La Corte Suprema de Justicia (CSJ) quitó de las manos del juez primero de Instrucción de San Salvador, Levis Italmir Orellana, el caso de presunta corrupción del expresidente Francisco Flores, bajo el argumento de que su conducta demostrada a la fecha puede incidir negativamente en el proceso en que al exgobernante (1999-2004) se le acusa de peculado y enriquecimiento ilícito por la desaparición de unos 15 millones de dólares donados por el gobierno de Taiwán a El Salvador para favorecer a las víctimas de los terremotos de 2001 y para ayudar a combatir la pobreza.
En un acuerdo tomado este jueves 5 de febrero, pero hecho público este viernes, 12 de los 15 magistrados de la Corte decidieron relevar del caso a Orellana y sancionarlo por omitir entregar un informe solicitado por la Procuraduría de Derechos Humanos en septiembre pasado, cuando esta le pidió que explicara por qué concedió arresto domiciliario a Flores después de que este se presentara al juzgado tras cuatro meses de estar prófugo.
'La Corte Suprema decidió ayer trasladar la tramitación del caso del expresidente Francisco Guillermo Flores Pérez (...). Dicha decisión se realizó con el fin de evitar que la conducta demostrada por el juez en dicho proceso, incida negativamente en los derechos y garantías constitucionales aplicables durante la etapa en la que se encuentra el juicio', dice el comunicado hecho público por la Corte.
El 5 de septiembre de 2014, cuando Flores se presentó al juzgado, Orellana resolvió que el expresidente podía ir a su casa y no a las bartolinas de la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil. Para entonces, sobre Flores pesaba una orden de captura emitida por un juzgado de paz en mayo de ese año, aunque ya tenía meses de haber desaparecido de la vista del público. Flores, quien fue el principal asesor de la campaña presidencial del candidato Norman Quijano, de Arena, no se había presentado a finales de enero a una audiencia de una comisión legislativa que investigaba la desaparición de los donativos de Taiwán. Por eso, la Fiscalía le imputó también la acusación de 'desobediencia de particulares'.
Cuando Flores fue beneficiado con arresto domiciliario, el procurador de Derechos Humanos, David Morales, pidió a Orellana que le informara las razones de su decisión. Orellana ignoró la petición y la Corte Suprema ha determinado que lo hizo injustificadamente. Según la Corte, cuando el 19 de septiembre un tribunal superior revocó la decisión de Orellana y ordenó que Flores fuera enviado a bartolinas, ya había vencido el plazo que el juez tenía para rendir su informe al procurador.
'(...) Se acordó suspender por tres días al juez Levis Italmir Orellana Campos por omitir injustificadamente los asuntos del despacho; lo anterior, debido a que el mencionado juez negó información al Procurador General para la Defensa de los Derechos Humanos sobre la medida de arresto domiciliario para el caso tramitado en dicha sede judicial contra el expresidente Francisco Guillermo Flores Pérez', dice el comunicado de la Corte.
La PDDH había pedido la explicación al juez Orellana sobre el arresto domiciliar en virtud de una queja que la Iniciativa Social para la Democracia (ISD) interpuso en esa oficina. Fue esta queja la que activó la interpelación del procurador David Morales. Ramón Villalta, de la ISD, comentó este viernes la decisión de la Corte: 'Hay un mensaje claro: cualquier juez que tome el caso tiene como antecedente esta sanción, y debe saber que no puede seguir el mismo camino'.
La ISD y la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad) son dos oenegés que se convirtieron en querellantes particulares contra Flores. El último episodio de este caso se produjo hace dos semanas, cuando Orellana inició un 'proceso sancionatorio' contra ambos organismos, acusándolos de divulgar información de carácter confidencial.
Se trata del Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS), que el International Bank of Miami, con sede en los Estados Unidos, remitió al Financial Crimes Enforcement Network (FinCen), una dependencia del Departamento del Tesoro de ese país.
En esos mismos días, Fespad e ISD denunciaron públicamente lo que consideraron el retiro de una prueba incriminatoria contra Flores por parte de la Fiscalía: los fiscales del caso solicitaron al juez Orellana la eliminación de toda alusión al ROS, alegando que si se continuaba informando sobre ese documento El Salvador se arriesgaba a recibir sanciones de parte de Estados Unidos. Los acusadores particulares dijeron que en ningún momento la Fiscalía probaba esa posibilidad y que por ahora la información de ese documento era lo único que existía en el proceso para tipificar a Flores otro delito: lavado de dinero. Poco después, el juez pidió a la Fiscalía que investigara a los querellantes por estar hablando de ese documento en medio del proceso.
Villalta agregó que tras este antecedente con el juez Orellana, investigarán los antecedentes del juez Séptimo de Instrucción, Miguel Ángel García Argüello. Al pasar al Séptimo de Instrucción, la Cámara Primera de lo Penal mantiene jurisdicción sobre el caso. 'Eso es positivo porque esta Cámara ha mostrado independencia', dijo Villalta.
El caso contra el expresidente Francisco Flores ahora será visto por el juzgado Séptimo de Instrucción de San Salvador, el mismo juzgado en el que se procesan a exfuncionarios del gobierno Flores por las concesiones de geotermia entre la Central Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) y la empresa italiana Enel. Al cierre de esta nota, ni la parte querellante ni los defensores de Francisco Flores habían sido notificados oficialmente de la resolución contra el juez Orellana.