El Salvador / Política

Sala exige a Hacienda calendario de pagos a instituciones para evitar una “política de presión”

La Sala de lo Constitucional ordenó a Hacienda que rinda cuentas para prevenir que no ocurran nuevas retenciones a los fondos a otros órganos del Estado. Además, ha exigido a dicha cartera y a la Fiscalía que garanticen el debido proceso en los casos por presunta evasión fiscal. Los magistrados también declararon improcedentes las peticiones del ministro de la Defensa para frenar la inspección de los archivos de El Mozote.


Martes, 13 de octubre de 2020
Gabriela Cáceres

La Sala de lo Constitucional admitió este lunes 12 de octubre dos amparos que frenan al Ministerio de Hacienda y le ordenan corregir el rumbo para que en un futuro se abstenga de retener los salarios de los empleados de la Asamblea Legislativa, y de cualquier otra institución del Estado. Además, los magistrados exigieron a dicha cartera y a la Fiscalía que garanticen el debido proceso en los casos en los que se investiga una supuesta evasión de impuestos, a raíz de un amparo promovido por Intratex, una empresa a la que Hacienda acusó de evadir cinco millones de dólares.

Junto a estas medidas cautelares de obligatorio cumplimiento, la Sala también dio un revés a las pretensiones del ministro de la Defensa, René Francis Merino Monroy, quien pedía apoyo para declarar improcedente la inspección de los archivos militares vinculados a la masacre de El Mozote que ha ordenado el juez de Instrucción de San Francisco Gotera.

Uno de los fallos de la Sala pone en puntos suspensivos el más reciente capítulo protagonizado por el Gobierno Bukele en el conflicto abierto contra la Asamblea Legislativa y la Corte Suprema de Justicia. Durante el mes de septiembre, y bajo el argumento de falta de fondos, Hacienda no trasladó recursos para las planillas de la Asamblea Legislativa y el Órgano Judicial. La medida, levantada para los empleados judiciales a finales de mes, se mantuvo para la Asamblea hasta la primera semana de octubre. En respuesta, el presidente del Legislativo denunció ante la Fiscalía General de la República el posible cometimiento de delitos. 

El amparo aceptado por la Sala de lo Constitucional, aunque llega después de que se liberaron los fondos, ha sido tomado en cuenta para que una medida de este tipo no vuelva a ocurrir, y con la finalidad de determinar si 'con la tardanza o falta de pago —presumiblemente injustificada— de las remuneraciones y prestaciones sociales de la colectividad de servidores públicos de la Asamblea Legislativa se han vulnerado sus derechos fundamentales', según la resolución. Los demandantes denuncian que el presidente de la República, Nayib Bukele; y el ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, “han vulnerado los derechos al trabajo” y bloquearon el acceso a “un salario en forma oportuna y periódica que les permita cumplir con sus obligaciones y mantener condiciones de subsistencia digna”. 

En la resolución, los magistrados advierten que la retención de fondos para pago de salarios en otras dependencias del Estado pueda estar siendo usada como un arma de presión política desde el Ejecutivo. De fondo, Hacienda tampoco logra subsanar una exigencia de una mayoría de alcaldías del país, representadas en la Corporación de Municipalidades (Comures) que reclaman una deuda de casi cinco meses del Fondo para el desarrollo de las municipalidades (Fodes). Para muchas comunas del interior del país este ingreso representa la principal fuente de ingresos para proyectos de inversión en sus territorios, además del pago de salarios. 'Existe un inminente peligro de que dicha acción se convierta en una política de presión del Órgano Ejecutivo a los otros órganos del Estado, que se reproduzca en los próximos meses y causar graves perjuicios a la clase trabajadora', dice una estracto de la resolución de amparo. 

Para evitarlo, la Sala ordenó que el Ministerio de Hacienda  incluyera en el calendario de pagos definido por la ley a 'todas las instituciones del sector público en el plazo correspondiente (...) Dicho calendario deberá ser informado mensualmente a esta Sala, mientras dure la tramitación de este proceso”. Y, además, refuerza su resolución exigiendo al titular de Hacienda que en tres días hábiles (a partir del lunes 12)  deberá rendir un informe que incluya los motivos financieros, técnicos y objetivos por los cuales se retrasó el pago del mes de septiembre a la Asamblea Legislativa. Y pide otro informe al Banco Central de  el que se detalles 'las gestiones de Hacienda en el contexto de la autorización de fondos para que el Legislativo realice el pago de sus obligaciones relacionadas a septiembre 2020'.

