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El cuñado reo de Nelson Rauda, propuesto para la libertad condicional anticipada

Apenas ha cumplido la mitad de su condena, y el cuñado encarcelado del ex director general de Centros Penales tiene ya un dictamen favorable de los cinco miembros del Consejo Criminológico Regional –empleados todos de Centros Penales– para ser beneficiado con la libertad condicional anticipada, lo que supondría dejar la cárcel. El benevolente e insólito dictamen atenta contra el principio de progresividad consagrado en la ley.


Lunes, 3 de junio de 2013
Roberto Valencia

NOTA ACLARATORIA: Este artículo se reporteó y se escribió antes de que Ricardo Perdomo –nuevo ministro de Seguridad Pública, antes exdirector del Organismo de Inteligencia del Estado (OIE)– destituyera sorpresivamente el 30 de mayo a Nelson Rauda, el director general de Centros Penales, supuestamente por haber permitido que dos líderes pandilleros participaran en una entrevista televisada. La nota obedece a la agenda propia de El Faro; es, de hecho, el seguimiento a una investigación periodística publicada en la Sala Negra el 29 de noviembre de 2012, en la que se denunciaba el trato de favor recibido por un cuñado de Nelson Rauda, encarcelado desde 2010 en la cárcel de Metapán, así como las distintas ilegalidades cometidas para beneficiarlo. La publicación de este artículo no pretende en modo alguno legitimar la destitución, sino explicitar una vez más las arbitrariedades que siguen cometiéndose en el seno de la institución, arbitrariedades que los superiores de Nelson Rauda (el viceministro Douglas Moreno, el exministro David Munguía Payés y el presidente de la República, Mauricio Funes) no tuvieron problema en soslayar cuando el caso se destapó hace medio año.


 

El ex director general de Centros Penales, Nelson Rauda, tiene un cuñado encarcelado desde abril de 2010 en el Centro Penitenciario de Metapán, en Santa Ana. Está condenado por posesión y tenencia de drogas a seis años de prisión, que se vencen el 18 de abril de 2016. El pasado 16 de abril cumplió, pues, la mitad de su pena. El Consejo Criminológico Regional de Occidente (CCRO) se tardó apenas 13 días en aprobar un dictamen en el que solicita al juzgado de vigilancia penitenciaria que el cuñado de Rauda sea beneficiado con la libertad condicional anticipada, es decir, que sea excarcelado.

Según el Código Penal vigente, la libertad condicional es un beneficio al que cualquier privado de libertad puede acogerse una vez haya cumplido las dos terceras partes de su pena. Muy excepcionalmente, la ley permite la libertad condicional anticipada con tan solo media pena cumplida, y esa es la figura propuesta por los cinco integrantes del CCRO, asalariados todos ellos de la Dirección General de Centros Penales (DGCP) que hasta el pasado 30 de mayo dirigía Nelson Rauda.

“Su pronóstico de reinserción social es favorable”, concluye el dictamen criminológico aprobado el 29 de abril y al que El Faro ha tenido acceso. El informe es un rosario de vítores al cuñado de Rauda, con el que aspiran a convencer al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena de Santa Tecla, que es el que ve su caso.

El dictamen en el que se solicita la libertad condicional anticipada para el cuñado de Rauda tiene un sello oficial de la Dirección General de Centros Penales." /></div> <figcaption class=
El dictamen en el que se solicita la libertad condicional anticipada para el cuñado de Rauda tiene un sello oficial de la Dirección General de Centros Penales.

El insólito dictamen atenta además contra la progresividad del sistema penitenciario salvadoreño, consagrada en el artículo 125 de la Ley Penitenciaria.

Escándalo destapado en noviembre

El caso del cuñado de Rauda (un hombre de 43 años casado con la hermana del ex director general, cuyos nombres y apellidos se omiten por razones de seguridad) fue destapado en un amplio reportaje de la Sala Negra de El Faro publicado a finales de noviembre de 2012, bajo el título La cárcel es más humana si tu cuñado es el director general de Centros Penales .

Dentro de un sistema penitenciario colapsado (arriba del 300 % de su capacidad, según las cifras más recientes), en el que se vulnera de forma sistemática el derecho de los internos a ser evaluados cada seis meses, la investigación evidenció el trato de favor recibido por el cuñado de Rauda de parte del personal de la DGCP, así como las distintas ilegalidades cometidas para beneficiarlo. Para pasarlo a fase de confianza, por ejemplo, el CCRO evaluó dos veces al reo sin que entre las evaluaciones trascurrieran los seis meses que la ley establece.

En su artículo 3, la Ley de Ética Gubernamental define la corrupción como “el abuso del cargo y de los bienes públicos, cometidos por servidor público, por acción u omisión, para la obtención de un beneficio económico o de otra índole, para sí o a favor de un tercero”.

A pesar de los hallazgos, documentados y avalados por una docena de fuentes, Nelson Rauda recibió entonces el respaldo expreso de sus superiores: primero del viceministro de Seguridad Pública (su amigo Douglas Moreno); y después del propio ministro, el general David Munguía Payés, separado del cargo el pasado 17 de mayo, tras una sentencia en su contra de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

Nelson Rauda Portillo, ex director general de Centros Penales. Foto archivo El Faro.
Nelson Rauda Portillo, ex director general de Centros Penales. Foto archivo El Faro.

