El Salvador / Impunidad

Suman delitos a militares acusados por El Mozote: tortura y desaparición forzada

Gracias a los testimonios de más de 35 víctimas, el Juzgado de Instrucción de San Francisco Gotera ha señalado tres nuevos delitos contra los militares acusados por la masacre: tortura, desaparición y desplazamiento forzados. Los militares, que estaban sin medidas, ahora tienen prohíbido salir del país sin permiso, contactar a las víctimas y deberán presentarse cada dos semanas al juzgado. El fallo fortalece la tesis de la querella y de las víctimas sobre el operativo militar que devino en una masacre.


Domingo, 28 de abril de 2019
Nelson Rauda y Gabriela Cáceres

El juez Jorge Guzmán sumó los delitos de tortura, desplazamiento forzado y desaparición forzada a los 18 militares acusados por la masacre de El Mozote, en la que 988 civiles fueron asesinados en diciembre de 1981.

La inclusión de estos tres nuevos cargos contra el Alto Mando de 1981 es un reconocimiento jurídico a las denuncias de más de 35 nuevas víctimas que hablaron de vejaciones sufridas días previos, durante y después del operativo en las audiencias celebradas en los últimos dos años. En esos testimonios abundan listados de familiares desaparecidos, pero también hay víctimas que aseguran haber sufrido torturas, violaciones o desplazamiento forzado.

El fallo, fechado el 23 de abril, también reivindica los testimonios de decenas de campesinos que desde finales de 1990 (cuando la desaparecida oficina de Tutela Legal del Arzobispado de San Salvador promovió la primera causa judicial) aseguraron haber sufrido de manera directa violaciones a sus derechos humanos. Para la querella, el fallo también supone una victoria estratégica: robustece la tesis sobre un operativo de ‘tierra arrasada’ en el que los soldados se desplegaron en El Mozote y otros caseríos aledaños para torturar, desaparecer o aniquilar a los campesinos que se cruzaban a su paso.

En el primer año de la guerra, el Ejército consideraba que las comunidades que habitaban la zona norte de Morazán eran un soporte vital para la guerrilla, cuando en realidad eran campesinos civiles que de manera recurrente se enfrentaban a los designios de ambos bandos. El operativo militar, anunciado incluso en medios de comunicación, se suponía buscaba liberar a los pueblos del control de la guerrilla, pero devino en una masacre cometida por soldados de tres destacamentos y de un batallón especial, el Atlacatl, dirigidos por el teniente coronel Domingo Monterrosa. Los soldados asesinaron a unos mil pobladores en ocho caseríos del norte del departamento de Morazán, la mayoría en el caserío El Mozote. Más de la mitad de las víctimas fueron menores de edad.

Para el juez, el detalle de esos nuevos testimonios es razón suficiente para otorgar las nuevas acusaciones y para aplicar restricciones por primera vez contra los acusados, entre las cuales se incluye la prohibición de salir del país y de contactar a las víctimas.

“A esta fecha, transcurridos ya más de dos años de reabiertas las investigaciones, se estima que el nivel de vinculación de los procesados con los hechos que se les atribuye - al menos en la modalidad de autores mediatos -, se ha fortalecido”, resolvió el juez Guzmán, que menciona “informes proporcionados por el Ministerio de la Defensa Nacional”, en los que se confirman a algunos de los acusados como miembros del Alto Mando que presumiblemente ideó, planificó y organizó la operación “Rescate de Morazán”; así como notas periodísticas de la época en las que “el mismo Ministro de Defensa se ocupa de dar informes de los resultados de la operación”.

Antonia Tobar Márquez, de 66 años y Marcos Romero Argueta, de 70. Estos esposos fueron desplazados del caserío Jocote Amarillo, cercano a El Mozote, días antes de la masacre. Huyeron con sus cuatro hijos hacia el Valle de Zapotitán, en el departamento de La Libertad. Después de la firma de los Acuerdos de Paz volvieron y encontraron su casa convertida en escombros y envuelta por la maleza. Foto: Víctor Peña.
Antonia Tobar Márquez, de 66 años y Marcos Romero Argueta, de 70. Estos esposos fueron desplazados del caserío Jocote Amarillo, cercano a El Mozote, días antes de la masacre. Huyeron con sus cuatro hijos hacia el Valle de Zapotitán, en el departamento de La Libertad. Después de la firma de los Acuerdos de Paz volvieron y encontraron su casa convertida en escombros y envuelta por la maleza. Foto: Víctor Peña.

Crímenes de lesa humanidad

Los oficiales ahora están acusados de 12 delitos. Además de los tres que se añaden hoy, los militares enfrentan cargos de asesinato, violación agravada, privación de libertad agravada, robo, daños agravados, allanamiento de morada, estragos especiales, actos de terrorismo y actos propositivos de actos de terrorismo.