 “Nunca hemos tenido un nivel de estrés como este, es terror sicológico
 “Nunca hemos tenido un nivel de estrés como este, es terror sicológico', dice un auditor sobre las condiciones de trabajo en el Ministerio de Hacienda/ Forto: Víctor Peña.

Hacienda y FGR deben garantizar el debido proceso en casos de evasión

Otro de los amparos admitidos por la Sala fue promovido por los apoderados de la sociedad Intratex de El Salvador S.A. de C.V., empresa acusada por Hacienda de una evasión de $5.3 millones en su declaración de Impuesto sobre la Renta de 2017. La abogada Georlene Marisol Rivera López en carácter de apoderada judicial de Intratex interpuso la demanda porque la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) no finalizó el procedimiento de fiscalización de la sociedad que representa. Y, a pesar de ello, presentó un aviso a la Fiscalía para que llevara el caso a tribunales. La Fiscalía le dio cumplimiento y el domingo 16 de agosto de 2020 ordenó la captura de Miguel Ernesto Daura Mijango. 

En un inicio, la Fiscalía dijo que la captura obedecía a un caso de evasión por $293,036.117.37. Un día después, la institución fiscal dijo que la información difundida en redes sociales fue un error y que el caso, en realidad, era por $5.3 millones.

Rivera señala en el documento que Rubén Nehemías Ordoñez Gutiérrez, director de la DGII; y el subdirector, Mario Ernesto Menéndez Alvarado, no cumplieron con el artículo 251- A del Código Penal que, entre otras cosas, menciona que Hacienda cuando tenga conocimiento de delitos de defraudación al fisco “ elaborará el informe respectivo y comunicará dicha situación a la Fiscalía General de la República. Dicho informe deberá comprender todos los hechos detectados durante el o los períodos comprendidos en el auto de designación de auditores para la verificación de la fiscalización”, dice la ley. Es decir que los empleados de Hacienda debieron haber elaborado un documento que detalle por qué el caso debe seguir a instancia penal. Y, además, puntualizando el monto defraudado y anexando las pruebas de su sospecha. 

La Sala admitió el amparo  “por la probable vulneración al principio de legalidad penal, en su aplicación, como principio que limita el poder punitivo del Estado”. Sin embargo, insiste que su decisión “no constituye –en forma alguna– una obstaculización a la función de recaudación fiscal llevada a cabo por las autoridades demandadas, sino que el objeto de control de este proceso únicamente consiste en determinar si los citados funcionarios de la DGII, antes de presentar el aviso ante la FGR, cumplieron o no con el debido proceso legalmente establecido para hacer efectivo el cobro del impuesto sobre la renta de los ejercicios impositivos 2017, 2018 y 2019 en el caso concreto de la sociedad peticionaria”.

El caso fue presentado ante Juzgado 6° de Paz de San Salvador que le dio medidas alternas a la detención a Daura con la condición que pagara una fianza de $500,00 y debía utilizar brazalete electrónico. Sin embargo, la defensa quedó inconforme con la decisión y apeló ante la Cámara Tercera de lo Penal, que cinco días antes de la respuesta de la Sala ya había sobreseído definitivamente a Daura. Según la Cámara, en la declaración de la renta de 2017, Intratex cometió un error al momento de llenar el formulario de declaración. 

“Para esta Cámara lo que se constituyó por parte de la contribuyente social fue una información inexacta. Esta presentó su declaración correspondiente al año fiscal 2017, declarando todos sus ingresos, pero el error recayó en declarar los $293,036,117.37 como ingresos no gravados, los cuales al efectuarse la respectiva fiscalización se detalló que estos eran renta gravada y generan impuestos de $5,336,293.33 especificando la misma administración tributaria que estos ingresos fueron declarados indebidamente y de forma incorrecta”, se lee en la resolución.

