Samuel Yarter y Ayala Klarman se casaron el 13 de agosto de 2001 en San Salvador. Ninguno de los dos estuvo presente en su boda civil. Tampoco conocían a los testigos de su boda. El notario que realizó este matrimonio, Ulices del Dios Guzmán, es un exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia que pretende volver al máximo tribunal, a pesar de que el Departamento de Investigación Profesional de la Corte ha propuesto que se le suspenda como notario por autorizar “22 matrimonios de personas extranjeras con irregularidades”.
Entre 2000 y 2001, 44 personas de nacionalidades tan diversas como israelíes, rusas, moldavas, ucranianas, ghanesas y uzbekas contrajeron matrimonio en San Salvador autorizadas por Ulices del Dios Guzmán. En 2002, un año antes de convertirse en magistrado de la Corte, la sección de Notariado de la Corte Suprema de Justicia hizo observaciones a esas actas matrimoniales y le negó la entrega de más libros de protocolo, que son los folios donde se hace constar los actos notariales que celebran.
Apoyado por Arena, PCN y un grupo de disidentes del FMLN, Guzmán se convirtió en magistrado de la Corte Suprema de Justicia el 19 de junio de 2003. Al día siguiente, el 20 de junio, la Sala de lo Civil le extendía una 'opinión jurídica' sobre las actuaciones cuestionadas de Guzmán que ahora el Departamento de Investigación Profesionall llama 'irregularidades' y por las que propone suspenderlo como notario. En esa opinión jurídica, la Sala de lo Civil prácticamente dice que bajo ciertas condiciones, si los extranjeros no están docimiciliados físicamente y no pueden estar presentes en la celebración del matrimonio, este se puede celebrar por medio de un apoderado especial y que no hay ningún impedimento con que el apoderado hable un idioma distinto al de las personas que se casan.
Aquella resolución de la Sala de lo Civil congeló el caso. Desde que la sección de Notariado perdió la batalla el 20 de junio de 2003, pasaron 11 años hasta que la Corte Suprema retomó la investigación a partir de una denuncia sobre las irregularidades en estas bodas civiles.
La denuncia la hizo la Sala de lo Constitucional y fue el entonces presidente en funciones de la Corte Suprema de Justicia, Florentín Meléndez, quien sacó del archivo el caso y, en enero de 2014, pidió al Departamento de Investigación Profesional hacer las pesquisas sobre la legalidad de las actuaciones reflejadas en dos de los libros de protocolo del exmagistrado Ulices del Dios Guzmán.
Para mediados de mayo de 2015, el Departamento de Investigación Profesional ya tenía un proyecto de resolución. La investigación concluyó que entre 2000 y 2001 Ulices del Dios Guzmán violó la Ley de Notariado y por eso propuso que se le suspenda en el ejercicio como notario. Esta propuesta, para convertirse en sanción, debe ser avalada por al menos ocho de los 15 magistrados propietarios de la Corte Suprema de Justicia.
El Departamento de Investigación Profesional concluye que Ulices de Dios Guzmán violó el artículo 1 y el segundo inciso del artículo 32 de la Ley de Notariado. El artículo 1 de la ley establece que el notariado es una función pública y el notario es un delegado del Estado que da fe de los actos, contratos y declaraciones que ante sus oficios se otorguen y de otras actuaciones en que personalmente intervenga, todo de conformidad con la ley. El inciso segundo del artículo 32 exige que cuando los que celebran un acto ante un notario son extranjeros que no hablan castellano, intervenga un intérprete. En este punto es donde la Sala de lo Civil dice que dicha formalidad no es exigible cuando el apoderado de estos habla castellano, y esa opinión es la que dejó en el congelador el caso en 2003. En todas estas bodas actuó de apoderada especial Dina Ethel Meléndez, secretaria y colaboradora del despacho de Ulices del Dios Guzmán.
