La Sala de lo Constitucional declaró este lunes inaplicable una orden de la Corte Centroamericana de Justicia girada el viernes 23 de junio pasado, con la que el organismo regional intervino en favor de una Asamblea Legislativa que se niega a acatar las sentencias de los magistrados salvadoreños que declararon ilegales las elecciones de la Corte Suprema correspondientes a los años 2006 y 2012.
La Corte Centroamericana había emitido una medida cautelar dos días después de que los diputados demandaron a la Sala por considerar que esta no tiene razón en las sentencias que invalidaron los nombramientos de magistrados. 'Se ordena suspender los efectos de las sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador de las quince horas del cinco de junio de dos mil doce (Inc. 19-2012) y de las quince horas con cuarenta minutos del día cinco de junio de dos mil doce (Inc-23-2012), en tanto esta Corte se pronuncie de manera definitiva”, habían dicho los jueces centroamericanos.
Ambas sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional el mes pasado, obligan a los diputados a repetir la elección de 20 magistrados de Corte –entre propietarios y suplentes- porque considera inválidas las hechas hace seis años y en abril pasado.
Los magistrados de la Sala de lo Constitucional declararon inaplicable la medida de la Corte Centroamericana centrados en el artículo 183 de la Constitución, que establece que esa instancia es el único tribunal competente para declarar la inconstitucionalidad de la leyes.
Los magistrados de la Sala aclaran que, lejos de como lo quiere plantear la Asamblea Legislativo, no hay un conflicto entre poderes que pueda ser dirimido por el tribunal centroamericano, ya que en este caso la instancia de la Corte salvadoreña actuó como juez y el Órgano Legislativo como parte demandada.
El documento de 15 páginas que contiene la resolución de la Sala sostiene además que la competencia que la Corte Centroamericana posee para dirimir conflictos entre órganos es en materia de la aplicación del derecho de integración, básicamente en materia de integración centroamericana y, por lo tanto, la Corte Centroamericana solo puede atender aquellas competencias que el sistema posee para aspectos de integración.
Aparte de declarar inaplicable la orden de la CCJ, que en resumen significa rechazar y anular lo ordenado por el organismo regional, la Sala de lo Constitucional incluye la orden a la Asamblea de cumplir las sentencias que la obliga a elegir de nuevo a los magistrados.
Uno de los principales argumentos para beneficiar a los ciudadanos que demandaron a la Asamblea Legislativa es que una legislatura no puede elegir dos veces a magistrados de la Corte Suprema, tal como hizo la anterior legislatura que terminó fucniones el 1 de mayo de este año y que pocos días antes removió al actual presidente de la Corte y eligió a cinco nuevos magistrados. “La elección de los magistrados de la Corte Suprema está vinculada de manera indirecta con el voto popular de los ciudadanos, quienes a través de elecciones periódicas confirman o revocan mandatos legislativos, y estos deben reflejarse en la composición del Órgano Judicial y otras elecciones de segundo grado”, dice un comunicado oficial de la Sala que resume los alcances y motivos de ambas resoluciones.
La inaplicabilidad fue declarada por unanimidad de los cinco magistrados de la Sala, tres propietarios y dos suplentes.