Centroamérica / Desigualdad

Corte Interamericana reconoce los matrimonios entre personas del mismo sexo como un derecho

La Corte IDH instó este 9 de enero a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo y extenderles los mismos derechos que se otorgan a las parejas heterosexuales, en una resolución para Costa Rica pero que atañe a los países miembros del Sistema Interamericano.


Martes, 9 de enero de 2018
AFP / El Faro

San José, COSTA RICA. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha resuelto que los matrimonios entre personas del mismo sexo deben gozar de los mismos derechos que tienen los matrimonios entre parejas heterosexuales, en una sentencia derivada de una consulta solicitada por el Estado de Costa Rica sobre el reconocimiento del cambio de nombre de las personas de acuerdo con su identidad de género y sobre el reconocimiento de los derechos patrimoniales derivados de un vínculo entre personas del mismo sexo.

La Corte IDH ha señalado en una sentencia dada a conocer este 9 de enero que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana de Derechos Humanos. El tribunal continental con sede en San José determinó que 'todos los derechos patrimoniales que se derivan del vínculo familiar de parejas del mismo sexo deben ser protegidos, sin discriminación alguna con respecto a las parejas heterosexuales'.

La opinión de la Corte, vinculante para los países firmantes de la Convención Americana de Derechos Humanos, agrega que esa protección va más allá de las cuestiones patrimoniales y abarca todos los derechos reconocidos a las parejas heterosexuales en la legislación interna de cada Estado.

'Con esta opinión consultiva, la Corte Interamericana reivindica los derechos que tienen las personas LGBTI bajo la Convención Americana y recuerda a todos los Estados su responsabilidad y deuda histórica con esta población', dijo la vicepresidenta de Costa Rica, Ana Helena Chacón, al comentar la decisión.

Igualmente, la directora jurídica de la cancillería, Eugenia Gutiérrez, destacó que la decisión del tribunal 'se convierte en una jurisprudencia que viene a nutrir el ordenamiento de los Estados, cada Estado tiene su fórmula para aplicarlo'.

La CorteIDH consideró inadmisible la creación de una figura jurídica separada para reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo, por cuanto 'se configuraría una distinción fundada en la orientación sexual de las personas, que resultaría discriminatoria'.

El tribunal reconoció que algunos Estados deberán vencer dificultades institucionales para extender a estas parejas el derecho al matrimonio, y señaló que muchas veces la oposición a esa unión se basa en criterios religiosos.

No obstante, destacó que 'en sociedades democráticas debe existir coexistencia mutuamente pacífica entre lo secular y lo religioso', sin que una esfera interfiera en la otra.

Costa Rica elevó su consulta a la CorteIDH en mayo de 2016 para que el tribunal se pronunciara sobre el derecho de la población transgénero de cambiar legalmente su identidad y sobre los derechos de las parejas LBGTI.

La legislación costarricense actualmente no reconoce los matrimonios entre personas del mismo sexo, aunque ha avanzado en el reconocimiento de sus derechos patrimoniales.

Según la Fundación Igualitos (Fundación Latinoamericana para la Promoción y Protección de los Derechos de la Población LGBTI) y HDuarte-LEX, firma especialista en arbitraje y derechos humanos, Costa Rica presentó la solicitud el 18 de mayo de 2016, 'fecha a partir de la cual se presentaron 91 observaciones escritas por parte de los estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, organismos internacionales y estatales, asociaciones, organizaciones no gubernamentales, instituciones académicas e individuos de la sociedad civil', detallaron las organizaciones, en un comunicado conjunto divulgado el martes 9. 

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido clara y contundente. Todas las personas son iguales sin importar su raza, religión, sexo, orientación sexual o identidad de género. El matrimonio igualitario es una institución civil que debe estar disponible para todas las personas y eso es lo que ha dicho la corte. Hay esperanza”, dijo Herman M. Duarte, que participó del proceso de consultas en representación de HDuarte-LEX e Igualitos. 

“La despatologización de la identidad trans y la necesidad de proteger toda las formas de familia con los más altos estándares legales posibles son sin duda la noticia que estábamos esperando”, expresó, por su parte, Paula Siverino, otra de las representantes de las organizaciones en la consulta. Siverino hizo hincapié en que ahora el reto es la implementación de esta sentencia en cada uno de los países del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

© Agence France-Presse

logo-undefined
CAMINEMOS JUNTOS, OTROS 25 AÑOS
Si te parece valioso el trabajo de El Faro, apóyanos para seguir. Únete a nuestra comunidad de lectores y lectoras que con su membresía mensual, trimestral o anual garantizan nuestra sostenibilidad y hacen posible que nuestro equipo de periodistas continúen haciendo periodismo transparente, confiable y ético.
Apóyanos desde $3.75/mes. Cancela cuando quieras.

Edificio Centro Colón, 5to Piso, Oficina 5-7, San José, Costa Rica.
El Faro es apoyado por:
logo_footer
logo_footer
logo_footer
logo_footer
logo_footer
FUNDACIÓN PERIÓDICA (San José, Costa Rica). Todos los Derechos Reservados. Copyright© 1998 - 2023. Fundado el 25 de abril de 1998.