Guzmán compareció el jueves 18 de junio ante la subcomisión legislativa que está entrevistando a los 30 aspirantes a ocupar cinco magistraturas propietarias que quedarán vacantes el 2 de julio próximo. Los magistrados de la Corte Suprema son elegidos para un mandato de nueve años y para su elección se requiere el concurso de por lo menos 56 de los 84 diputados.
En esa entrevista del pasado 18 de junio, los diputados no mencionaron a Guzmán nada sobre estos casos, a pesar de que tienen en sus manos un informe que da cuenta de que 'el abogado Guzmán Canjura autorizó varias escrituras de matrimonio en inobservancia a lo prescrito en el artículo 31 inciso segundo de la Ley de Notariado', dice el informe en manos de la Asamblea Legislativa.
El expediente al que tuvo acceso El Faro revela que la jefatura del Departamento de Investigación Profesional detectó irregularidades en las escrituras de matrimonio números 71, 72, 73, 74 y 75 del Protocolo de Notario N° 19 y en las escrituras de matrimonio 2, 3, 4, 5, 6, 7, 70, 71, 72, 73, 83, 96, 97, 98, 99, 100 y 101 del Libro de Protocolo de Notario N° 20.
Aunque las bodas a distancia son permitidas y reconocidas en el Código de Familia salvadoreño como 'matrimonio por poder', el Departamento de Investigación Profesional de la Corte determinó que el exmagistrado autorizó estas 22 bodas a sabiendas de una serie de vicios, deficiencias e inconsistencias legales.
Las inconsistencias las refleja el mismo Guzmán, por ejemplo, en el acta de matrimonio de Samuel y Ayala. En este documento incluso llega a escribir que algunas carencias ponen en riesgo la validez del acta de matrimonio. Al final de esta, Guzmán hace explícito que los testigos no conocen a los novios, que la documentación de Samuel “no tiene la correspondiente sucesión de Auténticas de firmas ni apostilla, lo cual perjudica la validez del documento”.
La ley Además exige a los extranjeros que la partida de nacimiento hay sido emitida 60 días antes de la fecha propuesta para el matrimonio civil y esta debe ser “apostillada” en el estado en el cual fue emitida. Dos notarios consultados por El Faro explicaron que se negarían a celebrarar una boda sin la sucesión de 'apostillas' y si la partida de nacimiento de una de las partes tiene más de 60 días. En aquel momento, el notario Ulices del Dios Guzmán optó por dejar constancia de los defectos: “han transcurrido más de dos meses de expedida tal Copia Certificada de Inscripción en el Registro de Nacimiento”, describe en la acta de matrimonio en la que también agrega que el nombre de papá del novio está mal escrito, “pero a juicio del suscrito notario el contrayente es la misma persona a la cual se refieren ambos documentos.”
Después de enumerar las faltas, concluye que los defectos, vicios o insuficiencias en la documentación deben reponerse o subsanarse y que la Apoderada Especial, estuvo enterada de las observaciones y de la advertencia, pero consintió en nombre y representación de sus poderdantes, para firmar así la escritura de matrimonio. Según el 36 de la Ley de Notariado, el notario debe advertir a los apoderados de “los vicios o defectos” en la documentación que han presentado para que estos lo subsanen o para que quede constancia de que aún con los vicios o defectos están de acuerdo en firmar así la escritura pública.
El Departamento de Investigación Profesional concluye en su informe que este tipo de vicios y defectos constituyen violaciones a dos artículos de la Ley de Notariado conectados con cinco artículos del Código de Familia.
La más constante de las irregularidades es que en las 22 bodas los testigos no conocían a los novios, punto en el que artículo 26 del Código de Familia es muy claro: exige que se conozcan porque ellos dan fe de que ninguno de los novios se está casando contra su voluntad.
Otra irregularidad señalada por el Departamento de Investigación Profesional es que en algunos casos los certificados de nacimiento exceden del término de los dos meses de expedición, requisito establecido por el artículo 21 del Código de Familia. Un tercer señalamiento es que las personas divorciadas que contrajeron matrimonio no presentaron el documento específico que estableciera que el o los contrayentes no estaban ligados por vínculo matrimonial con alguna otra persona, como exige el artículo 14 del Código de Familia.
