La Corte de Cuentas, que durante 29 años estuvo bajo el control del Partido de Conciliación Nacional, nombró a la esposa de un diputado como jueza del Tribunal de Ética Gubernamental (TEG), a pesar de que la recién estrenada ley de la materia prohíbe que un cónyuge de un legislador pueda ser parte del TEG.
La Ley de ética gubernamental cumple este lunes 30 días de vigencia, y fue aprobada en octubre de 2011 con el argumento de que la normativa previa era poco útil y no permitía al TEG hacer bien su trabajo como instrumento de lucha contra la corrupción. Tras saber que El Faro se enteró de la designación de Sonia Elizabeth de Rodríguez por parte de la Corte de Cuentas, algunos legisladores del partido Concertación Nacional (en lo que se convirtió el extinto PCN) aseguraron que hay una confusión en la redacción de la ley, y fuentes de otra organización dijeron que CN valora la posibilidad de pedir a la Asamblea Legislativa que emita una interpretación del contenido de la ley que impide el nombramiento de la esposa de Rodríguez, con el fin de salvar la designación.
La designada es esposa de Manuel Rodríguez, quien en 2009 resultó elegido diputado suplente por el PCN. Con la cancelación de este partido, sus diputados emigraron hacia una nueva organización, a la que bautizaron como Concertación Nacional, cuyo secretario general es el esposo de la jueza de ética gubernamental.
El dirigente de CN asegura que hay un malentendido, y lo mismo plantea otro diputado, Antonio Almendáriz. Alegan que así como ellos entienden el artículo que define quiénes están impedidos de integrar el TEG, la esposa de Rodríguez está habilitada. Lo que hacen ambos es partir en dos pedazos el párrafo que hace la enumeración de las personas inhabilitadas para ser escogidas como miembros del Tribunal.
El TEG estará integrado por cinco personas designadas por los representantes de cinco instituciones del Estado. La presidencia del Tribunal la ejercerá una persona elegida por la Asamblea Legislativa. Esta aún no ha cumplido su parte. También nombrarán jueces la Presidencia de la República, la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio Público y la Corte de Cuentas.
El presidente de la Corte de Cuentas, Marcos Gregorio Sánchez Trejo, tiene siete meses en el cargo y optó por nombrar a Sonia Elizabeth de Rodríguez. El Faro solicitó al funcionario que explicara el nombramiento, pero al cierre de esta nota no había dado respuesta. Quien sí dio respuesta fue la recién nombrada. Vía telefónica, la esposa del dirigente de CN aseguró el jueves pasado que es respetuosa de la ley y que si Sánchez Trejo decide revocar su designación, ella la acataría sin problema. El viernes, sin embargo, aseguró que ya había presentado una carta en la que ponía a disposición su cargo.
Pero antes de esa decisión, el diputado Rodríguez exploró en la Asamblea la posibilidad de que el pleno haga una interpretación auténtica del artículo 14 de la Ley de ética gubernamental, que es el que impide que su esposa sea jueza del TEG. Aseguró vía telefónica que no existía violación a la disposición y que todo era un problema de interpretación.
El viernes, el legislador Rodríguez confirmó la versión de su esposa de que esta había puesto su cargo a disposición del presidnete de la Corte de Cuentas, aunque, dijo, estaba convencida de que el nombramiento era correcto. Su decisión obedecía a que no quería dañar la imagen de Sánchez Trejo, ya que la situación no era más que una campaña sucia contra él y su nuevo partido.
Algunas fuentes que conocen de primera mano la situación aseguraron que Sonia Elizabeth de Rodríguez puso su cargo a disposición por petición expresa de Sánchez Trejo, quien en privado supuestamente reconoció la incorrección, y alegó que había hecho el nombramiento basándose en una copia del borrador del proyecto de ley que no incluía la inhabilitación para los cónyuges de los diputados.
La nueva Ley Ética Gubernamental fue emitida para resolver algunos vacíos y debilidades de la antigua normativa, que nunca fue útil para que alguien recibiera una sanción significativa por incorrecciones en su desempeño en el servicio público. La nueva ley eliminó algunas contradicciones -por ejemplo, brindar información y negarla eran a la vez un deber y un principio ético, respectivamente-, facultó al TEG a investigar sin necesidad de denuncia y permitiría aplicarse incluso a exfuncionarios dedicados al ejercicio privado.
Sonia Elizabeth de Rodríguez fue nombrada como miembro del Tribunal de Ética Gubernamental desde diciembre, después de que Sánchez Trejo solicitara su renuncia tras 19 años de laborar en diferentes cargos de la administración pública y siete años como analista de cuentas en la institución.
