Luis Martínez sonríe para la foto. Este 29 de mayo de 2015, el fiscal general de El Salvador está en Nueva York junto con Tovías Menjívar, el jefe de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) de la Fiscalía, para recibir un premio. Es el “BID Quality Award, en la categoría oro, el cual es un incentivo al liderazgo, trabajo en equipo y su compromiso en la persecución del delito”, según la Fiscalía. Posteriormente, Martínez celebró el premio y tuiteó dos fotos, en las que él y Menjívar, vestidos de esmoquin, posan con la presea. El mismo día que el fiscal general festejaba en Nueva York, en San Salvador, el juez Séptimo de Instrucción le hacía 10 correcciones al dictamen de acusación del caso más importante que ha llevado la especializada UIF en años: el proceso por corrupción contra el expresidente de la República, Francisco Flores.
Con mucho orgullo la FGR recibe reconocimiento para UIF a la calidad y liderazgo. pic.twitter.com/flu4UszFBE
— luis martinez (@luism_abogado) Mayo 30, 2015
Aquel viernes 29 de mayo, el juez Miguel Ángel García Argüello informó que realizaba las “prevenciones correspondientes, a efecto de establecer un plazo prudencial en el cual, la parte acusadora, tanto Fiscalía como querella, tengan la oportunidad de subsanar las deficiencias advertidas en sus respectivas acusaciones”. La resolución del juez aludía tanto a las imputaciones de la Fiscalía como a las de los acusadores particulares. A estos les hizo 24 señalamientos. A la Fiscalía, 10.
Esta decisión, más la de concederles unos días adicionales para que enmienden, no cayó en gracia a la defensa del exgobernante, acusado de peculado y enriquecimiento ilícito. 'Es como si yo, alumno, le entrego el examen al profesor y él me lo devolviera, corregido, antes de ponerme la nota', ejemplificó Luis Morales Joya, abogado de Flores.
Una vez que el juez recibe el dictamen de acusación, tiene 24 horas para permitirle a todos los que intervienen en el juicio que lo consulten durante un periodo de cinco días y, luego, otros 15 días para señalar la audiencia preliminar, según establece el artículo 357 del Código Procesal Penal. No hay ningún artículo que especifique que el juez puede hacer prevenciones a los acusadores después de recibir los documentos. “Está haciendo más allá de lo que la ley le faculta a hacer. Les ha resuelto los incidentes. ¡Ya les dijo lo que tienen que hacer! Si hubiéramos llegado así a la audiencia preliminar, era un sobreseimiento definitivo”, afirmó Morales Joya.
Lo que está en juego es la libertad de un hombre acusado de desviar, al menos, 15 millones que Taiwán donó para proyectos de cooperación como ayuda a las víctimas de los terremotos de 2001 y combate a la delincuencia. En cambio, buena parte de ese dinero se destinó para financiar la campaña electoral del partido de derechas Arena gracias a la cual Antonio Saca sucedió a Flores en la presidencia, cómo lo reveló hace algunos meses El Faro.
García señaló a la Fiscalía que no ha agregado al proceso una serie de 'pruebas' que ofrece en su acusación. También le reclama que no hace constar que ya resolvió las prevenciones que le hicieran las autoridades de algunos países a los que la Fiscalía había solicitado asistencia. Algunas de esas peticiones del Ministerio Público salvadoreño fueron hechas mal y la Fiscalía debía enmendarlas, y hasta ahora, según el juez, no se sabe si están resueltas. Además, la Fiscalía no precisa qué pretende probar con las supuestas evidencias que presenta para montar su caso contra Flores.
Morales Joya pidió, el pasado 1 de junio, al juez García, que revocara el documento en que corrigió la plana de los acusadores. Para eso le presentó un escrito en el que le recordó cuatro principios constitucionales: legalidad, igualdad de las partes, seguridad jurídica e imparcialidad del juez. El defensor argumentó que “un funcionario solo puede ejercer las funciones o hacer aquello para lo cual tenga una habilitación expresa en la ley; y la parte acusadora ha sido beneficiada de forma anticipada con la corrección que ha hecho su Señoría”. Esto vulnera, según la defensa, el principio de igualdad porque, si García no hubiera prevenido a los fiscales, los abogados de Flores podrían haber solicitado que el juez no admitiera algunas pruebas, porque no cumplían con los requisitos de ley que ahora tuvieron oportunidad de corregir. Morales Joya incluso le cuestionó al juez García su imparcialidad: “Se está coadyuvando a las partes acusadoras para articular pruebas y argumentos que eventualmente puedan destruir la presunción de inocencia”, reza el escrito.
