Los magistrados la Sala de los Constitucional firmaron este viernes por la tarde una sentencia que supone la desaparición del Partido Demócrata Cristiano y del Partido de Conciliación Nacional, dos partidos que en las elecciones presidenciales de 2004 no alcanzaron el 3% de los votos que exigía la ley electoral en ese momento para sobrevivir.
Tal como informó en primicia El Faro hace tres semanas, la sentencia declara inconstitucional un decreto legislativo de enero de 2005, el 586, que sirvió para revivir a dos partidos que a la luz del Código Electoral se debieron haber extinguido el año anterior.
La Sala ordena al Tribunal Supremo Electoral la cancelación de los dos partidos: “El TSE debe iniciar el proceso de cancelación de los partidos políticos que no alcanzaron el porcentaje mínimo establecido en la legislación que regulaba el evento electoral en cuestión”, dice el fallo.
Los magistrados argumentan que los resultados electorales fueron claros y deben ser respetados: ”El sufragio permite reflejar el rechazo tácito de otras ofertas electorales que no satisfacen sus expectativas, idea central en toda democracia que garantiza en el electorado la última palabra en el traslado de la responsabilidad política hacia los funcionarios electos por voto popular.”
Dice la sentencia: “En consecuencia, el TSE deberá iniciar el procedimiento de cancelación de los partidos políticos que no alcanzaron los porcentajes establecidos por el CE en las elecciones presidenciales del año 2004; y tales partidos no podrán beneficiarse de los requisitos establecidos en el mencionado inc. 1° del art. 1, D. L. 586/2005, sino que deberán inscribirse con los mismos requisitos que se exigen actualmente a los demás partidos políticos.”
Hace siete años, una vez conocido el resultado de la elección, el TSE inició el proceso de desinscripción y entonces PDC y PCN acudieron a la Sala de lo Constitucional a pedir que les amparara. Los magistrados, entonces, ordenaron la suspensión del proceso de desinscripción mientras emitían una sentencia firme y cuando resolvieron su fallo fue que el TSE debía explicar a ambos partidos las razones por las que iban a desinscribirlos.
Los partidos argumentaban que el texto del Código Electoral que disponía la supresión de partidos con escasez de votos en elecciones atentaba contra el texto de la Constitución, porque esta dice que el sistema político salvadoreño es 'pluralista'. Según PDC y PCN, la desaparición de ambas organizaciones, más la de Centro Democrático Unido -que tampoco logró el 3% de los votos válidos- iba a dejar vivos solamente a Arena y FMLN, y eso ya no era pluralismo.
Tras el fallo de la Corte en diciembre de 2004, el 6 de enero de 2005 el Tribunal Supremo Electoral emitió su propia resolución. Aunque el TSE encabezado por el ex presidente de Arena Walter Araujo citaba el fallo de la Corte, en lugar de darse a la tarea de explicar a los partidos por qué debía desinscribirlos -como ordenaba la sentencia-, terminó resolviendo que, tal como alegaban los partidos, su cancelación atentaba contra el artículo 85 de la Constitución.
Una semana más tarde, la Asamblea Legislativa emitió el decreto 586 que dispuso que a los partidos que el TSE les había aplicado la normativa de desinscribirlos por obtener escaso respaldo en la elección de 2004, les bastaría presentar una lista de 3 mil afiliados para mantener su condición de partidos legales. Eso aplicó en ese momento para Cambio Democrático Unido, pero sus dirigentes renegaron del decreto y decidieron crear una nueva organización con el nombre de Cambio Democrático, que es la que existe hoy.
Ahora la Sala no solo considera que PDC y PCN debieron desaparecer tras la elección presidencial de 2004, sino que el decreto 586 no es válido para que puedan acogerse a él en este momento.
Dice la sentencia: “Tales resultados son coherentes con las intenciones de voto democrático y con la finalidad de representación orgánica e institucional que los partidos debieron acreditar para poder subsistir, lo cual no fue alcanzado por algunos de ellos.” Aparte de ordenar al TSE que cancele a los partidos, los magistrados también ordenan al Tribunal Supremo Electoral que les exija el número de firmas que se le exige a todos los partidos políticos en la actualidad, es decir, 50 mil firmas de respaldo para lograr de nuevo su inscripción.
Según el Código Electoral, para convertirse en partido político, los interesados deberán presentar al menos 50 mil ciudadanos afiliados a la organización. Es decir, que para participar en las elecciones del próximo año, el PDC y el PCN deben empezar a recolectar firmas de afiliaciones y presentarlas antes de que cierre el plazo de inscripción.