Otra falta a ley detectada es la ausencia de apostillas y auténticas en certificados de nacimiento y divorcio, que se presentan en fotocopias. La apostilla es un especie de sello reconocido por el tribunal de La Haya que sirve para acreditar la legitimidad de un documento extranjero en los países que están suscritos a la Convención de La Haya de 1961. La legislación salvadoreña exige que toda la documentación que viene del extranjero debe estar debidamente autenticada y que, si está redactada en idioma extranjero, debe ser traducida al idioma castellano.
Cada una de estas faltas a la ley las detectó en 2002 la Sección de Notariado de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, en esa ocasión, la Sala de lo Civil se convirtió en la principal defensa de Guzmán, quien todavía sostiene que la opinión jurídica de esa cámara de la Corte Suprema le dio la razón. La opinión jurídica de la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia explica que los matrimonios de extranjeros no domiciliados en El Salvador son permitidos. 'Respecto a la queja de algunos notarios que han celebrado matrimonios de extranjeros con poder, creemos que no es válida la posición de la Sección de Notariado de no autorizar un nuevo libro de protocolo, pues solo en caso de infringirse lo que disponen los artículos 23 y 24 en relación al artículo 25 de la ley de notariado se faculta al jefe de la Sección o juez de primera instancia, en su caso, para tal medida.' El documento lo firmaron los magistrados Victoria Marina de Áviles, Anita Calderón de Buitrago y Mauricio Ernesto Velasco.
Los artículos a los que hace referencia la Sala de lo Civil se refieren a las formalidades que deben cumplir los notarioas para inscribir sus libros de protocolos y faculta al jefe de la Sección de Notariado a verificar si los libros cumplen con las formalidades que ordena la ley de notariado y en caso de que no cumplan, puede exigir al notario a subsanar errores o deficiencias.
En el documento de defensa ante el Departamento de Investigación Profesional, de agosto de 2014, el exmagistrado Ulices de Dios Guzmán vuelve a citar cada una de las partes de la Opinión Jurídica. 'Según Opinión Jurídica de la Sala de lo Civil: En cuanto a los testigos del matrimonio, de acuerdo con la ley, deben conocer a los contrayentes según Art. 26 Inc. 1° de Código de Familia. Son pues testigos de conocimiento, pero además, su función especial es la de representar a la sociedad en la celebración del matrimonio. Por demás está decir que estos testigos, no deben estar en los supuestos del Inc. 2°. Del aludido Art. 26 C. Fam.»”, cita el exmagistrado a la Sala de lo Civil.
El artículo 26 inciso uno del Código de Familia dice lo siguiente: 'El matrimonio se celebrará con la concurrencia de por lo menos dos testigos mayores de dieciocho años, que sepan leer y escribir el idioma castellano y que conozcan a los contrayentes.'
Los tres magistrados de la Sala de lo Civil defienden legalmente todas las observaciones que la sección de Notariado señaló en 2002, pero concluyen lo contrario: que al notario Ulices del Dios Guzmán no se le puede negar el derecho a nuevos libros. En agosto de 2014, el exmagistrado Ulices del Dios Guzmán se defendió ante el Departamento de Investigación Profesional con esa opinión jurídica
El Salvador es un país de referencia para extranjeros que buscan un matrimonio a distancia y el despacho del exmagistrado Guzmán es uno de los que presta este tipo de servicios. Según una página web especializada en bodas a distancia y que tiene entre su directorio a notarios salvadoreños, una “boda proxy” cuesta a los novios mil 500 dólares. Ulices del Dios Guzmán dijo a El Faro que él cobraba 200 dólares por cada boda. El concepto de “boda proxy” lo acuñó la BBC de Londres para explicar el auge de bodas por internet, o bodas por poder o matrimonios celebrados en ausencia de los novios.
