Nacionales /

Sala de lo Constitucional anula tres procesos en su contra que tramitaba Sala de lo Contencioso

Las demandas de cinco ciudadanos contra actuaciones de la Asamblea Legislativa han derivado en una guerra de resoluciones entre la Sala de lo Constitucional, que estudia la posible ilegalidad en la elección del presidente de la Corte Suprema de Justicia, y la de lo Contencioso-Administrativo, que analiza la posible ilegalidad en la elección de cuatro de los cinco magistrados titulares constitucionalistas.

Miércoles, 14 de agosto de 2013
Sergio Arauz

El conflicto entre dos salas de la Corte Suprema de Justicia acumuló este martes 13 de agosto cuatro resoluciones cuando tres magistrados propietarios y una magistrada suplente de la Sala de lo Constitucional declararon inaplicables las demandas de tres personas que acudieron a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en un litigio en que se olfatea el interés de los partidos políticos por recuperar el control sobre el máximo tribunal de justicia.

Cinco ciudadanos han demandado a la Asamblea Legislativa por la elección de los cinco magistrados propietarios de la Sala de lo Constitucional. Dos alegan que la elección del abogado Salomón Padilla como presidente de la Sala de lo Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia es ilegal. Padilla, quien ha tenido afiliación partidaria en el FMLN, no garantiza independencia partidaria, alegan. Los otros tres demandantes objetan que la elección de los otros cuatro magistrados propietarios en 2009 violó una serie de leyes, incluyendo la Constitución de la República, porque algunos de ellos no pertenecían a la lista de candidatos que el Consejo Nacional de la Judicatura envió a la Asamblea Legislativa, y los diputados deben limitarse a ella para hacer los nombramientos.

La disputa entre salas se debe a que la presunta ilegalidad en la elección de Padilla se denunció ante la Sala de lo Constitucional, mientras que la presunta ilegalidad en la elección de los otros cuatro magistrados se denunció ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo. A diferencia de la generalidad de los magistrados de las otras salas, y del historial de las previas Cortes, los cuatro constitucionalistas nombrados en 2009 pronto mostraron su disposición a resolver incluso en contra de los intereses de los partidos cuyos diputados los habían nombrado. Esto les granjeó la animadversión de los políticos, que los pusieron en su mira no solo con su discurso, sino también con disposiciones legales que pretendían maniatarlos.

En la batalla de demandas y resoluciones actual, hay dos posibles escenarios extremos: uno, que prospere un proceso de anulación del nombramiento de los cuatro constitucionalistas, lo que supondría en la práctica un triunfo de los diputados, que no esperaban una Sala de lo Constitucional que osara resolver en contra de los partidos políticos. El otro, que prospere el proceso de inconstitucionalidad contra Salomón Padilla, a quien en el partido Arena consideran la cabeza de playa del FMLN en la Corte. 

Contra el nombramiento de los constitucionalistas llegaron a pronunciarse en la Sala de lo Contencioso-Administrativo los ciudadanos Juan Martínez Hernández, Alfredo Valle Alvarenga y Claudia Marina Alveño Aguilar. Estos argumentaron que la forma en que la Asamblea Legislativa eligió a los magistrados en 2009 fue ilegal. Entre otras cosas, señalaron vicios de forma de elección, ya que dos de los magistrados -Belarmino Jaime y Rodolfo González- no fueron elegidos por el proceso legal tradicional, que dicta que los candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia deben salir de dos listas: una elaborada por el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) y otra que resulta entre votación del gremio de abogados. El CNJ consolida ambas listas y las presenta a la Asamblea.

Los magistrados Belarmino Jaime, presidente de la Corte Suprema entre 2009 y 2012, y Rodolfo González, nacieron con una objeción en su contra desde el mismo año de su elección, pues la abogada Michelle Gallardo pidió amparo ante una Sala de lo Constitucional en transición. Gallardo, quien aspiraba a una magistratura, alegaba que la Asamblea le había violado sus derechos al no limitarse a escoger magistrados de la lista enviada por el CNJ, y la Sala cuyo mandato expiraba previno a la Asamblea, pero al final los nuevos nombramientos se consolidaron.

Los nombres de Jaime y González surgieron de una negociación a puerta cerrada entre las cúpulas partidarias con el patrocinio político del presidente Mauricio Funes, en julio de 2009.

Jaime y González, junto a los magistrados Sidney Blanco y Florentín Meléndez, se convirtieron en 2010 en una sorpresa para un país acostumbrado a Cortes que preferían engavetar procesos con potencial de que sus ondas expansivas causaran destrozos en los círculos políticos. Estos cuales cuatro magistrados han emitido sentencias o resoluciones como las que anularon tres elecciones de los magistrados de la Corte de Cuentas, la que anuló la elección de un fiscal general y una Corte Suprema en 2012, la que anuló el nombramiento de dos generales como ministro de Seguridad y director de Policía, y la que supuso una reforma sustancial al sistema con que los salvadoreños eligen diputados, que se convirtió en el voto por rostro y no por listas cerradas y bloqueadas que solo favorecía la elección de los candidatos favoritos de las cúpulas partidarias. 