A pesar que la Cámara ya había retirado los cargos de forma definitiva en contra de Daura, la Sala en su resolución menciona que el Juzgado Sexto de Instrucción de San Salvador y la Fiscalía deben notificar que el caso ya está suspendido. Además, los magistrados advierten a Hacienda que no deberá presentar ningún aviso a la Fiscalía en contra de Intratex “respecto a las fiscalizaciones del impuesto sobre la renta de la sociedad actora correspondientes a los ejercicios impositivos 2018 y 2019”. A la Fiscalía, los magistrados exigieron que se abstenga de presentar requerimientos fiscales referentes al delito de “evasión de impuestos por declaración de información falsa o inexacta relacionados con las investigaciones tributarias que actualmente se encuentran en curso, hasta haberse obtenido el resultado del proceso administrativo como lo determina el Código Penal”, dice la resolución.

Bukele, descontento, escribió en su cuenta de Twitter que la Sala suspendió el caso porque su interés no es proteger los intereses de la población. Mientras que Alejandro Zelaya, ministro de Hacienda, dijo que esa resolución “es el mayor acto de impunidad para evasores de impuestos. La empresa Intratex evadió $5.3 millones en el año 2017 (lo confirmó la Cámara 3o de lo Penal); hoy la @SalaCnalSV prohíbe procesar 2018 y 2019 por el delito de evasión”. Sin embargo, no detalló que la Cámara en su resolución dejó claro que Intratex cometió un error al momento de llenar el formulario de declaración de la renta, y que la Sala señaló que el fallo no busca obstaculizar el proceso de recaudación fiscal. 

Revés para el Ministerio de Defensa

El ministro de Defensa, Merino Monroy, pretendía que la Sala admitiera un amparo para anular que el juez instructor de San Francisco Gotera (Morazán), Jorge Guzmán, realice las inspecciones con la intención de  buscar información sobre la masacre de El Mozote y lugares aledaños, ocurrida en 1981 en  Morazán. Según la demanda, el ministro Monroy considera que dar acceso a dicha información es perjudicial para la defensa nacional, porque los peritajes ordenados por el juez hay “documentos constan planes militares secretos”. 

La Sala, sin embargo, le bota el argumento constitucional para impedir las inspecciones ya que el objeto de la inspección no son archivos que pongan en riesgo la seguridad nacional. “No se advierte de qué manera la exhibición de esos registros -de los cuales se ha ordenado su inspección en el contexto de un proceso penal, para investigar la responsabilidad penal de los efectivos militares en esa masacre-ponga en riesgo la seguridad nacional o del Estado por la revelación de planes militares secretos, ya que el objeto de ese proceso penal es la búsqueda de la verdad sobre los hechos delictivos que acaecieron en esa masacre”, se lee en la resolución.

De hecho, los magistrados de la Sala le recuerdan al funcionario que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó el 25 de octubre de 2012 a investigar la masacre de El Mozote: “ El Estado debía, en un plazo razonable, iniciar, impulsar, reabrir, dirigir, continuar y concluir, según correspondiera, con la mayor diligencia, las investigaciones de todos los hechos que originaron las violaciones declaradas en esa sentencia, con el propósito de identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de esa masacre”. La decisión de la Sala llegó horas después que la Fuerza Aérea y dos jurídicas impidieron al juez del caso El Mozote hacer la segunda inspección. Un día después del fallo, la Segunda Brigada Aérea  también denegó el ingreso del juez a la sede militar.  Ante el rechazo, el juez Guzmán dejó un escrito al Gobierno de Bukele para notificar de la inspección programada para el miércoles 14 de octubre en la Brigada de Artillería en San Juan Opico.

Luego de conocerse las resoluciones, el presidente Nayib Bukele acusó a los magistrados de actuar para perjudicar a su Gobierno, al tiempo que los calificó de “corruptos” al servicio de otros intereses. Desde el inicio de su gestión, Bukele ha retado a los magistrados de la Sala, y uno de los puntos más álgidos en sus ataques ocurrió en abril pasado, cuando anunció que no acataría los fallos que le prohibieron restringir derechos constitucionales para frenar la circulación de personas (como medida de prevención del coronavirus) sin el acompañamiento de una legislación especial aprobada por la Asamblea Legislativa. Más recientemente, las autoridades de migración y de la Comisión Ejecutiva Aeroportuaria fueron denunciados por no acatar un fallo de la Sala que ordenaba la no restricción del ingreso de ciudadanos a través del aeropuerto internacional, aún si estos no portaran una prueba PCR negativa al coronavirus. El caso, según la Fiscalía, está en investigación.

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