García Argüello es un juez que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) eligió para conducir este caso, tras quitárselo a Levis Orellana, el juez Primero de Instrucción. Orellana tiene cinco denuncias en su contra en el departamento de Investigación Judicial de la CSJ. El pasado 6 de febrero, 12 de 15 magistrados votaron por quitarle el expediente de Flores por una falta disciplinaria: negar al Procurador de Derechos Humanos, David Morales, un informe en que le solicitó que justificara su decisión de enviar a Flores, por segunda vez, a su casa, a cumplir arresto domiciliar. De hecho, Flores es el único reo en arresto domiciliar en todo el país, como lo reportó La Prensa Gráfica.
García justificó su actuación de oficio para corregir a los acusadores con ayuda de la Sala de lo Constitucional. Aceptó que había incumplido los plazos que determina el Código Procesal Penal, pero se basó en una resolución de 2008 de la Sala para alegar que “no toda prórroga en la tramitación de un proceso genera afectaciones con trascendencia constitucional (…) y que no merece el carácter de indebida una dilación que haya sido provocada por el propio litigante”. El juez recordó que tanto la querella como la Fiscalía llegaron tarde al Juzgado Séptimo de Instrucción para presentar su dictamen de acusación, el pasado 13 de mayo, y lo presentaron en el juzgado que estaba de turno, el Segundo de Paz de San Salvador, algo que la ley permite. García consideró que era su deber hacer las prevenciones “como garante de la legalidad, igualdad y derecho de audiencia; y en aras de no vulnerar los derechos y garantías del procesado, a efecto de que pueda hacer uso efectivo de los derechos de defensa material y técnica, respecto de imputaciones debidamente realizadas”.
El juez no está solo. Dos jueces de Instrucción que El Faro consultó consideraron que García sí tiene atribuciones para corregir la acusación, aún después de presentada. “El juez tiene atribuciones, aunque la ley no lo diga de forma explícita. (Aunque) es poco común que un juez prevenga primero, la mayoría de veces es en audiencia preliminar”, dijo Roberto Arévalo Ortuño, juez Sexto de Instrucción de San Salvador. “Si el juez no me previene, pueden decir que este no me previno y puede ser malintencionado. El juez de Instrucción es un juez saneador (sic), que trata que el juicio vaya limpio, si pasa a la siguiente etapa”, dijo otro juez, que pidió no ser identificado, por tratarse esta de una causa penal abierta.
Los abogados dividen las prevenciones en dos tipos: de forma, si se refieren a los requisitos legales para adjuntar una prueba; y de fondo, si se refieren a problemas sustanciales de las evidencias que se quieren agregar. “Si los defectos son de forma, es posible que un juez corrija, suspenda la audiencia y vuelva a señalar. Correcciones de forma son “póngale el nombre al examen”, por ejemplo. Ya con las de fondo ya es otra cosa', explicó Arévalo Ortuño. Sin embargo, sí le parece fuera de lo usual que el juez hiciera 34 correcciones a las acusaciones. 'Semejante listado de prevenciones no es normal”, aseguró.
De esas correcciones, 24 son para los querellantes particulares, incluida una grave: que no han podido fundamentar la acusación por lavado de dinero. Ese es el cargo emblema que los querellantes han levantado contra Flores, y por el que la Fiscalía no acusó al expresidente, pese a tener dos avisos de la comisión especial de la Asamblea Legislativa que contraminó al exfuncionario, para que incluyera ese delito. Y esa es una corrección de fondo.
Los querellantes culpan a la Fiscalía
René Landaverde, abogado de Iniciativa Social para la Democracia (ISD) y uno de los tres acusadores particulares contra Flores sabe cómo explicar el error que cometieron en su dictamen. “No se entiende, con la explicación que da la querella, si se trata de modificar algunos de los delitos (peculado o enriquecimiento ilícito) o se está acusando por alguno de los delitos que ya están en el proceso. Lo que nosotros estamos explicando es que se trata de la incorporación de un nuevo delito”, dijo el jurista a este periódico. Landaverde tiene algunas excusas para argumentar por qué no explicaron bien algo tan importante en su caso. Esta es la manzana de la discordia con la Fiscalía, aunque, en teoría, ambas partes tienen un propósito común: lograr una condena de Flores por el desvío de los fondos de Taiwán.
“Hemos justificado que la querella no está presente desde el inicio de la acción penal, es decir, la tipificación de los delitos de manera provisional los hizo la Fiscalía. Pero, en el desarrollo de la investigación, nosotros hemos identificado con claridad que ese comportamiento configura el delito de lavado de dinero. En el dictamen pedimos que se incorpore un nuevo delito, pero eso no estaba explicado en el dictamen de acusación que se presentó”, justificó Landaverde.