Cuando en 2004 PDC y PCN argumentaron que su desaparición atentaba contra el sistema pluralista que prescribe el artículo 85 de la Constitución, ya había incontables casos de partidos desaparecidos a raíz de la disposición del Código Electoral, y era frecuente el nacimiento de nuevas organizaciones con cada nuevo proceso eleccionario.
Además, en contra de ambos partidos corría el hecho de que la desaparición de un partido no inhibe o prohíbe el surgimiento de otros. Aún así, el TSE utilizó el argumento de los dos partidos de derecha para resolver que no iba a desinscribirlos.
Luego vino el decreto 586 y pocas semanas más tarde seis abogados demandaron ante la Sala de lo Constitucional a la Asamblea Legislativa, argumentando que el decreto 586 violaba la Constitución porque las leyes en El Salvador no son retroactivas. Según los demandantes, el decreto de salvataje pretendía modificar las reglas de juego con que todos los partidos habían accedido a competir un año antes. Esta nueva sentencia, sin embargo, declara inconstitucional la parte del decreto que estableció que no iba a aplicarse la desinscripción.
Antes de que la sentencia fuera declarada firme este viernes, la Asamblea Legislativa ya había declarado un receso en su sesión plenaria. Algunos legisladores habían planteado en julio de 2010 y en meses subsiguientes que se reservaban la posibilidad de dar un golpe en la Sala de lo Constitucional destituyendo o trasladando a los magistrados, después de que estos también habilitaron las candidaturas independientes para 2012 y declararon inconstitucional el mecanismo por medio del cual las cúpulas partidarias son las que prácticamente eligen a los diputados actualmente, más allá de la voluntad del electorado.
El Partido Demócra Cristiano es la organización partidaria más longeva de El Salvador. Fue fundada en 1960, y un año más tarde nació el Partido de Conciliación Nacional. Ambos partidos son de derecha y una vez perdieron la presidencia de la República (el PCN en 1979, tras el golpe de Estado, y el PDC en 1989, cuando Arena ganó su primera elección presidencial) se fueron debilitando paulatinamente hasta llegar al abismo de 2004.
En los últimos años, PCN y PDC han sido tradicionales aliados del partido Arena, formando un bloque de derecha implacable en la Asamblea Legislativa. Sin embargo, la ruptura de Arena en 2009 cambió el mapa legislativo y ahora el partido de los disidentes areneros, Gana, se ha convertido en una pieza que o bien se acomoda con el bloque de derecha o bien con el FMLN.
Si PDC y PCN no lograran inscribirse a tiempo para las elecciones de 2012, por ahora solo quedarían vivos FMLN, Arena, Gana y Cambio Democrático.
En el PDC, el secretario general, Rodolfo Párker, dijo que tomaban las cosas con calma porque el amparo de la Sala emitido en 2004 los protege. Párker no dijo cómo les ayuda a mantenerse con vida, ya que lo que la Corte dijo en esa ocasión fue que el TSE tenía que explicarles por qué iba a desinscribirlos. En el PCN, Mario Ponce argumentó lo mismo que Párker y tampoco explicó qué parte del amparo les sirve ahora contra esta nueva sentencia.
A las 4:50 p.m., la Asamblea ya había reiniciado su sesión plenaria. Sin embargo, no hacían presencia ni Párker ni los pecenistas, con excepción de Ponce.
Párker ha sido uno de los principales instigadores a descabezar la Corte Suprema por medio de la destitución. Hace tres semanas, nueve magistrados de la Corte Suprema pidieron a la Fiscalía que indagara si los magistrados de lo constitucional -con excepción de Néstor Castaneda, que ha estado votando disidentes en las sentencias de mayor trascendencia- han incurrido en delitos al acceder a estudiar viejas demandas contra la Corte.
Los magistrados aludidos -Belarmino Jaime, como presidente, y Florentín Meléndez, Sidney Blanco y Rodolfo González- dijeron que dado que ellos no eran aún magistrados -asumieron en julio de 2009- cuando la Corte fue demandada, que no tienen problema en resolver los recursos. A propósito de este litigio, el miércoles llegaron a la Fiscalía los magistrados Marcel Orestes Posada y Mirna Perla, quienes dijeron a los periodistas que para ellos está claro que no ha habido delito alguno y que lo único que hay es una controversia jurídica.
Un grupo de universidades, tanques de pensamiento y organizaciones cívicas de todo signo ideológico unieron fuerzas hace casi tres semanas para pronunciarse en defensa de la Sala de lo Constitucional, alegando que detrás de la denuncia de los nueve magistrados en contra de sus compañeros había intereses que respondían a partidos políticos o a personas involucradas directamente en corrupción.