La madrugada del 16 de noviembre de 1989, agentes de las Fuerzas Armadas de El Salvador ejecutaron a seis sacerdotes jesuitas y a dos colaboradoras, en las instalaciones de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA).
Estos hechos, conocidos como la masacre de los jesuitas o de la UCA, aún no han sido esclarecidos y los responsables confesos han permanecido todos estos años en libertad.
Debido a la impunidad reinante en El Salvador, el caso fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Este órgano declaró en 1999 la responsabilidad internacional del Estado y señaló que debía investigarse, juzgarse y sancionarse a todos los responsables. Asimismo, en esta ocasión, la CIDH estableció que la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz debía dejarse sin efecto.
Un año después, la CIDH reiteró este criterio al pronunciarse sobre la ejecución extrajudicial de Monseñor Oscar Arnulfo Romero, y más recientemente, en el año 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dijo que la Ley de Amnistía no podía ser un obstáculo para investigar, juzgar y sancionar la masacre de El Mozote y comunidades aledañas.
Considero estos datos de gran relevancia a la hora de referirme a la solicitud de extradición de 17 militares a España, señalados por su presunta participación en la masacre de la UCA y a la ejecución de las órdenes de captura por parte de la Policía Nacional Civil. Resulta absolutamente preocupante escuchar algunas voces internas que llaman a no cumplir con los tratados internacionales en materia de extradición, así como a cuestionar la vigencia de los Acuerdos de Paz por el sólo hecho de que se busque hacer justicia en otro país. Para estos actores no es importante la atrocidad de los hechos cometidos, los derechos de las víctimas a que se haga justicia ni tampoco las obligaciones internacionales que tiene el Estado salvadoreño, a partir de las decisiones de la CIDH y de la Corte IDH. Pero para mí no hay mucho que discutir: en el orden global internacional los compromisos se respetan, las obligaciones se cumplen y las órdenes se acatan. Más aún, tratándose de crímenes graves como ejecuciones extrajudiciales, existe un principio de justicia universal que indica que se debe juzgar a nivel local o extraditar.
Ahora bien, es preciso recordar que en el marco del conflicto armado, miles de personas inocentes fueron ejecutadas, desaparecidas (inclusive niños y niñas), desplazadas de sus hogares y víctimas de violencia sexual. Este tipo de hechos merecen el repudio generalizado de la sociedad y consecuentemente el Estado debe reaccionar para que nunca más se vuelvan a repetir. Sin embargo, es lamentable que, hasta el día de hoy, El Salvador no haya tenido la capacidad para juzgar ni un solo caso relacionado con el conflicto armado, tolerando así la impunidad e ignorando a las víctimas y sus familiares, que durante años han exigido justicia.
La discusión actual en torno a las extradiciones solo deja en evidencia la falta de voluntad de las autoridades nacionales a la hora de asumir las responsabilidades que les corresponden, siendo esto lo que debería llamar la atención; el objeto de repudio y preocupación.
No obstante, el Ministerio Público todavía puede rectificar sus omisiones pasadas e investigar de forma diligente los casos pendientes vinculados con la deuda histórica, como, entre otros, la masacre de la UCA, de manera que puedan llevarse a cabo los juicios correspondientes. Por su parte, la Sala de lo Constitucional podría finalmente emitir su sentencia sobre la vigencia de la Ley de Amnistía de manera que no quede duda alguna de las obligaciones en materia de justicia.
La pregunta que queda en el aire es: ¿hasta cuándo seguirá siendo El Salvador un Estado que tolera la impunidad?
*Marcia Aguiluz es abogada costarricense con una Maestría en Derecho Internacional y resolución de conflictos. Actualmente es Directora del Programa para Centroamérica y México del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).