La Corte de Cuentas de la República admite que no informó a la Fiscalía sobre las irregularidades detectadas en la entrega de tierras estatales a personas que no calificaban como beneficiarias, y aribuye esa omisión a la incapacidad de los auditores de la institución para detectar el posible cometimiento de delitos de corrupción.
La Fiscalía, examinando el caso de entrega de tierras a 514 empleados de la institución hace ya 14 años, determinó que sí hubo cometimiento de delitos, pero que ya no puede proceder porque caducó el plazo que la ley da para iniciar la acción penal.
“Es bien difícil… Lo más seguro es que el auditor no lo pudo ver como tal, no tuvo el alcance de ver que eso pudo ser un ilícito y, por lo tanto, no se auxilió del jurídico y de todo el procedimiento que conlleva”, respondió Élmer Enrique Arias Pacheco, director de Auditoría Uno de la Corte de Cuentas, cuando se le preguntó por qué la institución nunca notificó los hallazgos a la Fiscalía.
Una auditoría a la gestión de 1998 encontró que la Junta Directiva del Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA), dirigida por José Roberto Pacas Méndez, adjudicó 514 solares como una prestación a empleados. El documento determinó que esas entregas fueron ilegales porque la entrega de solares y parcelas es para promover la existencia digna del ser humano por medio del cambio en la estructura de la tierra y no como un beneficio laboral. El artículo 52 de la ley del ISTA dice que los beneficiarios deben ser colonos, arrendatarios, asalariados agrícolas o campesinos sin tierra de reconocida aptitud para la agricultura.
“Realmente no encontramos nada, solo hay una nota que envió el subdirector de la Dirección de Auditoría Seis en donde dice que él tampoco encontró un posible ilícito”, responde Arias Pacheco cuando se le pregunta si hay documentos que indiquen cumplimiento del artículo ocho de la Ley de la Corte de Cuentas que ordena a su presidente informar al Fiscal General de la República de posibles ilícitos penales. “Para mí que no se advirtió, en esos años yo siento que todavía estábamos… no muy fogueados en esa área”, justifica el funcionario.
El auditor que encuentra indicios de delitos debe informarlo al jefe de equipo. Luego esa advertencia debe informarse al Director de Auditoría, instancia que debe solicitar un análisis de la Dirección Jurídica para determinar si determinado hallazgo puede ser etiquetado como delito. En caso de confirmarse que hay una transgresión a las leyes penales, el informe pasa al presidente de la Corte de Cuentas, funcionario que está obligado a informar a la Fiscalía para que investigue a los responsables. Esa es la teoría. En la práctica –al menos en el caso del ISTA- ese mecanismo no se activó.
Cuando recibieron la denuncia de anomalías en la adjudicación de 514 solares, el 22 de octubre de 2009, los fiscales ya no pudieron procesar a Pacas Méndez porque el delito de actos arbitrarios ya había prescrito. La denuncia de la expresidenta del ISTA Carla Alvanés decía que en los asentamientos comunitarios El Obrajuelo, en San Miguel; Metalío, en Sonsonate; Nahualapa, en La Paz; Rancho Tatuano y San Andrés, en La Libertad, no solo beneficiaron a empleados del ISTA sino también de Casa Presidencial y del Ministerio de Gobernación. El Faro también encontró que en todos estos años desde el inicio de la reforma agraria en 1980, el ISTA benefició a varios diputados. La Corte de Cuentas nunca realizó una auditoría o examen especial a cada proyecto.
Arias Pacheco dice que se debe valorar una segunda variable a favor de la contraloría: un vacío legal sobre la disposición que le ordenaba alertar a la Fiscalía sobre ilícitos. “Hemos hecho una investigación y este informe del 98 fue tramitado a la Cámara en agosto del 2002 y justamente en ese momento se dio un recurso de inconstitucionalidad al literal sexto, artículo 8, de la Ley de la Corte de Cuentas”.
Ese inciso establecía que la Corte debía informar a los fiscales “indicios de responsabilidad penal”. El 16 de julio de 2002, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional esa disposición porque consideraba que no era facultad de la contraloría. Fue hasta el 18 de diciembre de 2002 cuando los diputados reformaron la ley y cambiaron los “indicios” por “posibles ilícitos penales”. La auditoría finalizada del ISTA, dice Arias Pacheco, quedó en un limbo: “En estos seis meses, realmente no se hallaba qué hacer. Si algo lo han declarado inconstitucional, ¿debo tramitar un ilícito? Lo más seguro que no”, se responde.
Cuando la auditoría final pasó a los jueces de cuentas, el documento ya tenía más de cuatro años de estar bajo investigación y nunca se informó nada a los fiscales antes de esa sentencia de la Corte Suprema. Entonces, Arias Pacheco regresa a la primera posibilidad: “Puede ser que el equipo no se lo informó al presidente y, por lo tanto, no lo detectó (…) Realmente cuando se dio esto del recurso de inconstitucionalidad, conocemos muy poco de cómo se manejaba estas cosas”.
La omisión de la Corte de Cuentas no ha pasado inadvertida para los defensores de, al menos, un expresidente del ISTA procesado por delitos relativos a la corrupción en el Juzgado Séptimo de Instrucción. “Es de vital importancia si en el proceso de auditoría financiera existió pronunciamiento alguno, específicamente, a la determinación de indicios de responsabilidad penal”, dice un documento presentado en el caso por Óscar Romero, abogado defensor de Magdaleno Guzmán, uno de los tres expresidentes del ISTA procesados.
Arias Pacheco dice que la falta de esa alerta a la Fiscalía no debería afectar la investigación abierta contra los expresidentes del ISTA Miguel Tomás López Iraheta, José Armando Zepeda Valle y Magdaleno Antonio Guzmán Díaz. Contra ellos, fiscales anticorrupción ya presentaron el dictamen de acusación en el que piden enjuiciarlos por no recuperar los 514 solares que entregó su antecesor. A López Iraheta también le reprochan que entregó unos solares a dos de sus guardaespaldas, en la hacienda Las Hojas, en La Paz. El juzgado aún no ha determinado la fecha de la audiencia.