Columnas / Política

Aprendiendo en casa a controlar y dominar territorios

¿Es posible que las infracciones a las leyes en la sociedad, incluyendo las que cometen las maras o pandillas, inicien con el incumplimiento de obligaciones jurídicas en el seno del hogar?

Viernes, 25 de enero de 2019
Luis Enrique Amaya

En la antigua cultura griega, las Polis o ciudades-estado estaban conformadas por los Oikos, que eran las unidades básicas de las sociedades. Sobre estos últimos recaía la responsabilidad de satisfacer las necesidades materiales e inmateriales de sus miembros, y asumían la conducción del proceso de inculturación, por medio de la transmisión de costumbres, normas sociales, valores éticos, etc. No se restringían al núcleo familiar, sino que, según Aristóteles, envolvían a quienes se criaban y vivían compartiendo el equivalente de una “olla común”, tal como se conoce en algunos países latinoamericanos.

En la actualidad, lo más parecido al Oikos griego lo constituye la familia, como el primer y principal agente socializador de las personas, seguido muy de cerca por la escuela y la comunidad. Podría decirse que lo que la familia no instruye, la sociedad no lo enseña −o al menos no con igual calidad−, parafraseando el famoso proverbio de la Universidad de Salamanca, que reza: “Lo que la naturaleza no da, Salamanca no (lo) otorga” (o en latín: “Quod natura non dat, Salmantica non præstat”).

Dicho eso, de acuerdo con el Código de Familia, en su Art. 203, entre los derechos de los hijos (la normativa no incorpora lenguaje de género) figura el recibir de sus padres: crianza, educación, protección, asistencia y seguridad. Asimismo, el Art. 204 señala que los deberes de los hijos incluyen: guardar a sus padres respeto y consideración y obedecerles mientras estén bajo su cuidado personal. Además, el Art. 206 sostiene que la autoridad parental son las facultades y los deberes que se otorgan e imponen a los padres sobre sus hijos menores de edad (o declarados incapaces), para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida, y también para que los representen y les administren sus bienes. Es más, el Art. 218 indica que los padres deben asistir moral y económicamente a sus hijos sujetos a autoridad parental cuando se involucren en procesos de menores o penales y suministrar los gastos que requiera su asistencia legal.

Esto significa que la “autoridad parental” debe ser establecida y respetada por ley, por parte tanto de los padres o encargados como de los hijos. Es una exigencia jurídica y, por ende, no puede depender o quedar en función de sus deseos, gustos o disposiciones personales. Debe ser así, pero no siempre lo es. En palabras de Emilio Calatayud, juez de menores de Granada (España), en su texto Reflexiones de un Juez de Menores: “Y esto se acentúa aún más cuando hablamos de menores, como si las leyes se redactaran para otorgarles a ellos todos los derechos y despojarles de obligaciones.” Acá hay un desbalance que demanda un razonable ajuste.

La Ley Penal Juvenil, por otro lado, consigna las seis medidas a las que puede ser sometido un menor que llegue a cometer un delito o una falta, que van desde la orientación y apoyo socio-familiar hasta el internamiento (Art. 8). Las funciones y responsabilidades de los padres, tutores o representantes se mencionan a lo largo de ese cuerpo legal, a tal punto que se contempla la opción de suspender la autoridad parental, o de la guarda (Art. 34).

En 2017 publicamos el estudio titulado La Nueva Cara de las Pandillas Callejeras: El Fenómeno de las Pandillas en El Salvador , elaborado entre un equipo de la Universidad Internacional de la Florida (FIU, por sus siglas en inglés) y la FUNDE. Descubrimos que alrededor del 60% de los casi 1,200 pandilleros y expandilleros que entrevistamos se metieron en las pandillas antes de cumplir los 16 años de edad. Adicionalmente, casi la mitad de los jóvenes encuestados dijeron que abandonaron sus casas antes de los 15 años, la mayoría de los cuales lo hizo por problemas familiares.

¿Cuál es el rol que están jugando los padres de familia de estos jóvenes, por acción u omisión? ¿Están faltando a sus responsabilidades legales? ¿Están subutilizando las facultades que se les otorga y obviando los deberes que se les impone en virtud de su “autoridad parental”? ¿Será que las problemáticas de nuestra Polis se están originando en los Oikos?

