Columnas / Desigualdad

El genocidio silencioso contra el pueblo q’eqchi’

La conducta oficial con respecto a la crisis generada en El Estor contra las comunidades q’eqchi’s sugiere que se han cometido al menos cuatro de los cinco hechos que encuadran el delito de genocidio.

Jueves, 2 de diciembre de 2021
Iduvina Hernández Batres

La conflictividad social en la región de El Estor, Izabal, al norte de Guatemala, es un fenómeno de larga data, originado con la licencia otorgada y ampliada por diversas administraciones presidenciales, desde mediados del siglo XX. Por acción u omisión, el gobierno de Guatemala, al respaldar desde el año 2000 las operaciones no autorizadas de la empresa minera Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN-Pronico), podría ser considerado un cómplice necesario del nuevo genocidio silencioso contra el pueblo q’eqchi’. 

La región impactada por las operaciones de la empresa CGN-Pronico, cuyo capital mayoritario actualmente se divide entre empresarios suizos y rusos, está habitada por comunidades del pueblo maya q’eqchi’. Desde inicios del presente siglo, los eventos que han significado la muerte de integrantes de la comunidad, a manos de personal de seguridad de la mina o de elementos de las fuerzas de seguridad del Estado, se han repetido como una constante.

En el 2006, la CGN, ya convertida en CGN-Pronico, logró anular los títulos comunitarios de propiedad y ejecutar órdenes de desalojo de las comunidades del pueblo q’eqchi’ que habitaban la tierra previamente. Pese a que se ha señalado que los límites marcados por la CGN-Pronico rebasan las dimensiones registradas y se traslapan con tierras comunales, las autoridades judiciales y de gobierno, se han coludido para accionar contra los pobladores originarios.

Pero no solo se trata de la expulsión de las comunidades mediante la cancelación de sus títulos de propiedad, sino también del daño a la fuente de vida de quienes viven de la pesca. La mina, a la cual la Corte de Constitucionalidad ordenó cancelar operaciones por incumplimiento de la ley, continúa operando impunemente en las orillas del Lago de Izabal, colindante con el municipio de El Estor.

Distintos miembros de la comunidad indígena q’eqchi’ participan en una manifestación contra una empresa minera suiza en El Estor, Guatemala, el 22 de octubre de 2021. - La policía guatemalteca desalojó con gas lacrimógeno a decenas de indígenas que mantenían cerrada una carretera en protesta contra una empresa minera suiza, dejando varios residentes y soldados uniformados heridos, informaron las autoridades y la prensa. Foto: Nelton RIVERA / AFP.
Distintos miembros de la comunidad indígena q’eqchi’ participan en una manifestación contra una empresa minera suiza en El Estor, Guatemala, el 22 de octubre de 2021. - La policía guatemalteca desalojó con gas lacrimógeno a decenas de indígenas que mantenían cerrada una carretera en protesta contra una empresa minera suiza, dejando varios residentes y soldados uniformados heridos, informaron las autoridades y la prensa. Foto: Nelton RIVERA / AFP.

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), obliga a la consulta previa e informada sobre disposiciones que pueden afectar su modo de vida. Algo que, en el caso de licencias de explotación minera implica forzosamente la consulta a las comunidades q’eqchi’s. Un requisito incumplido, lo cual dio base para que la CC cancelara en el 2019 la licencia de la CGN-Pronico y ordenara la suspensión de operaciones.

Pese a la notificación oficial de la sentencia, la mina no solo continuó funcionando sino que, ante la protesta comunitaria, logró el respaldo del gobierno de Alejandro Giammattei. Este no solo promulgó el estado de sitio sino que ordenó a la Policía Nacional Civil (PNC), la protección de los vehículos de la minera, luego de romper el bloque comunitario que intentaba impedir el incumplimiento de la sentencia de la CC.

Por más de 15 años, desde la reactivación de la mina, el lago ha recibido los desechos de sulfato, aluminio, cloro y  nitrato utilizados por la mina, los cuales han incidido en la muerte de la fauna lacustre, misma que servía de alimento y supervivencia a los pobladores. La Gremial de Pescadores de El Estor ha insistido en la necesidad de proteger su fuente de vida. Ha reclamado por los medios legales a su alcance que el Estado proteja la vida del lago y que obligue a la mina a respetar la ley.

