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FMLN y Arena deciden que acatarán fallo de Corte sobre candidaturas independientes

Arena, FMLN y CD decidieron obedecer la sentencia de la Sala de lo Constitucional sobre candidaturas a diputados, dejando en inferioridad numérica a los partidos que piden el desacato. Como no lograron unanimidad en las conclusiones del informe de la comisión ad hoc, acordaron que cada bancada presentará las suyas diferenciadas.

Miércoles, 24 de noviembre de 2010
Jimena Aguilar

Después de tres meses de reuniones, la comisión ad hoc para el estudio de la sentencia de la Corte sobre las candidaturas a diputados resolvió que la sentencia de la Sala de lo Constitucional debe ser acatada. Aunque no fue unánime el acuerdo, sí fue la posición de los partidos mayoritarios, Arena y FMLN, aunque otro acuerdo fue que cada bancada legislativa presentará para el informe final conclusiones propias y recomendaciones diferenciadas al parlamento.

La decisión de hacer un informe diferenciado la tomaron los legisladores luego de reconocer que no iban a lograr unanimidad. Por eso la tarde de este martes decidieron enviar al pleno un informe que plasmara todos los puntos de vista. Sin embargo, los dos partidos mayoritarios, FMLN y Arena, ya tomaron la decisión de acatar el fallo, por lo que dejan fuera otras posibilidades.

Durante la reunión de este martes, el presidente de la comisión y diputado del PCN, Francisco Merino, leyó las posturas de cuatro de los seis grupos parlamentarios: FMLN, Arena, CD y PCN. El secretario general del PDC, Rodolfo Párker, incorporó sus conclusiones al final de la sesión y el representante de Gana dijo que este miércoles anexarían las suyas.

A pesar de algunas variaciones, tanto FMLN como CD y Arena concluyeron que la Asamblea debe acatar el fallo y empezar a legislar a partir de este, compartan o no el fondo de la sentencia. “El fallo de la Sala de lo Constitucional es de obligatorio cumplimiento para todos, en especial para los funcionarios y por tanto para esta Asamblea Legislativa”, se lee en las conclusiones presentadas por el FMLN.

La sentencia había caído mal en los partidos políticos, porque tocaba una de las claves del poder de estas organizaciones, que es la facultad de preelegir a los diputados, independientemente de la voluntad de los electores. El sistema de listas cerradas que está diseñado en el Código Electoral echa en una sola canasta todos los votos de un partido y esa cantidad comienza a repartirla entre los candidatos inscritos. Pero los votos se asignan prioritariamente al candidato número 1, y si hay votos suficientes, se siguen repartiendo a los candidatos 2 y 3 y así sucesivamente, de tal manera que el aspirante que aparece en la posición 1 de las listas es siempre el que tiene mejores probabilidades de resultar elegido. La Sala de lo Constitucional determinó que eso en la práctica es una preelección a cargo de los partidos y, por lo tanto, es inconstitucional. La otra inconstitucionalidad es que los candidatos a diputados tengan que inscribirse en un partido político.

Desde el fallo de la Sala, en julio pasado, hasta este martes, los diputados hicieron una reforma a la Constitución para obligar a los candidatos a diputados a inscribirse en un partido, aunque esa enmienda solo podría estar habilitada para los comicios de 2015. A 2012, El Salvador llegará con la posibilidad de ver candidatos sin partido político. En este período, los legisladores también valoraron incluso la posibilidad de destituir a los magistrados, pero poco a poco fueron bajando la beligerancia de su discurso hasta aterrizarlo este martes en la decisión mayoritaria de acatar el fallo.

El Frente aclaró que no están de acuerdo con algunas de las recomendaciones del primer borrador del informe en las que se proponía modificar la Ley de Procedimientos Constitucionales y realizar reformas constitucionales para limitar el poder del presidente de la Corte Suprema de Justicia.

Entre sus conclusiones, Arena expresa que después de hacer un estudio de la sentencia concluyen que esta contradice el artículo 85 de la Constitución. Sin embargo, aclaran que para efectos legales este estudio realizado por los diputados no deja de ser una mera opinión y que por lo tanto la Asamblea está en la obligación de cumplir el fallo.

Arena aclara que solo puede recomendar el cumplimiento del fallo porque la Sala es la única instancia capaz de decidir si una ley es inconstitucional o no y porque sus sentencias tienen un carácter obligatorio. “La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia es el único tribunal competente para declarar la inconstitucionalidad de las leyes de un modo general y obligatorio”, reza el informe de Arena, que hizo un ejercicio de parafrasear lo que ya dice la Constitución de la República.

Los 55 votos de Arena, el FMLN y CD son suficientes para cumplir el requisito de mayoría simple para poder realizar reformas a las leyes secundarias para cumplir el fallo y posibilitar las candidaturas independientes y la votación por medio de listas abiertas.

Sin embargo, hay tres partidos que expresaron no compartir la posición de los partidos mayoritarios y que recomendarán entre otras cosas no acatar el fallo de la Corte.

El PCN expondrá en el informe las mismas conclusiones y recomendaciones del primer borrador del informe. Francisco Merino aclaró que su partido considera que esta sentencia no es constitucional y que para poder cumplirla es necesario impulsar reformas constitucionales que modifiquen el artículo 85 y posibiliten las candidaturas independientes.

La posición pecenista es que el fallo es oscuro y que la Corte se ha extralimitado en sus funciones. Además, asegura que los diputados pueden decidir no acatar un fallo porque estos también son defensores de la Constitución.

'Todos los poderes son defensores de la Constitución y para defenderla realizan un juicio razonable de constitucionalidad y a partir de dicho razonamiento el fallo indudablemente viola expresamente el artículo 85 de la Constitución', asegura Conciliación Nacional. Por esta razón, el PCN dice que hay suficiente asidero constitucional para declarar que el fallo es inconstitucional y que no pueden recomendar que la Asamblea lo acate.

En Gana, Mario Tenorio dijo no tener consigo una propuesta de conclusiones y recomendaciones porque no sabía que había que presentarlas. Dejó claro que la posición de su partido es que la Asamblea Legislativa no debe obedecer la sentencia en cuanto al tema de candidaturas independientes, pero que sí deberá abrir las listas de candidatos.

El Partido Demócrata Cristiano concluyó que la sentencia viola el artículo 85 de la Constitución y que por lo tanto los diputados no pueden aceptarla porque ellos están obligados a cumplir la carta magna. “Se concluye que el artículo 85 de la Constitución continúa en pleno vigor. Los funcionarios están obligados a atenerse a este el cual no permite candidaturas fuera de los partidos políticos, no obstante la resolución de la Sala de lo Constitucional”, dijo el secretario general del partido, Rodolfo Párker.

Párker interpreta de manera distinta a los magistrados el artículo 85. Estos resolvieron que aunque el artículo 85 establece que los partidos políticos son el único instrumento para acceder al poder, en ninguna parte la Constitución niega a los ciudadanos el derecho a acceder el poder sin la mediación de un instrumento. Por lo tanto, los ciudadanos pueden ser candidatos sin necesidad de subirse a un partido político.

Los diputados terminarán de afinar el informe este miércoles y lo presentarán el jueves al pleno para que sea leído. Este informe no debe ser aprobado por el pleno, sino que simplemente debe ser leído ante todos los diputados para darle fin a la comisión ad hoc. La responsabilidad de acatar o no, de legislar o no a partir de la sentencia de la Corte recaerá en los miembros de la comisión de reformas electorales y puntos constitucionales.

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