Una de las 22 bodas celebradas por Ulices del Dios Guzmán es la de Samuel Yarter, el músico originario de Accra, capital de Ghana, que se casó con Ayala Klarman, una científica de Ness Ziona, una pequeña ciudad al sur de Tel Aviv, Israel. Cuando se casaron, la novia estaba a más de 4 mil kilómetros de distancia del país de su novio y el funcionario que autorizó su boda estaba a más de 10 mil kilómetros de ella.
Según la Ley de Notariado, un notario es un delegado del Estado que da fe de los actos, contratos y declaraciones que se plantean ante sus oficios. Para poder realizar una boda por poder, hace falta alguien que represente a los novios ausentes. En las 22 bodas cuestionadas, como apoderada especial de todos los novios extranjeros actuó Dina Ethel Meléndez Villatoro, secretaria de profesión que ahora trabaja en la Corte Suprema de Justicia, y que durante años fue secretaria del despacho del magistrado Ulices del Dios Guzmán.
Todos los matrimonios autorizados por este exmagistrado tuvieron como contraparte a un abogado israelí: Marcelo Saragovi, notario de origen argentino con oficina en Jerusalén, a quien todas las parejas cedieron un poder especial. En 2002, este abogado, según consta en el expediente del Departamento de Investigación Profesional, defendió la legalidad de los matrimonios y envió un escrito a la Corte Suprema de Justicia. “En Israel y varios países de la zona no existe posibilidad de realizar matrimonios interreligiosos aunque los realizados en el extranjero se reconocen sin problema”, decía. Saragovi añadió que este tipo de bodas son 'una oportunidad comercial” que otros países, como Chipre, han aprovechado.
Ulices del Dios Guzmán, al ser consultado por El Faro, aseguró que ya no hace este tipo de matrimonios y sostiene que 'no hubo ninguna ilicitud (sic)' en ellos. Acusa al magistrado Florentín Meléndez de pretender vengarse. 'El magistrado Meléndez es una persona interesada en cobrar un poco de venganza por mis críticas hacia la Sala de lo Constitucional', agrega el exmagistrado Guzmán. “El matrimonio es una institución universal y yo consideré que es un servicio favorecer a personas que estaban impedidas de casarse en Israel por motivos religiosos”, argumenta el exmagistrado.
Este exmagistrado que busca regresar a la Corte Suprema de Justicia por otros nueve años, tiene tres expedientes en trámite y uno archivado en el Departamento de Investigación Profesional.
Otro expediente fue abierto a partir de las denuncias de dos accionistas del Ingenio Central Azucarero Jiboa, quienes lo acusaron el 12 de diciembre de 2004 de tener vínculos con el Partido de Conciliación Nacional, específicamente con el diputado Francisco Merino. La queja, según el informe al que este periódico tuvo acceso, es por “anomalías en trámite de recurso de casación, alegando que un diputado del Partido de Conciliación Nacional (Francisco Merino) ejerció influencias indebidas en los magistrados para entorpecer el curso de la justicia y fallar en contra de la sociedad que interpuso el recurso de casación”. Una casación es el intento de anular el resultado de un juicio civil o penal. Guzmán era, en ese entonces, magistrado de la Sala de lo Civil. Seis meses después de recibir la denuncia, el presidente de la Corte, Agustín García Calderón, consideró que él no tenía competencias para actuar. Y el caso se cerró.
El PCN fue el partido que ayudó a Guzmán a llegar a la magistratura en 2003. Lo promovió. 12 años después, Guzmán no esconde sus simpatías. “No tengo vínculos formales con ningún partido, pero tengo vínculos materiales con todos los partidos políticos”, dijo a los diputados en su entrevista con la subcomisión que evalúa a los 30 candidatos. Luego amplió a periodistas: “No tengo vínculo con el PCN, lo que tengo es una ideología liberal y eso me hace más afín con ciertos partidos, generalmente, llamados de derecha. Pero he de señalar, y no es por congraciarme, que una ideología liberal no es incompatible con el socialismo, depende de qué socialismo sea”.