Sin embargo, la respuesta oficial, lejos de apoyar a las comunidades, ha sido la de reprimir la acción legítima de sus integrantes y tolerar las actuaciones criminales de la empresa. En 2006, durante los desalojos, operados ilegalmente por miembros de la seguridad de la CGN-Pronico, al menos 11 mujeres de la comunidad Las Nubes fueron violadas sexualmente. Esa denuncia consta en procesos penales que no han avanzado.

En esos mismos eventos, el líder comunitario Adolfo Ich Chamán fue asesinado por un miembro de seguridad de la mina, el militar retirado Mynor Ronaldo Padilla González. Padilla fue condenado en primera instancia y liberado de cargos por la sala de apelaciones de la región, pese a la evidencia en su contra. En 2017, durante un intento de desalojo, Carlos Maaz Coc, miembro de la Gremial de Pescadores, fue asesinado y Germán Chub Choc, otro de los líderes gremiales, fue herido y desde entonces sufre pareplejía.

Guatemala ratificó en 1949 la Convencion Internacional para prevenir y sancionar el delito de genocidio, aprobada un año antes por la Organización de Naciones Unidas (ONU). De esa cuenta, el artículo 376 del Código Penal de Guatemala establece que: “Comete delito de genocidio quien, con el propósito de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico o religioso, efectuare cualquiera de los siguientes hechos: 1o. Muerte de miembros del grupo. 2o. Lesión que afecte gravemente la integridad física o mental de miembros del grupo. 3o. Sometimiento del grupo o de miembros del mismo, a condiciones de existencia que pueda producir su destrucción física, total o parcial. 4o. Desplazamiento compulsivo de niños o adultos del grupo, a otro grupo. 5o. Medidas destinadas a esterilizar a miembros del grupo o de cualquiera otra manera impedir su reproducción. El responsable de genocidio será sancionado con prisión de 30 a 50 años”. Lo ocurrido en El Estor demuestra que para el Estado, este artículo es letra muerta.

El análisis de la conducta oficial con respecto a la crisis generada por CGN-Pronico contra las comunidades q’eqchi’s sugiere que se han cometido al menos cuatro de los cinco hechos que encuadran el delito de genocidio, así como que se sustenta la intención de destruir parcial o totalmente a este grupo étnico. El jurista colombiano Alejandro Valencia Villa en su ensayo sobre el encuadre del delito de genocidio en Guatemala concluye que “La evidencia de la destrucción del liderazgo puede demostrar la intención de destruir parcialmente al grupo”. 

El ataque ha sido parejo a todos los integrantes de la comunidad. Con respecto a la situación de la niñez, la misión de verificación de la Convergencia por los Derechos Humanos concluyó que “Se pudo constatar y verificar la gravedad en uno de los allanamientos en donde la Policía Nacional Civil realizó abusos físicos, psicológicos y denigrantes a niñez que se encontraba en la vivienda, sin la presencia de los padres. Con engaños obligaron a un familiar (18 años) de presenciar el allanamiento. Así como ejercieron actos de intimidación en contra de las y el menor. En otro allanamiento, amenazaron a una menor con golpearla y contra otro menor ejercieron abuso físico pues le exigían decir en dónde estaban ocultas las armas, que ellos creen que la población tiene.Todos estos abusos se dieron mientras se llevaba a cabo el procedimiento y tenían a los padres en procesos de interrogatorio”.

Esta no es la primera vez en la historia reciente que los pueblos indígenas guatemaltecos enfrentan ataques a su integridad que pretenden eliminarlos. La Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH) concluyó que en Guatemala se cometieron actos de genocidio durante la acción contrainsurgente del Estado entre 1960 y 1996. Señaló acciones encaminadas a la eliminación de los pueblos mayas, kiché, q’eqchí, achi’ , ixil y caq’chiquel. Igual conclusión se produjo en los tribunales en 2013 y 2015, al sentenciar que sí hubo genocidio contra el pueblo ixil.

Un cuarto de siglo después de la firma de la paz y pese lo que el informe y las sentencias resaltan sobre la necesidad de garantías de no repetición, un nuevo genocidio se fragua contra un pueblo que ha vivido siglos de exclusión, persecución y discriminación.


*Iduvina Hernández Batres es una activista y defensora de derechos humanos guatemalteca. Ha estudiado a profundidad la reforma a los servicios de inteligencia de Guatemala, los cuales fueron responsables de múltiples abusos durante la guerra civil.

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