La lectura de la Sala de lo Contencioso-Administrativo -cámara cuya responsabilidad es dirimir litigios entre ciudadanos afectados por decisiones administrativas del Estado presuntamente ilegales- en su admisión, la semana pasada, sugiere que dichos magistrados, con algunas de sus sentencias, atentan contra el orden júridico al estudiar la posibilidad de anular la elección del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Salomón Padilla, por el hecho de pertenecer a un partido político.

En total, hasta ahora, hay cuatro resoluciones de las dos Salas. La primera, cuando la Sala de lo Constitucional admitió estudiar la demanda de inconstitucionalidad contra la elección de Padilla. Luego, otra resolución de la misma Sala, el 26 de julio, en la que instruyó a la Sala de lo Contencioso-Administrativo para que esta se abstuviera de dar trámite a las demandas contra la elección de los cuatro magistrados titulares constitucionalistas. La semana pasada, el 7 de agosto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo emitió la tercera resolución, en la que admitió las demandas contra la elección de 2009 y calificó como intromisión inaceptable la petición de la otra Sala. La resolución cuarta es la de este martes, en la que la Sala de lo Constitucional declara inaplicables los procesos que tramitan sus colegas de lo Contencioso-Administrativo.

El litigio tocó las puertas del fiscal general este lunes, 12 de agosto, cuando la Sala de lo Contencioso-Administrativo le pidió que investigara si los magistrados de la Sala de lo Constitucional han incurrido en prevaricato, es decir, en emitir a sabiendas una resolución injusta, en relación con el pedido de que desestimaran las demandas en su contra.

Este martes, el fiscal general, Luis Martínez, anunció que no hará ninguna investigación. “La Fiscalía no es un tribunal para dirimir conflictos entre las Salas”, dijo Martínez a la Telecorporación Salvadoreña. Dijo que la salida es que los magistrados resuelvan sus diferencias dialogando entre ellos.

La Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA) explica que los magistrados de lo Contencioso-Administrativo se encargan de dirimir controversias entre entes de la administración pública y los particulares, una vez agotados los recursos administrativos.

La resolución de admisión sostiene que la Sala de lo Contencioso-Administrativo tiene la atribución de declarar nulos los decretos de elección de los magistrados de 2009, pues reconoce en los demandantes un 'interés difuso' en el nombramiento de los magistrados. Por interés difuso se refieren a que aunque un decreto como el de elección de Corte Suprema de Justicia afecta a una colectividad, los individuos a título personal pueden considerarse también afectados por esas decisiones.

Y justo a ese punto vuelven la vista los magistrados constitucionalistas en su resolución de este martes, pues sostienen que sus colegas no argumentaron ese interés difuso y los demandantes tampoco lo argumentaron. “Los magistrados Claros de Ayala, Núñez Franco, Dueñas y Argueta Manzano afirman que a los demandantes les asiste un interés difuso; sin embargo, tal interés no encuentra ningún asidero argumental a lo largo de la demanda, ni en los autos de admisión. Precisamente se advierte que dicho tribunal omite justificar los motivos por los cuales se aparta de su propia jurisprudencia y se limita a abordar la legitimación en términos generales, sin concretarlos en los supuestos de nulidad de pleno derecho”.

La Sala de lo Constitucional dice que sus colegas de la otra Sala atentarían contra la independencia judicial que establece el artículo 172 de la Constitución si tramitan las demandas contra su nombramiento. Curiosamente, el mismo argumento tenían los magistrados de lo Contencioso-Administrativo cuando resolvieron no ha lugar la 'orden' de sus colegas constitucionalistas la semana pasada.

La resolución de inaplicabilidad sostiene los mismos argumentos que usaron para declarar inaplicable una resolución de la Corte Centroamericana de Justicia que buscaba cambiar la integración de la actual Sala de lo Constitucional, cuando el FMLN y sus aliados acudieron al tribunal regional para que determinara quién tenía la razón en el momento en que los diputados pretendían ignorar un fallo de inconstitucionalidad en el nombramiento de Ovidio Bonilla como nuevo presidente de la Corte para el período 2012-2015.

En aquella ocasión los magistrados dijeron que en materia de constitucionalidad la Corte Centroamericana carecía de atribuciones y sería una intromisión inaceptable, en tanto que los diputados alegaban que el protocolo de creación del organismo le permite dirimir conflicto entre poderes.

logo-undefined
CAMINEMOS JUNTOS, OTROS 25 AÑOS
Si te parece valioso el trabajo de El Faro, apóyanos para seguir. Únete a nuestra comunidad de lectores y lectoras que con su membresía mensual, trimestral o anual garantizan nuestra sostenibilidad y hacen posible que nuestro equipo de periodistas continúen haciendo periodismo transparente, confiable y ético.
Apóyanos desde $3.75/mes. Cancela cuando quieras.

Edificio Centro Colón, 5to Piso, Oficina 5-7, San José, Costa Rica.
El Faro es apoyado por:
logo_footer
logo_footer
logo_footer
logo_footer
logo_footer
FUNDACIÓN PERIÓDICA (San José, Costa Rica). Todos los Derechos Reservados. Copyright© 1998 - 2023. Fundado el 25 de abril de 1998.