El Salvador / Desigualdad

Demandan al ISSS por aplicar medicamento tóxico a un recién nacido

Al nacer, el ISSS aplicó al hijo de Claudia María Reyes un medicamento que, según los indicios, le provocó parálisis cerebral. El menor ahora tiene 14 años y su madre desafía al Instituto Salvadoreño del Seguro Social con una demanda civil de $2.5 millones por daños. Este es el corolario de un caso en el que se señala a la institución por aplicar midazolam con alcohol bencílico, un medicamento ahora prohíbido, a un centenar de recién nacidos entre 2009 y 2011. 


Sábado, 25 de mayo de 2019
Gabriel Labrador

Claudia María Reyes, la madre de un paciente del hospital 1° de mayo afectado por el uso de un medicamento tóxico para recién nacidos, ha interpuesto una demanda por daños y perjuicios civiles por 2.5 millones de dólares contra el consejo directivo 2009-2012 del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

La demanda pide indemnización por daños morales por 1.5 millones de dólares, y otro millón de dólares en concepto de daños y perjuicios patrimoniales. Es el corolario de un caso en el que las autoridades del ISSS han sido señaladas por negligencia al administrar un sedante que posee un alto riesgo de provocar daños cerebrales o inclusive la muerte a recién nacidos, desatendiendo las advertencias internas y la literatura médica internacional que desaconseja su uso en bebés.

El miércoles 24 de abril, la madre de R. A., un menor que nació en abril de 2005 en el hospital 1° de mayo, presentó la demanda ante el Juzgado Civil y Mercantil de San Salvador. Entre 2009 y 2012, el ISSS fue dirigido por Óscar Kattán y luego por Leonel Flores Sosa. El actual director, Ricardo Cea Rouanet, era el subdirector general en ese período. Otra de las personas demandadas es quien en ese momento fungía como directora del hospital 1° de Mayo, Evelyn Martínez de Calderón. Ahora tiene el cargo de jefa de la División de calidad en Salud del ISSS. 

Otros 21 miembros del consejo directivo del ISSS entre 2009 y 2012, entre ellos el exministro de Economía, Tharsis Salomón López, también están en la lista de demandados. De igual manera, el exministro de Gobernación Humberto Centeno, quien falleció en octubre de 2014.

Todos ellos fueron encontrados responsables de vulnerar el derecho a la salud de los bebés que nacieron entre 2009 y 2012 en el referido hospital, según una resolución de la Sala de lo Constitucional, de julio de 2015. La Sala decidió en esa fecha amparar como víctimas al colectivo de bebés del hospital, gracias a un recurso que interpuso el pediatra y neonatólogo Carlos Flamenco en 2010. El ISSS, según la resolución, puso en peligro a 129 bebés que fueron ingresados en la unidad de cuidados intensivos, donde se les suministró un sedante que puede causar graves daños a la salud e incluso la muerte: Midazolam con un componente denominado alcohol bencílico.

R.A. nació en abril de 2005 en el hospital 1° de Mayo del ISSS y a pocos días de su nacimiento le fue aplicado el medicamento midazolam con alcohol bencílico, lo que, según su familia, le provocó parálisis celebral. En abril de 2019, su familia demandó por daños y perjucios al ISSS. Foto: Carlos Barrera / El Faro
R.A. nació en abril de 2005 en el hospital 1° de Mayo del ISSS y a pocos días de su nacimiento le fue aplicado el medicamento midazolam con alcohol bencílico, lo que, según su familia, le provocó parálisis celebral. En abril de 2019, su familia demandó por daños y perjucios al ISSS. Foto: Carlos Barrera / El Faro

Esta demanda es la continuación de aquella resolución de 2015 de la Sala. Los magistrados constitucionalistas dijeron, en su fallo, que quedaba abierto el camino para que cualquier persona demandase por daños al Seguro si demostraba los perjuicios ocasionados y si se comprobaba el uso del midazolam con alcohol bencílico, un dato que queda registrado en el expediente clínico de los pacientes. Por ello, aunque el caso de la familia Reyes data de 2005, que sea un precedente incorporado en la causa contra las autoridades de 2009-2012 le da derecho a interponer una demanda a la institución. Según los abogados de la familia, también evalúan demandar a las autoridades que dirigían al ISSS cuando ocurrió la afectación al menor. 

