chocaba con la pretedida independencia de la Corte de Cuentas. Por todo ello, la CSJ ordenó a la Asamblea abrir de inmediato una nueva convocatoria de aspirantes. El plazo para completar la nueva elección de magistrados, establecido en la sentencia de enero, se cerraba el viernes 22 de marzo.

La votación legislativa del miércoles 20 pretendía, al menos en teoría, cumplir el mandato de la CSJ, pero la Sala emitió a las 4 de la tarde del jueves 21 una resolución que anula esta segunda elección. Según la Sala de lo Constitucional, que esta vez actuó de oficio “en seguimiento del cumplimiento de la sentencia” anterior y se ampara para ello en la potestad que le da el artículo 172 de la Constitución, los diputados incumplieron la sentencia 49-2011 y por tanto incurrieron de nuevo en ilegalidad. La nueva resolución -no se trata de una sentencia de inconstitucionalidad, sino de una resolución de seguimiento a la sentencia previa- declara nula la elección de los abogados Aguilar, Sánchez Trejo y Bernal, así como también cualquier acción administrativa, jurisdiccional o normativa que estos traten de tomar a partir de las 4 de la tarde del jueves 21 como si fueran magistrados de la Corte de Cuentas.

Respecto a Silvia Aguilar, la resolución afirma que su nombramiento constituyó un “fraude a la Constitución” porque su decisión de renunciar a la militancia en el partido Gana el martes 19 -un día antes de la votación- pretendía según la Sala demostrar que su elección cumplía al pie de la letra la Carta Magna cuando en realidad, vulneraba otras tres disposiciones legales y la Constitución misma, que señalan que a las instituciones de control no deben llegar personas cuyo conflicto de interés resulte evidente a la hora de fiscalizar instituciones con vinculación a los mismos partidos políticos.

“Este acto de renuncia, si bien postula una apariencia de cumplimiento formal o simulado de uno de los parámetros establecidos en la sentencia 49-2011 (el de no tener afiliación partidaria), tiene el efecto pernicioso de poner en riesgo la independencia de la CCR, principio que la “regla de no afiliación partidaria” pretende optimizar. Es decir, pretende cumplir superficialmente el art. 198 Cn., en cuanto a los requisitos para optar al cargo, pero con desmedro del art. 195 Cn., en cuanto al carácter independiente de la CCR”, reza la resolución emitida este jueves.

En el caso de los abogados Sánchez Trejo y Bernal, la Sala manifiesta que, de nuevo, los diputados no documentaron ni justificaron por qué consideraban que ambos cumplen con los requisitos de honradez y competencia notorias que exige la Constitución. “La suma de atestados, informes u otra documentación no es suficiente para tener por acreditadas las cualidades de honradez y competencia notorias de las personas propuestas para un cargo”, dicen los miembros de la Sala.

La resolución ordena a los diputados que inicien un nuevo proceso completo de selacción y elijan “a la mayor brevedad posible” a los nuevos magistrados. Desde este jueves, y mientras la Asamblea no cumpla con la sentencia de acuerdo con el criterio de la Sala, la Corte de Cuentas quedará acéfala y las labores administrativas al interior de la institución están suspendidas. Esto incluye, por ejemplo, la erogación de los salarios de los empleados, pues el responsable de firmar las planillas es el presidente de la CCR. En el ámbito jurisdiccional, si una auditoría pasa de primera instancia a segunda instancia, el caso también quedará suspendido porque son el primer y segundo magistrado los que trabajan en esta área.

El segundo intento de la Asamblea

Tanto las discusiones previas en la comisión legislativa como la votación del miércoles en el pleno estuvieron marcadas por las dudas sobre si los diputados estaban cumpliendo o no la orden dada por la Sala de los Constitucional en su sentencia de enero, especialmente en lo relativo a no tener afiliación partidaria.

En concordancia con ese criterio, Gregorio Sánchez Trejo fue el único de los tres candidatos que recibió los votos de todas las fracciones durante la sesión plenaria. Su elección hubiera sido unánime si el exarenero Sigifredo Ochoa Pérez no hubiera optado por la abstención. Sánchez Trejo, al igual que Javier Bernal, había enviado previamente una carta a la Comisión Política -la encargada de elaborar el dictamen que contuviera los tres nombres a someter a votación en el pleno- explicando que él no pertenecía a ningún partido.

Aunque no está afiliado al PDC, a Sánchez Trejo se le ha ligado en los últimos años a ese partido porque fue el que lo llevó en 2003 al cargo de Procurador General de la República. Durante su gestión al frente de la Corte de Cuentas, desde 2011 hasta hoy, este abogado se ha cruzado de brazos a la hora de ejecutar el reintegro a la institución de dos cheques por más de 66 mil dólares devueltos por su antecesor en el cargo, el pecenista Hernán Contreras. En abril de 2011, Contreras devolvió esos cheques tras la polémica que rodeó al hecho de que él mismo se los autorizara como una indemnización al dejar el cargo. Sánchez Trejo no ha ejecutado hasta la fecha el reintegro de ese dinero. En septiembre de 2011 dijo que buscaría el diálogo para cerrar pronto ese capítulo, y en marzo comisionó a una unidad interna de la Corte de Cuentas para que emitiera opinión sobre qué hacer con ese dinero. Siete meses después, el dinero sigue en el limbo.