La resolución del juez Guzmán se explaya en 42 páginas para concluir que “los tres nuevos delitos que se suman a la imputación (...) ya existían en el derecho internacional dentro de la categoría de crímenes internacionales, en el tiempo de la comisión de los hechos sometidos a este proceso”.

El juez toma prestados argumentos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del Derecho Internacional Humanitario, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos e inclusive del Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg para razonar su decisión. “Existen suficientes elementos para presumir que los procesados tenían acceso a conocer que las conductas realizadas estaban prohibidas por la norma tanto interna como internacional, así también, era posible imaginarse que la ejecución de las mismas, traería como consecuencia una sanción y una pena”, dice el documento.

Para el querellante David Morales, la decisión es “un avance jurisprudencial en la aplicación del derecho internacional”. Morales asegura que no sería posible perseguir estos delitos si no se aplica el derecho internacional.

Sobre el delito de tortura, el juez cita el apartado sobre “Tortura” del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional que dice: “‘Tortura’ se entenderá causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control”. Uno de los casos que Guzmán tomó en consideración fue el de un hombre no vidente que declaró el 8 de febrero de 2018.

La víctima relató que un grupo de militares llegaron a su casa el 10 de diciembre de 1981. Él estaba cocinando para su papá cuando se metieron a la vivienda. “Los militares me golpearon en la cabeza y en todo el cuerpo. Me torturaron los dedos de la mano izquierda y tengo una puñalada en el brazo también… A causa de los golpes que me dieron yo perdí la vista, después de los cinco días de la golpiza yo ya no venía bien”, se lee en el documento.

El juzgador, además, sostiene que el delito de violación sexual también se configura como tortura, según resolución de la CIDH. “La Corte IDH ha calificado reiteradamente a la violación sexual como tortura, porque es inherente a la perpetración de este delito el sufrimiento severo de la víctima, aun cuando no exista evidencia de lesiones o enfermedades físicas. De igual manera los tribunales penales internacionales han calificado a la violación como crimen contra la humanidad o crimen de guerra cuando se cumplan los requisitos legales de estas definiciones”, se lee en la explicación de Guzmán.

Dos víctimas declararon en audiencia que un grupo de militares las violó. Una de ella estaba embarazada.

“Yo tenía cerca de ocho meses de embarazo cuando esto pasó… A mí me llevaron a la Guacamaya (un poblado cercano al caserío El Mozote) además de la violación, estos hombres hicieron otro tipo de violencia en mi cuerpo. Me quitaron la ropa la fuerza y me acostaron en un zacatal. No les importe a ellos dónde iba a caer y yo sí sufrí daños físicos por esas otras agresiones. Mientras sufría las agresiones estos soldados decían: ‘que se le salga esta cría a esta puta…’”.

Sonia Tobar, de 47 años, junto a su hija Odalys, de tres años. Sonia fue desplazada del caserío Jocote Amarillo cuando tenía 9 años. Huyó hacia el departamento de La Libertad. Su vivienda fue destrozada durante la masacre de El Mozote y lugares aledaños. Foto: Víctor Peña.
Sonia Tobar, de 47 años, junto a su hija Odalys, de tres años. Sonia fue desplazada del caserío Jocote Amarillo cuando tenía 9 años. Huyó hacia el departamento de La Libertad. Su vivienda fue destrozada durante la masacre de El Mozote y lugares aledaños. Foto: Víctor Peña.

Más delitos, más testigos

Uno de los testimonios que el juez retoma en su fallo para justificar su argumentación sobre el delito de desplazamiento forzado es el de una mujer que declaró el 5 de octubre de 2017. Su nombre es Sonia Tobar. Ella tenía nueve años cuando su familia huyó del caserío Jocote Amarillo, en Morazán, días antes del operativo. En su historia, narra cómo pasaron de vivir vidas tranquilas en una casa de campo con ganado y cultivos de subsistencia, para vivir en champas y sufrir hambre y enfermedades en Zapotitán, La Libertad, adónde huyeron.

“Hasta la fecha el gobierno dice que las personas que salimos de acá no somos desplazadas. Y yo fui a ese juicio porque quería decirles que hay muchas personas que pasaron por lo que pasamos nosotros y no las quieren tomar en cuenta”, dijo Tobar este 25 de abril a El Faro. “Dicen que solo las personas que salieron los días de la masacre son los desplazados y no es así. Si esos días no dejaban salir a nadie, ¿cómo se iba a salir uno?”, cuestionó.