Esa noción de la independencia judicial contradice lo que la Sala de lo Constitucional ha establecido en sentencias, como en la que destituyó a Salomón Padilla de la presidencia de la CSJ, por su nexo con el FMLN. Guzmán opinó que “es una resolución desacertada. ¿Por qué quitaron a Salomón Padilla? ¿Simplemente porque estaba afiliado al partido político? Yo digo que esa no debe ser una razón esencial, la vinculación formal a un partido no debe ser razón para que alguien no pueda optar a una magistratura. El vínculo orgánico material sí es un problema y eso se puede probar por los comportamientos y las actuaciones”.
El prontuario de Guzmán también incluye una denuncia ya archivada en la sección de Investigación Profesional que en su momento le acarreó ser procesado penalmente. Salomón Cruz García denunció a Guzmán el 14 de septiembre de 2001 por supuestamente estafarlo para que le cediera el 30 % de una propiedad en Santa Rosa de Lima. Guzmán alegó que fue contratado por la persona que lo denunció para recuperar la propiedad, lo que logró gracias a una sentencia de la Sala de lo Civil, y que acordó la cesión de ese porcentaje, en caso de ganar el caso. El 27 de mayo de 2002, García retiró su denuncia de la Corte y, tres días después, el juez Cuarto de Paz de San Salvador sobreseyó definitivamente a Guzmán de estafa, a pedido de la Fiscalía. Según el expediente de Investigación Profesional, el denunciado expresó que ya no se sentía ofendido cuando fue citado a declarar.
El más reciente es del 17 de marzo 2015, en el que una persona lo denuncia haber contratado los servicios para ser defendido en un caso, pero el exmagistrado no se contactó con el denunciante. 'No inició la defensa que le solicitó y se vio forzado a contratar nuevos abogados', dice Información Profesional en el informe que mandó a la Asamblea Legislativa.
Los diputados Santiago Flores (FMLN) y José Almendáriz (PCN) le cuestionaron durante la entrevista del jueves 18 de junio su gestión como magistrado. Flores le leyó un artículo de El Faro, en que se reseñaba la acusación que el magistrado Florentín Meléndez hizo contra Guzmán: que era defensor de jueces corruptos. Flores le preguntó cuántos casos fueron depurados cuando sirvió como magistrado. No respondió. En cambio, Guzmán se defendió y dijo que su insistencia era para conocer pruebas de la corrupción, y crear los procedimientos sancionatorios para jueces. ”El punto es apariencia versus la realidad. El magistrado (Meléndez) quería mostrar números y por eso chocamos”, dijo.
Almendáriz, en cambio, le preguntó a Guzmán su opinión sobre los bonos que se otorgan a los empleados y funcionarios del Órgano Judicial. “Deben transparentarse y ordenarse, porque son sujetos a presiones de sindicatos. Deberían pagarle dos o tres veces a los empleados y funcionarios públicos, y no es por enrollarme con ustedes, porque aunque no me pongan, creo que debería ser dos o tres veces los salarios. Es más barato pagar bien a alguien, con la visión de que se entreguen para el bien de la sociedad, que malpagar, permitir desórdenes y que se aprovechen de otras cosas”, contestó el candidato. En 2010, esa opinión se tradujo en sus votos a favor para que cinco magistrados salientes, entre ellos el expresidente de la CSJ, Agustín García Calderón, recibieran un bono de $122,000, cada uno.
Los diputados no lo cuestionaron por otros episodios notables en su carrera como magistrado. En 2011, Guzmán fue vocero de los 10 magistrados que favorecieron a militares salvadoreños requeridos por España, por el asesinato de los sacerdotes jesuitas, en 1989. Guzmán aseguró que una orden de difusión roja de la Interpol, como la que se activó en ese momento, no equivale a una orden de detención, un criterio que contradijo a la Sala de lo Constitucional, a la Policía Nacional Civil y hasta a decisiones anteriores de la propia Corte plena. En 2009, participó con viáticos en un viaje oficial para un foro denominado “la pupusa power” en Estados Unidos. En 2006, frenó una investigación de la sección de Probidad de la CSJ contra el expresidente Francisco Flores, acusado actualmente de corrupción.