El abogado de ISD comparte bando con dos abogadas de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad): María Teresa Naves, colaboradora técnica del programa de Transparencia de FESPAD, y Bertha Deleón, una exfiscal, quien ha tenido la voz de mando de la querella, en las audiencias del caso en las que han participado. Deleón, por ejemplo, fue quien demoró el regreso de Flores a su casa, el 24 de noviembre del año pasado, una vez que el juez Orellana había decidido que el expresidente era “desigual” al resto de reos del país, por tener trombosis (un coágulo) en una de sus piernas, además de gastritis y sufrir depresión. En esa audiencia, Deleón aseguró que presentaría un recurso de apelación, lo que congeló la orden judicial y dejó a Flores en bartolinas policiales unos días más. Eventualmente, los querellantes confundieron los plazos legales y no presentaron esa apelación. Flores volvió a su casa el 30 de noviembre de 2014.
Landaverde también tiene una excusa, a modo de explicación, para esa actuación: ninguno de los tres abogados querellantes se dedica a tiempo completo al caso. “La dificultad para nosotros como querellantes es que no tenemos personal a tiempo completo para presentar un documento con la calidad que se merece. Esto nos llevó a ese tipo de omisiones. De hecho, ISD es la primera vez que funge como querellante. No tiene antecedentes de haber presentado querellantes en otros procesos. Yo trabajo más en las áreas de familia, laboral, en derecho electoral que hacemos en la oficina. Obviamente, como profesionales del derecho hemos litigado también en procesos penales. Pero esto no tiene que ver con la experiencia. Fespad sí ha litigado. De todas maneras, es un trabajo de equipo, (el dictamen de acusación) no se elabora de manera bilateral. Como equipo nos sentamos, analizamos y redactamos el documento de manera colectiva. Al final, fueron aspectos que se nos escaparon a todos”, dijo a El Faro.
Lo que Landaverde no puede explicar con tanta claridad es qué elementos faltan para establecer que Flores lavó el dinero de Taiwán para poderlo usar en cuentas del partido Arena para financiar la campaña de Saca, eventualmente su sucesor en la presidencia de la República.
El Faro le preguntó qué faltaba para configurar el delito en el esquema de flujo del dinero donado, que nunca ingresó a las cuentas del Estado. Se le mostró un esquema elaborado con base en la investigación “Así se repartieron los millones de Taiwán”, de este periódico.
Landaverde hizo una pausa. 10 segundos de silencio que interrumpieron su discurso, fluido, hasta acá en la entrevista. “Eh… vea… desde El Salvador se dieron instrucciones al Banco Cuscatlán de Costa Rica para la apertura de una cuenta bancaria a nombre del Centro de Estudios Políticos “Dr. José Antonio Rodríguez Porth', a nombre de directivos de ese instituto. Ellos no viajaron a Costa Rica a abrir la cuenta. No sabemos a ciencia cierta cuál fue el mecanismo de envío de los cheques. El hecho es que altos funcionarios del Banco Cuscatlán de El Salvador, obviamente están también involucrados (…) Hay una serie de movimientos que nosotros todavía necesitamos determinar con el informe financiero del perito. Hay una parte que no se han presentado, tiene que ver con el análisis bancario internacional y el rastreo de esta donación. Información incompleta tiene que ver con el informe de la mancomunidad de las Bahamas. Al no tenerlo completo, sino solo el informe migratorio, esto genera algún tipo de duda”, intentó explicar Landaverde.
El abogado recuperó la claridad cuando señaló de quién es la culpa que, aunque haya pasado casi un mes después de presentar su acusación, todavía no sepan rastrear exactamente la ruta del lavado de dinero por el que acusan a Flores. “Se está esperando que ese informe llegue. El tribunal manifestó que ese sobre venía abierto -el que contenía la información procedente de Bahamas- y que tenía solo el informe migratorio. No hay una explicación clara de la Fiscalía. Él ha manifestado que se estaba investigando a la seguridad, que pudiera haberse abierto. Ellos se eximen de responsabilidad”, apuntó.
La acusación es grave. Lo que falta en ese sobre es un pronunciamiento respecto a cuentas bancarias del imputado en Bahamas. “Ese informe amarraría (lo que falta) para conocer los movimientos exactamente que tuvieron los 10 millones de dólares. En muchos de los casos, podríamos nada más especular si no tenemos todos los datos”, afirmó Landaverde. El pasado 8 de abril, el Juzgado Séptimo de Instrucción advirtió a la representación fiscal la necesidad de solicitar un informe detallado sobre cuentas cifradas -en que se sustituye la identidad del titular por un código que solo él y el ejecutivo del banco conocen- a nombre de Flores en ese país. El juzgado solicitó al gobierno de Bahamas que volviera a enviar un informe sobre cheques y cuentas bancarias. “Obviamente esto es imputable a la Fiscalía porque no han custodiado bien el documento. El fiscal incluso, hace un par de semanas, nos amenazó: dijo que se reservaba el derecho de iniciar acción penal contra nosotros por estarlo acusando o difamando. Al ser ellos los responsables de protegerlo, custodiarlo, entregarlo al tribunal, ¿a quién más se le pueden pedir explicaciones?”, cuestionó Landaverde.
