Después de una intensa sesión de cinco horas, los diputados de la Comisión de Seguridad Pública lograron este martes un único acuerdo sobre la propuesta de Ley Antipandillas que presentó el Ejecutivo: aprobarla después de las vacaciones de agosto.
Aunque la comisión pretendía sacar un dictamen favorable para que la ley se aprobara esta misma semana, durante el encuentro con los representantes de todos los sectores que eventualmente tendrían que aplicar la normativa, quedó claro que hay demasiadas dudas y diferencias respecto al contenido y redacción que debería tener la ley.
En la sesión participaron como invitados los representantes de la Fiscalía, de la Corte Suprema de Justicia, de la Procuraduría de los Derechos Humanos, de los jueces de sentencia, de los magistrados de cámara y del Ministerio de Seguridad Pública.
El viceministro Henry Campos fue el encargado de justificar uno a uno los artículos de la ley y de responder a las objeciones o inquietudes que iban exponiendo los otros actores. Uno de los temas abordados fue el de las reglas de evidencia que probarían la pertenencia de un individuo a una pandilla y que desde un inicio los jueces advirtieron que será el punto crucial de la normativa.
El artículo 10 del proyecto de ley designa al sector justicia como el encargado de elaborar cuáles serían las pruebas que podrían presentársele a un juez para que este pudiera dar por cierta la pertenencia a un grupo ilícito como las maras. En esencia, las reglas de evidencia determinarían qué hace a alguien ser pandillero.
Según Campos, ya se cuenta con un esbozo de dichos indicios que servirían de referencia para que los jueces apliquen la legislación, pero no dio detalles. Esos esbozos, dijo, se han trabajado con la Unidad Técnica Ejecutiva, un organismo que se dedica a elaborar propuestas de normativas, con especial énfasis en el área penal.
La representante de la Corte Suprema de Justicia, la magistrada Rosa María Fortín, calificó de riesgoso el punto de definir una lista de posibles pruebas para incriminar a alguien como pandillero. Explicó que por un lado la ley definiría los criterios para que un juez decida si alguien es pandillero o no, y por el otro lado está el criterio propio de los jueces. Esa dicotomía, según ella, combinaría la uniformidad jurídica que establecería la ley al definir una lista cerrada de 'pruebas', con el criterio personal de los jueces que decidirían según la valoración que hicieran por su experiencia, su conocimiento y la exposición del caso que hicieran Fiscalía y defensores. Esa situación podría crear la sensación de que si un juez resuelve un caso según su propio juicio y no necesariamente atendiendo una regla de evidencia, sea acusado de no ser imparcial.
El juez de sentencia Godofredo Salazar consideró que no era necesario crear nuevas reglas de evidencia para la normativa, porque muchas de ellas ya están inmersas en el Código Penal. “Es necesario hacer una revisión de los indicios que ya se tienen. Salvo que se identifiquen otros que no estén regulados será necesario agregarlos”, dijo.
Otra de las dudas surgió a partir de la medida que se contempla en el artículo 9 de la propuesta ley, en el que se propone enviar a todos los menores identificados como miembros de pandillas o grupos de exterminio a las instalaciones del Instituto Salvadoreño de Protección al Menor (ISNA) para su custodia, donde recibirían ayuda integral.
Para Óscar Luna, procurador de los Derechos Humanos, la medida presenta deficiencias dado que algunos de los menores que pertenecen a estos grupos ya han cometido delitos graves, condición que hace necesaria la clasificación de los menores que van a ser remitidos al ISNA. Además, pidió cambiar el título de “menor” por “niño, niña o adolescente” que son los utilizados en la Ley de Protección de la Niñez y la Adolescencia (Lepina).
La inquietud del procurador sobre el internamiento de los menores en el ISNA fue solventada por el juez Salazar, quien explicó que la disposición está basada en el artículo 2 de la Ley Penal Juvenil, el cual aclara que los menores que están excluidos de la Lepina y que tienen derecho a ser recluidos en el ISNA son aquellos que no hubieren cumplido los 12 años de edad y que no presenten una conducta antisocial.
El viceministro Campos agregó que tampoco se trata de internarlos indefinidamente. “Pretendemos llevarlos al ISNA como medida de protección, luego serán devueltos a sus padres. Queremos proteger su integridad y la de la sociedad salvadoreña”, dijo.
Otro episodio de la sesión fue un breve debate sobre los recursos que se obtendrían producto de decomisos o incautaciones de bienes requisados a personas acusadas bajo la “Ley de proscripción de pandillas o maras y grupos de exterminio”.
De acuerdo con el proyecto, los recursos obtenidos de esa manera serán remitidos en un 60% al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública. La Fiscalía y el Órgano Judicial recibirían el 20% cada uno. El reparto propuesto no fue del agrado de todos. Campos justificó que, de ser puesta en marcha la normativa con esas proporciones, el Ministerio para el que labora incurriría en gastos, entre los cuales mencionó la protección de testigos, atención a víctimas e investigación.
En este punto Campos aprovechó para señalar una supuesta falta de transparencia de la Fiscalía en el manejo de los fondos que recibe producto de decomisos o incautaciones gracias a otras normativas. 'Hay una oscuridad total en el manejo del dinero obtenido producto de la Ley del lavado de dinero. No se sabe qué se hace con eso en la Fiscalía. Si se va a dejar la administración a la Fiscalía, pedimos que se transparente el uso y se rinda cuentas; además, que se distribuya equitativamente. La PNC nunca ha recibido un solo centavo de ese dinero', alegó.
Ovidio Portillo, delegado de la Fiscalía, obvió la acusación de Campos y aclaró que los recursos que se recaben con esta ley debían ser utilizados para beneficiar a todos aquellos jóvenes propensos a delinquir, como una medida de prevención.
A pesar de todos los temas tratados en la reunión, los diputados se limitaron a escuchar a sus invitados y a aclarar dudas. El pecenista Antonio Almendáriz, presidente de la comisión, concluyó pidiendo a los invitados que para la siguiente reunión, programada para el martes 10 de agosto, después de vacaciones, llevasen no solo opiniones, sino redactadas sus propuestas.
La discusión sobre una normativa para proscribir a las pandillas retornó a El Salvador después de que el 20 de junio pasado, unos pandilleros de la mara 18 quemaron un microbús con los pasajeros dentro, atentado por el que murieron calcinadas 17 personas.
Ya en 2004 la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucionales las dos normativas antimaras impulsadas por el gobierno del entonces presidente Francisco Flores.