Columnas / Desigualdad

Las cárceles son reflejo fiel de la sociedad salvadoreña

Someter a personas privadas de libertad a prologados aislamientos y desvincularlas indefinidamente de sus lazos familiares, ejerciendo esta práctica como castigo, aleja a la persona del objetivo último de readaptarse socialmente.

Jueves, 5 de marzo de 2020
Celia Medrano

En este país, hablar de derechos humanos de privados de libertad es casi un delito. No son pocos los que plantean que la mayoría de salvadoreños está dispuesto a aceptar que violentar los derechos humanos de los otros, de justificar, avalar o desentenderse de esta violación, es parte de la garantía de que las que las “buenas personas” puedan vivir seguras. Por esa razón ningún Gobierno ha resistido la tentación de ganar el recaudo partidario que acarrea anunciar acciones de mano dura.

Sin embargo, aunque quien lo haga se exponga a una especie de lapidación virtual, es importante hablar de los derechos humanos de las personas privadas de libertad. Pocos resultados sostenibles a mediano y largo plazo pueden ofrecernos medidas que ejercen violencia contra la misma violencia. Debemos entender que el hacinamiento en los centros de detención, sin distinguir incluso entre quienes cumplen una condena con quienes son procesados por la comisión de un delito, así como el aislamiento prolongado o indefinido en las prisiones, niegan la finalidad misma del ejercicio de “meter en jaulas a quienes delinquen”, como ironizaba el maestro argentino en derecho penal Alberto Binder.  

La finalidad de una prisión debe ser la generación de condiciones orientadas a la rehabilitación de la persona que ha cometido un delito. Conforme el artículo 27 de la Constitución de la República, el objeto de un centro penitenciario es el de formar hábitos de trabajo y procurar la readaptación social. El proceso de readaptación no inicia cuando se sale de la cárcel. La readaptación implica el deber del Estado de organizar el sistema penitenciario para el logro de esa finalidad desde que la persona es privada de libertad.

Someter a personas privadas de libertad a prologados aislamientos y desvincularlas indefinidamente de sus lazos familiares, ejerciendo esta práctica como castigo, aleja a la persona cada vez más del objetivo último de readaptarse socialmente. La familia es el canal principal del deseo de la persona privada de libertad de reintegrarse, de su voluntad para no volver a cometer un delito. La readaptación no es una responsabilidad exclusiva de instancias estatales. Es responsabilidad de la sociedad y de nosotros como parte de ella, la generación de ambientes familiares y comunitarios respetuosos a los derechos humanos de las personas privadas de libertad.

Dependiendo de la existencia de estas condiciones, rompiendo estigmas discriminatorios y abordando este tema desde un enfoque de seguridad humana, es que realmente puede prevenirse el delito y la reincidencia. No obstante, la visceralidad con que se aborda el trato a personas que han cometido delitos ha llegado a niveles inaceptables de vulneración de derechos elementales en centros penales, incluso el derecho a la vida.

En el informe preliminar sobre la visita In Loco, realizada en diciembre pasado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), se plantea que El Salvador es el segundo país del mundo con la mayor tasa de encarcelamiento, con 604 por cada 100 000 habitantes. Algunos centros penales tienen hasta un 600 % de hacinamiento y en ellos se concentra el 60 % de casos de tuberculosis en el país.

Además, la CIDH ha manifestado que la vigencia permanente de las llamadas medidas extraordinarias es de especial preocupación, considerando que resultan en graves violaciones a los derechos humanos de las personas privadas de libertad, tales como afectaciones a la salud, suspensión del régimen de visitas, y obstáculos para garantizar un debido proceso. La Comisión condena la utilización del régimen de aislamiento, el cual resulta claramente opuesto a los estándares en materia de privación de libertad, y coloca la integridad personal en una situación especial de riesgo y con afectaciones que pueden prevalecer durante toda la vida de las personas sometidas a este régimen. La CIDH ha sido clara al plantear que someter a los internos a un aislamiento absoluto, en algunos casos, podría configurar actos de tortura.

También Agnes Callamard, Relatora especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas, dijo después de su visita oficial a El Salvador en 2018 que las medidas extraordinarias han creado condiciones inhumanas y degradantes en las cárceles. En el caso de la emergencia máxima en las cárceles ordenada esta semana por el Ejecutivo, el presidente de Human Rights Watch, José Vivanco, las ha calificado como una 'medida abusiva'. No obstante, lejos de atender estas voces, como lo han hecho sus predecesores, el actual Gobierno continuará violentando derechos de privados de libertad, esperando aplausos de la población en lugar de una condena.

Depende de nosotros mismos que la violencia no sea parte de nuestra cotidianidad. Valdría tener presente siempre las palabras de uno de los presos más famosos del mundo que llegó a la presidencia de su país después de casi 30 años de prisión: “No se conoce un país realmente hasta que se está en sus cárceles”. Ese preso fue Nelson Mandela, premio nobel de la Paz, cuyo ejemplo inspiró las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, conocidas como Reglas Mandela, guía bajo la cual el Estado salvadoreño debería orientar sus acciones en materia de sistema penitenciario en El Salvador.

Celia Medrano es periodista salvadoreña con especialidad en derechos humanos, educación para la paz y gestión pública.
Celia Medrano es periodista salvadoreña con especialidad en derechos humanos, educación para la paz y gestión pública.

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