El martes 17 de enero, la esposa del diputado se presentó en su nuevo cargo. El dirigente de CN enfatizó que su pareja no ha renunciado. En la Corte de Cuentas, la jefa de prensa Jaqueline Corleto, dijo desconocer los detalles del nombramiento y pidió que se consultara vía correo electrónico a la institución para intentar obtener alguna respuesta. La solicitud se envió el jueves, pero al cierre de esta nota la institución guardó silencio.
Los ex pecenistas, ahora diputados de Concertación Nacional, al parecer intentarán preservar la plaza en el TEG. El secretario general argumentó que el problema estaba en la interpretación del artículo 14, asegurando que en la lectura que hicieron él y otros colegas de partido, la limitante aplica únicamente para el Presidente o Vicepresidente de la República. “Mi esposa y yo lo hemos platicado y si hay alguna duda, ella está en la disposición de retirarse, porque ella es una mujer que cumple son su labor de esposa y no va a permitir que quieran dañar a nadie”.
Rodríguez pidió a El Faro que para mejor explicación de la posición del partido se hablara con el legislador Antonio Almendáriz, quien como miembro de la Comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa, participó directamente en la redacción de la ley. “Es que si los legisladores quisieron poner una cosa, entonces pusieron otra”, alegó Rodríguez, asegurando que la lectura que hicieron con Almendáriz no contradecía el nombramiento de su esposa.
El artículo 14 se introduce en la ley con el siguiente párrafo: “No podrán ser electos o designados como miembros del pleno...” Y continúa: “El cónyuge, conviviente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, con el Presidente o Vicepresidente de la República, los Diputados de la Asamblea Legislativa y al Parlamento Centroamericano, Presidente y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Presidente y Magistrados de la Corte de Cuentas de la República, Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, Fiscal General de la República, Procurador General de la República, Ministros o Viceministros de Estado, Presidentes de Instituciones Autónomas inclusive el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma y Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa”.
En su interpretación del texto, Almendáriz considera que esta enumeración debe leerse en dos partes. Según él, la primera parte, que termina justo después de nombrar al Presidente y al Vicepresidente de la República, se refiere la restricción por tipo de relación. Y la segunda, que comienza a partir de la coma, y que continúa nombrando a los demás funcionarios públicos, responde al párrafo inicial del artículo. Esto significa que quienes están inhabilitados para un cargo en el TEG son los mismos diputados de la Asamblea y Parlamento Centroamericano, Presidente y Magistrados de la Corte Suprema, pero no los cónyuges de ellos. La diferencia, dice Almendáriz, radica en la coma que separa ambos textos y que a su vez genera confusión.
“Nosotros queremos una interpretación auténtica, para saber cuál fue la intención del legislador, y uno de esos fui yo, pero yo esto fue lo que interpreté. Así no hay conflicto, la ley es completa y lo mismo pasa con los jueces y diputados”, alegó Almendáriz, asegurando que la esposa del secretario general de CN contaba además con la posibilidad de excusarse de participar en resoluciones que pongan en cuestionamiento su imparcialidad.
Para otros legisladores, sin embargo, la interpretación auténtica que mencionaron los pecenistas no procedería, pues creen que sería con dedicatoria para una persona en particular, pues están convencidos de que la designación de la esposa de Rodríguez viola la ley. Margarita Velado, del FMLN, quien también participó en la redacción de la ley, explicó por qué la interpretación auténtica no era una opción en esta situación, asegurando que no se trataba de una ley oscura o ambigua que diera lugar a confusiones. “A ella el espíritu de la ley y el texto le impiden ser juramentada y por ende asumir el cargo', dijo. 'En la comisión hubo una discusión sobre estos casos y acordamos que la prohibición en la ley debía ser para todas las instituciones estatales”, dijo.
El diputado de Arena, Mario Valiente, también es parte de quienes elaboraron la ley y coincidió con Velado en rechazar la pretensión de emitir una interpretación auténtica, pues la ley no da lugar a dudas. “La ley es clara y punto. A nosotros no nos corresponde como Asamblea inmiscuirnos en cuanto a quién nombra la Corte pero en este caso es claro. ¿Cómo vamos a violar la ley en el Tribunal de Ética Gubernamental?”
Posteriormente, Almendáriz aseguró que no habían cabildeado con nadie para intentar una interpretación del artículo 14, porque eso podría interpretarse negativamente para su partido. “No hemos cabildeado con nadie, si de eso se trata se interpretaría como que nosotros queremos que se proceda como nosotros queremos y no es así, eso sería antiético”, alegó.
Sin embargo, fuentes de la dirección del partido Arena aseguraron que el mismo Rodríguez se comunicó con ellos para pedirles que consideraran emitir una interpretación auténtica del texto. “Quiso hacer una interpretación auténtica del artículo para que su mujer se quedara en el puesto”, aseguró luno de los políticos, que pidió el anonimato.