Las explicaciones que el juez pidió a los acusadores de sus dictámenes son multiformes. En algunos casos, dijo que especificaran la forma de contactar a algunos testigos que habían ofrecido. En otros, les pidió que adjuntaran prueba que habían ofrecido. Ese es el caso, por ejemplo, con los informes del Departamento del Tesoro estadounidense y el Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS), que la querella ofreció para probar lavado de dinero, pero que no están adjuntados al proceso. El fiscal Martínez se ha enfrascado en una cruzada para evitar que el ROS siquiera se mencione, aunque fue durante su gestión al frente de la FGR que el documento trascendió al público.
El juez también preguntó a los fiscales qué pretendían probar con algunas pruebas que agregaron, como cada una de las asistencias internacionales que solicitaron. La querella ha señalado que la Fiscalía retrasó mucho tiempo esas solicitudes internacionales y que, además, las planteó mal. Landaverde dijo que las solicitudes que se hicieron a Brasil y al Principado de Mónaco se enviaron en español, cuando los idiomas oficiales de esos países son portugués y francés, respectivamente. De hecho, el juez García recién autorizó el pasado 28 de mayo la designación de peritos traductores para la documentación que esos gobiernos enviaron. “Esos hechos para nosotros son negligencia. Se supone que son expertos, una unidad especializada de investigación financiera”, acusó Landaverde.
La querella señala, al menos, otras dos deficiencias a la investigación fiscal: el interrogatorio a testigos, que se hizo solo después de que una comisión de diputados citó a directivos de Arena y directivos del Instituto Rodríguez Porth. Es decir, que fue un interrogatorio reactivo, no proactivo, de parte de la Fiscalía. La otra es el conflicto de intereses del fiscal, por la relación comercial que sostuvo con Flores, antes de que Martínez estuviera encargado de investigar a su excliente y que inició cuando el ahora imputado era todavía presidente (1999-2004).
“Este proceso la Fiscalía lo judicializó con la idea de cerrarlo a la brevedad posible. Con el requerimiento, no presentaron suficientes elementos probatorios para sustentar la acusación. Al no sustentar bien, el mensaje que manda a la ciudadanía es: ‘que la institucionalidad está actuando. Si los jueces lo dejan en libertad no es responsabilidad mía’. Pero cuando se hace un mal planteamiento desde un inicio, hay una intencionalidad. Si el juez Séptimo de Instrucción lo deja libre no es porque esté favoreciendo la impunidad, sino porque la Fiscalía no sustentó adecuadamente la acusación penal. Será una resolución apegada a derecho”, sentenció Landaverde, con aires premonitorios.
La unidad de comunicaciones de la Fiscalía informó que Julio Zamora, el encargado del caso, no puede dar declaraciones al respecto. La censura parece que se extendió a la comparecencia de Zamora en las audiencias. Por ejemplo, en la audiencia especial que se celebró para que Flores regresara a su casa, Zamora solo intervino dos veces. Zamora es el mismo fiscal que perdió el caso contra los exjugadores de la selección nacional de fútbol, acusados de amañar resultados de partidos, a cambio de dinero.
Para ganarse el premio a la calidad que el fiscal general y el jefe de la UIF festejaron el pasado 29 de mayo, la Fiscalía se postuló a sí misma. Así lo establecen las bases de competencia, disponibles en la página web del Business Initiative Directions (B.I.D.). La UIF compitió con empresas que fueron juzgadas por siete categorías: excelencia, innovación, satisfacción del cliente, tecnología, liderazgo, planeamiento estratégico y resultados de negocio. Este periódico intentó contactar a BID a través de correo electrónico para conocer los detalles de por qué la unidad fiscal ganó este premio. No hubo respuesta. La oficina de prensa de Martínez, que hizo una nota para publicitar el galardón, tampoco respondió las preguntas de El Faro.
El jurado, según el mismo sitio web, está integrado por “ingenieros, ejecutivos, economistas, empresarios”, no abogados. Eso sí: el premio “proporciona a las compañías de todos los tamaños y segmentos de mercado una oportunidad de incorporar un sello reputable (sic) de aprobación y prestigio en sus acciones de comerciales. Se convierte en un aval respaldado por la calidad de los profesionales que pueden ayudar a aumentar la confianza y la eficacia”, según José Prieto, presidente de la compañía que otorga el premio. Esas cualidades no son despreciables en un año en que el fiscal Martínez ya ha anunciado que opta a ostentar su cargo por tres años más.