Años después, Tobar se mudó a Lourdes, con su esposo, una zona donde muchos desplazados del Mozote se refugiaron, incluidos otros testigos que ya han declarado en el juicio. Actualmente, el registro gubernamental de víctimas del Mozote solo reconoce a 29 víctimas de desplazamiento forzado. El querellante Wilfredo Medrano explicó que en el Registro Único de Víctimas de El Mozote se están estableciendo criterios para concluir desde qué fecha se puede considerar a una persona como desplazada. “Estamos en la lucha de otro parámetro y ya estamos asumiendo que podría ser desde octubre, noviembre y diciembre (de 1981), pero no está definido. Tampoco no podemos decir que todo el mundo es desplazado de la masacre de El Mozote. Tenemos que tener mucho cuidado”, dijo.

Medrano también mencionó la posibilidad de citar testigos adicionales para fortalecer la acusación sobre estos crímenes. Sonia Tobar asegura que no sería un problema encontrar a más personas afectadas. “Hay miles de personas y no son consideradas desplazadas y son de este lugar. Yo por eso más fui a este juicio, porque yo quería que se supiera eso”, dijo.

Al menos 11 testimonios -y prueba documental- han reforzado que “muchas” personas también están en condición de desaparecidas. David Morales, acusador particular en el caso, sostiene que existe la gran probabilidad de que hayan sido asesinadas. ”Hay un ejemplo muy claro, el caso de las hermanitas Mejía Ramírez. Es un caso que también cuenta con una sentencia internacional de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Son dos niñas secuestradas del cantón Cerro Pando, durante este mismo operativo de la Operación Rescate y que fueron vistas con vida, secuestradas por miembros del batallón Atlacatl después de asesinar a todos los miembros de su familia. Y están en condición de desaparecidas, declarado así por la Corte IDH”, explicó Morales a El Faro.

Wilfredo Medrano asegura que no cuentan con una cifra exacta de cuántas personas fueron desaparecidas. “No podemos cuantificar la cifra de desaparecidos, sólo se puede con lo dicho de ellos (víctimas). Si nos basamos en lo que dicen que no volvieron a ver a sus familiares, esa gente es desaparecida. Mientras no se encuentren los restos sigue vigente ese delito”, dijo.

La familia Tobar encontró esta bala cuando regresaron a su vivienda en el caserío Jocote Amarillo. La munición es de calibre .50. Para ellos es una prueba fiel de los ataques aéreos que sufrían. Foto: Víctor Peña.
La familia Tobar encontró esta bala cuando regresaron a su vivienda en el caserío Jocote Amarillo. La munición es de calibre .50. Para ellos es una prueba fiel de los ataques aéreos que sufrían. Foto: Víctor Peña.

Restricciones a los militares

Tras el fallo del Juzgado de Instrucción de San Francisco Gotera, los oficiales acusados estarán obligados a presentarse a esa sede dos veces al mes a firmar y no podrán salir del país ni entrar en contacto con las víctimas del caso ni con ninguno de los 44 testigos. Según el acusador particular David Morales, si los imputados incumplen estas medidas estarían afectando el desarrollo del proceso y podrían ser sujetos de una orden de captura.

En su decisión, el juez acepta que cuando ordenó la reapertura del caso, en septiembre de 2016, no otorgó ningún tipo de restricciones porque no había elementos suficientes para probar la participación. Sin embargo, tras dos años de trámite del proceso, “el nivel de vinculación de los procesados con los hechos que se les atribuye se ha fortalecido”, al menos en su calidad de autores intelectuales de los crímenes.

Para argumentar las restricciones que impone a los militares, el juez recrimina “la actitud de los procesados” que no han llegado al juzgado desde las audiencias de intimación en marzo de 2017. “Esto evidencia un alejamiento del proceso, lo cual crea una inquietud en las víctimas, quienes en varias ocasiones han reclamado no solo la ausencia de los inculpados, sino también el silencio de los mismos, negando su versión o explicación de lo sucedido”, dijo Guzmán.

La resolución, sin embargo, no está firme, puesto que los defensores de los militares tienen la oportunidad de apelar ante una Cámara correspondiente. El Faro buscó la opinión de Lisandro Quintanilla, uno de los abogados defensores de imputados en el caso El Mozote, pero no confirmó si presentaría una apelación.

El exministro de Defensa, José Guillermo García, y demás militares acusados por la masacre de El Mozote comparecen ante el juzgado. 29 de marzo de 2017. Foto: Fred Ramos
El exministro de Defensa, José Guillermo García, y demás militares acusados por la masacre de El Mozote comparecen ante el juzgado. 29 de marzo de 2017. Foto: Fred Ramos

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