La investigación incluía un párrafo que, releído ahora, resulta premonitorio: “El 16 de abril de 2013 el cuñado de Rauda cumplirá la media pena. Su caso lo volverán a ver el equipo técnico de Metapán y el personal enviado ad hoc por la DGCP, y terminará en el Consejo Criminológico Regional de Occidente, que podrá otorgarle la fase de semilibertad. Si la suerte sigue sonriéndole, como hasta ahora, incluso podría aplicar a una libertad condicional anticipada”.

Vista la connivencia con la corrupción mostrada en este caso por los responsables del Ministerio de Seguridad Pública, en esta ocasión el CCRO ni siquiera ha querido guardar las formas, y ha solicitado la libertad condicional sin que el privado haya pasado por la fase de semilibertad, algo permitido en la ley vigente, pero que fuentes judiciales consultadas por El Faro calificaron como 'exótico', que en la práctica ningún juez avala.

El artículo 100 de la Ley Penitenciaria dice así: “Seis meses antes de la fecha en que el interno se pueda beneficiar con la libertad condicional, el Consejo Criminológico Regional podrá otorgar a aquel el beneficio de la semilibertad”.

Para comprender mejor el concepto de régimen progresivo y sus fases, conviene recordar que el artículo 27 de la Constitución exige que los centros penitenciarios procuren la readaptación de los internos. Para lograrlo, la Ley Penitenciaria optó por un sistema progresivo, en el que los reos deben ser evaluados cada seis meses, y su evolución es premiada o castigada con la ubicación en una u otra fase, con mayores beneficios en función de una evolución satisfactoria.

Siempre según la ley vigente, las fases por las que todo reo debería transitar durante su encierro son cinco: fase de adaptación, fase ordinaria, fase de confianza, fase de semilibertad y libertad condicional.

La ubicación dentro de los cuatro primeros escalones es responsabilidad exclusiva del personal de la DGCP, es decir, personal que estaba bajo las órdenes de Nelson Rauda. Sin embargo, la quinta fase, la libertad condicional, necesita el aval del juzgado de vigilancia penitenciaria; para el caso del cuñado de Rauda, la jueza que decidirá si merece o no ser excarcelado es Ástrid de los Ángeles Torres Flores, la encargada del departamento de La Libertad.

La decisión se toma en una audiencia con el reo presente, a la que también tienen obligación de acudir el abogado defensor y un fiscal. El insumo básico es el referido informe elaborado por el CCRO, llamado dictamen criminológico. La audiencia ha sido programada para este viernes, 7 de junio.

¿El reo perfecto?

El dictamen criminológico del cuñado de Rauda parece escrito para endulzar los oídos hasta del juez de vigilancia penitenciaria más estricto. El apartado de conclusiones reza así: “Persona de actitud adaptable, de adecuada convivencia carcelaria, respeta las normas y reglas del sistema penitenciario, mostrando locus de control interno, de actitud responsable, con motivación al cambio a comportamiento prosocial, su capacidad criminal e índice de peligrosidad es baja, con apoyo familiar y metas concretas a futuro, por lo que su pronóstico de reinserción social es favorable”. Pero eso es la octava y última página del informe.

Las siete anteriores son un derroche de loas a la actitud y al comportamiento del cuñado de Rauda. Concluyen: ha desarrollado empatía y habilidades sociales. Concluyen: asume responsabilidad de la consecuencia de sus actos. Concluyen: solidario y buen proceso en fase de confianza. Concluyen: no se registran faltas disciplinarias y tiene factibilidad de reinserción en la comunidad. Concluyen: capacidad criminal, agresividad, impulsividad e índice de peligrosidad bajas.

El Consejo Criminológico Regional concluyó que el cuñado del ex director general es un reo modelo que ni siquiera necesita pasar por la Fase de Semilibertad. " /></div> <figcaption class=
El Consejo Criminológico Regional concluyó que el cuñado del ex director general es un reo modelo que ni siquiera necesita pasar por la Fase de Semilibertad. 

En el apartado Análisis educativo, el informe consigna que “no se ha incorporado al proceso educativo en el centro penal”, pero, como si se quisiera evitar cualquier referencia mínimamente negativa, de inmediato se matiza: “Sin embargo ha participado en actividades religiosas, laborales, programas tratamentales y deportivos que le benefician en su proceso formativo”.

Los profesionales que firman y avalan este dictamen criminológico son los sicólogos José Roberto Ruano Orellana y Yaneth Esmeralda Polanco de Batres, el abogado Jorge Arturo Ahuath Martínez, la trabajadora social Irma Dolores Alfaro y la educadora Wendy Xiomara Ramos de Tenas. Todos ellos son asalariados de la DGCP.

Hasta su arresto en abril de 2010 en un operativo de la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil (PNC), el cuñado de Rauda trabajaba como notificador en el Juzgado Segundo de Paz de Colón (La Libertad). Ganaba 750 dólares mensuales, salario que complementaba con el trasiego de marihuana y crack, según aparece recogido en la sentencia judicial. El día de la detención la PNC le encontró 96 gramos de marihuana.

La sentencia también consigna que la droga la obtenía como pago por, en su calidad de notificador judicial, “dar aviso a los vendedores de droga y pandilleros de la pandilla delincuencial denominada ‘Mara Dieciocho’, de la solicitud de registros y allanamientos efectuados por la Policía”.

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