Mi sospecha es que las maras o pandillas aprenden inicialmente a controlar y dominar territorios y comunidades dentro de sus propios hogares. Podría ser que así comiencen justamente, controlando y dominando sus casas y a sus padres o encargados cuando son apenas unos niños. Si esto se confirmase, en esa decisiva etapa no estarían conociendo límites oportunamente, no obedecerían ni seguirían órdenes de manera apropiada, no asimilarían la “autoridad” que representan sus padres y, en suma, no cumplirían con sus obligaciones. Tiempo después, como sociedad se espera que estos mismos jóvenes acepten y acaten la autoridad estatal sin cuestionarla. Se aspira a que la Polis asuma y supla el rol que le corresponde al Oikos; es decir, la sociedad tendría que corregir a la familia. No estoy seguro, pero en principio me parece una expectativa irreal. Creo que es más fácil que cada hogar oriente a cada uno de sus miembros, no que el Estado enderece al país en su conjunto. Eso sí, un esfuerzo complementario resulta fundamental, sin duda.

Siendo todavía una sospecha, una mera intuición, es indispensable contar con mayor evidencia para sustentar consistentemente esta tesis. Sin embargo, como respaldo provisional vale referir que entre las iniciativas de prevención de la violencia y la delincuencia más efectivas se hallan, precisamente, las visitas técnicas a hogares, la asistencia profesional a padres y la terapia familiar. Así lo demuestran investigaciones serias a escala internacional.

Asesoría especializada a los padres o encargados para que puedan satisfacer derechos y hacer cumplir deberes de los hijos, acompañada de un régimen de consecuencias compartidas con sus hijos menores en conflicto con la ley, sería un planteamiento que merecería la pena aquilatar. Los padres son, en definitiva, quienes ejercen la representación legal de sus hijos menores, por lo que deben responder por la responsabilidad civil derivada de delitos o faltas que cometen ellos. Quizás incluso habría que apuntar a una suerte de “des-individualización” de la responsabilidad penal de los menores de edad y a que los padres también sean jurídicamente responsables y se vuelvan garantes de los actos de sus hijos, en particular de niños o adolescentes, sobre todo con eventuales sanciones alternativas a la prisión. La intención primordial no sería jamás mandar a los padres o encargados a las cárceles por esas razones. Lo central es que desempeñen su ineludible papel.

En la misma encuesta citada arriba, encontramos que a partir de los 18 años los miembros de maras o pandillas empiezan a ponderar la posibilidad de retirarse de estos grupos. Eso se explica, en gran parte, por el hecho de que ellos mismos se convierten en padres de familia. Al tener sus propios hijos sienten, en esencia, que los perjudican con su estilo de vida. Si se lograse que, antes de esa edad, los niños y jóvenes perciban que sus acciones afectan de un modo cierto a sus padres, teóricamente el mismo mecanismo empático pudiese operar y, en consecuencia, se reducirían sus comportamientos violentos y criminales. Lo que les mantiene activos en las pandillas, entre otras cosas, es la sensación de que sus actos exclusivamente les atañen y afectan a ellos, no a ninguno de sus seres más cercanos.

No se trata de caer en un reduccionismo psicologista ni mucho menos. Nadie ignora ni subestima la relevancia de causas subyacentes como la exclusión, la marginalidad, la desigualdad, la corrupción política, la ausencia e ineficiencia gubernamental y un extenso etcétera de factores de riesgo. No obstante, si la idea es no repetir mecánicamente discursos ya consabidos pero anquilosados, diría que la reconstrucción de la autoridad parental y la activación de un régimen de consecuencias compartidas −en solidaridad de los padres o encargados hacia sus hijos menores, nunca al revés− son dos elementos que, en claves psicosocial y legal, pudiesen trabajarse. Desde luego, aspectos como la migración, la desintegración familiar, los hogares monoparentales y hasta las economías familiares basadas en el crimen, entre otros, condicionan sensiblemente esta noción, por lo que su desarrollo implicaría evaluar con mayor detenimiento todas las aristas y potenciales ramificaciones.

 

Luis Enrique Amaya es consultor internacional e investigador en materia de seguridad ciudadana, asesor de organismos multilaterales y agencias de cooperación internacional, experto en análisis y gestión de políticas públicas de seguridad basadas en evidencia.
Luis Enrique Amaya es consultor internacional e investigador en materia de seguridad ciudadana, asesor de organismos multilaterales y agencias de cooperación internacional, experto en análisis y gestión de políticas públicas de seguridad basadas en evidencia.

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