'[…] frente al interés de la señora Reyes Ramírez –en representación de su hijo- de iniciar las acciones respectivas en sede ordinaria por los posibles daños ocasionados en la salud del citado menor, resulta procedente extender la certificación de la sentencia solicitada por la referida señora”, reza la resolución que le otorgó al menor y su familia la oportunidad de demandar por daños al ISSS.

En mayo de 2015, un peritaje ordenado por la Sala de lo Constitucional y la Procuraduría para la Defesa de Derechos Humanos (PDDH) confirmó que el ISSS había actuado de manera negligente y que arriesgó la vida de los neonatos del 1° de mayo.

El Seguro Social envió a El Faro un pronunciamiento oficial del caso, según el cual manifiestan que aun no han sido notificados de la demanda pero que se someterán al proceso. “A la fecha el único proceso judicial relacionado a este caso es el tramitado ante la Sala de lo Constitucional [el cual] no estableció la existencia de afectaciones concretas a la salud de estos menores, ni se atribuye responsabilidad específica a las autoridades demandadas, lo que tendría que demostrarse en un proceso judicial ante los tribunales comunes”, dice el comunicado, enviado a través de la jefatura de comunicaciones.

El Seguro Social asegura que ha cumplido con las diversos mandatos ordenados por la Sala desde 2015,  “fortaleciendo el sistema de farmacovigilancia en su red hospitalaria, así como mejorar el sistema de registro y protección de la información de los pacientes (sic)”. La institución asegura que ha coordinado la evaluación del menor R.A. con un especialista para la realización de exámenes y darle seguimiento.

No obstante, los abogados demandantes, del bufete Vargas y Asociados, aseguran que una resonancia magnética facilitada por el ISSS, llevada a cabo el 5 de diciembre de 2018, en el Hospital General, fue realizada de manera irregular: R.A. no estuvo completamente inmóvil al momento de efectuarla debido a que no fue anestesiado sino únicamente sedado con el medicamento fentanyl. La resonancia arrojó un resultado sopresivo: decían que R.A. tiene lisencefalia, es decir, un cerebro sin surcos ni pliegues, completamente liso, un diagnóstico que –según la madre del menor- nunca había aparecido en ningún examen previo, en 14 años de vida del menor

Reyes pagó para que en una clínica privada se le practicara una segunda resonancia magnética, además de un vídeo electroencefalograma. Los resultados fueron leídos por la neuróloga pediatra Claudia Valencia de Mena, quien descartó que R.A. tiene lisencefalia. Según los abogados, los nuevos resultados mostraron que R.A. tuvo una hemorragia cerebral producto de la aplicación del Midazolam con alcohol bencílico.

En la demanda, otra de las pretensiones de los abogados es que se efectúen más exámenes médicos por parte de profesionales que no posean ningún tipo de vínculo con el ISSS.

El exdirector del ISSS, entre enero de 2011 y mayo de 2014, dijo a El Faro, a través de un correo electrónico, que no tiene ninguna responsabilidad en el caso que plantea la demanda ni en ninguno de los 129 neonatos que recibieron Midazolam entre 2009 y 2011. Leonel Flores señaló que cuando él fungió como director solo tuvo conocimiento de la aplicación, en dos ocasiones, de dicho medicamento, Segú dijo, en esos casos se usó porque ningún otro tratamiento había hecho efecto en los pacientes.

“Ninguno de los casos mencionados anteriormente han tenido complicaciones o interpuesto procesos judiciales o reparos, por lo que las autoridades superiores del periodo que fui Director General del ISSS, enero 2011 a mayo 2014, están fuera de cualquier señalamiento en el presente caso, y mucho menos en el caso vigente del paciente de 14 años quien recibió dicho medicamento al nacer en 2005 y que ha interpuesto una demanda en contra del ISSS”, escribió Flores Sosa en su correo.

Tanto el Consejo Superior de Salud Pública (CSSP) como la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica (JVPM) han tenido conocimiento del peligro del uso del Midazolam con alcohol bencílico en recién nacidos. La Sala de lo Constitucional encontró en 2015 que ambas instituciones emitieron alertas, las cuales fueron desobedecidas por el ISSS.

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