En el otro extremo de la polémica estuvo la elección de Silvia Aguilar como segunda magistrada. Aguilar fue la que menos votos obtuvo en el pleno, 46 en total. La fracción de Arena, el diputado de Cambio Democrático Douglas Avilés, los cuatro legisladores que se separaron de Arena el año pasado y la mayor parte de la fracción del PCN se abstuvieron de votar por ella, con el argumento de que su vínculo con Gana choca con los requisitos establecidos por la Sala de los Constitucional, que el pasado lunes envió una carta oficial a la Asamblea Legislativa recordando el contenido del fallo de enero.

Aguilar maniobró a comienzos de la semana para intentar acoplarse a esos requisitos, y renunció públicamente a la membresía del partido Gana el martes 19. El candidato presidencial de Gana, el ex presidente Antonio Saca, afirmó el mismo martes por la noche a través de su cuenta de Twitter que cuando Aguilar renunció a Gana “estaba tratando de cumplir con lo que recomienda la Sala”.

El Faro abordó a Aguilar el miércoles, después de la votación, para preguntarle por la maniobra que ahora la Sala considera “fraude a la Constitución”:

—Fíjese que la razón de mi renuncia obedece, efectivamente, a ser un poco coherente (con la sentencia) aunque eso no signifique estar de acuerdo con los considerandos de la sentencia -dijo Aguilar.

—¿Puede explicar eso de que lo hace por coherencia?

—Se necesita una paz democrática y eso significa que hay que ceder aunque no tenga derecho la otra parte. En este caso, la sentencia ha tenido un exceso...

—¿Por qué la cumplió?

—Yo no he cumplido... yo no he cumplido... yo..., o sea..., yo lo que he hecho es cumplir con lo que mi conciencia me dictaba para evitar más conflictos desgastantes en este tipo de elecciones. No hay que contribuir a la polarización.

24 horas antes, su colega Guillermo Gallegos, diputado por Gana, había descartado una vez más el alejamiento y desconexión de la abogada con el partido: “La vinculación con un partido no solo se da por la afiliación formal, sino que por la obediencia, la cercanía, los vínculos, la comunicación y cuando hay que elegirlos o promoverlos el partido es el que los apoya”.

Estas palabras de Gallegos pretendían emproblemar a su adversario político, Arena, cuya propuesta de terna para la CCR incluía a Sánchez Trejo, al abogado Abdón Martínez y al jurista Mario Salamanca pero no se daba cuenta que estaba dando al traste con los esfuerzos de su correligionaria por desentenderse de su pasado partidario. “Buscaré que este país camine sin dependencia ideológica”, decía Aguilar mientras Gallegos recordaba en público que la Corte de Cuentas funciona con base en influencias partidarias: “Cuando en Arena necesitábamos una ayuda en la Corte de Cuentas recurríamos a Abdón Martínez para que nos ayudara, porque él era quien hacía todo eso. Yo puedo dar fe de eso porque fui jefe de fracción”.

Abdón Martínez fungió como magistrado de la Corte de Cuentas en los gobiernos de Arena. Mario Salamanca, la otra propuesta arenera, no solo buscó una diputación con la Democracia Cristiana en 2012, sino que también fue una pieza clave para Arena en el Tribunal Supremo Electoral entre 2004 y 2009.

Javier Tránsito Bernal, por su parte, se amparó con el argumento de que su afiliación al FMLN la había abandonado en febrero de 2012, cuando llevaba ocho meses en el cargo de magistrado de la CCR. Bernal, que trabajó con la alcaldía capitalina cuando ésta estaba gobernada por el Frente, también se desempeñó como directivo del Registro Nacional de Personas Naturales (RNPN) durante el actual gobierno. El miércoles obtuvo 47 votos a favor. Por él votaron el FMLN, Gana, cuatro diputados exareneros, Douglas Avilés, del CD, y Roberto Angulo, jefe de fracción del PCN. Después de su juramentación, a eso de las 10:30 de la noche de este miércoles, Bernal solo dijo que había renunciado al FMLN porque el cargo de primer magistrado de la Corte de Cuentas que ocupó desde junio de 2011 requería mucha responsabilidad”.

Diputados como Santiago Flores, de la jefatura del FMLN, justificaron sus votos a favor de Bernal y Aguilar con base en formalismos jurídicos. Flores aseguró que la sentencia no ordenaba que los magistrados electos no tuvieran vinculación partidaria y que si bien la Sala hacía un extenso desarrollo de esa idea en la parte expositiva de la sentencia, no lo mencionaba en la parte resolutiva, que es la única que, según él, debe acatarse.

Tanto el FMLN como Gana -cuyo pacto legislativo sirvió como base para la elección de magistrados- y el resto de diputados que votaron con los tres candidatos sostuvieron que la Sala de lo Constitucional no puede prohibir a ningún ciudadano aspirara a un cargo público porque no hay ninguna ley secundaria ni reglamento que establezca explícitamente el veto a militantes partidarios. Roberto Angulo, del PCN, dijo que le parecía que los cuatro magistrados estaban cometiendo prevaricato (un exceso en sus atribuciones) y afirmó que solo eso ya bastaba para destituirlos.

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