El Salvador / Coronavirus

Abogados advierten de posibles detenciones ilegales por la cuarentena

Cinco abogados, entre ellos la procuradora adjunta de derechos humanos, un exmagistrado de la Sala de lo Constitucional y el subdirector del IDHUCA, señalan problemas legales en el primer día de la implementación de la cuarentena decretada por el Gobierno para prevenir la propagación del Covid-19. La ambigüedad en los criterios para realizar las detenciones, la falta de entrada en vigencia del decreto ejecutivo y la utilización de la cuarentena como una sanción podrían constituir la violación de derechos de algunos de los 269 detenidos que reportaba el Gobierno la noche del domingo.


Domingo, 22 de marzo de 2020
Nelson Rauda

El Gobierno reportó hasta la noche de este domingo 22 de marzo la detención de 269 personas por no acatar la medida de cuarentena domiciliar que el presidente Nayib Bukele anunció un día antes. La legalidad de estas detenciones ha sido una de las muchas dudas tras la cadena nacional donde se anunció la medida de encierro domiciliar para la prevención del Covid-19. Varios expertos aseguran que la detención de personas por transitar en la calle es una ilegalidad, ya que es el policía o el militar que realiza la detención quien juzga si esa persona respetó o no las disposiciones y las excepciones decretadas por el Gobierno. 

El decreto ejecutivo número 12, emitido por la ministra de Salud, dice que “las personas que se encuentren en cualquier lugar sin la justificación respectiva serán conducidas por las autoridades de seguridad pública a los centros de contención de la pandemia” o a algún lugar indicado por el Ministerio de Salud. En la práctica, durante el primer día de implementación, esto no ocurrió así: al menos algunos de los detenidos han sido llevados a delegaciones policiales. El fiscal general, Raúl Melara, confirmó en su cuenta de Twitter que acusará por desobediencia a las personas detenidas en supuesta violación de la cuarentena. 

Beatriz Campos, procuradora adjunta de derechos humanos, dijo a El Faro que no están claros los protocolos ni criterios con los que una persona es remitida por la Policía. “En la práctica, los están llevando a delegaciones. Pretenden ponerlos a la orden de la Fiscalía para procesarlos por el delito de desobediencia”, dijo la procuradora. Para Campos, la interrogante de los criterios no ha sido resuelta por las autoridades. 

Policías y militares custodiarán las calles para evitar la libre circulación de las personas durante la cuarentena domiciliar impuesta. Foto de El Faro: Carlos Barrera
Policías y militares custodiarán las calles para evitar la libre circulación de las personas durante la cuarentena domiciliar impuesta. Foto de El Faro: Carlos Barrera

Según Bukele anunció en sus redes sociales este domingo, alguien que sea detenido por estos motivos pasaría al menos 30 días de encierro en un recinto que no especificó, y al cual se refirió como “centros de contención”. Tras anunciar las nuevas restricciones en la cadena nacional de radio y televisión del sábado, Bukele admitió que había ciertos detalles que ajustar. “Vamos a tomar medidas rápidas, que van a tener errores, que van a causas molestias, pero créanme, ustedes no quieren ver a su familiar muriendo en una pantalla, ni siquiera quisiera verlo morir”, dijo Bukele en referencia a que los protocolos de salud establecen que si alguien con la enfermedad muere sus familiares no pueden hacerle una ceremonia de entierro. 

Por ahora, las dudas más notables están relacionadas con las detenciones y con el mecanismo para hacer la entrega de un subsidio de 300 dólares a más de 1.5 millones de familias. En su cuenta de Twitter, Bukele publicó este domingo que ese mecanismo será anunciado este lunes por la noche. Sobre la cuarentena, se dijo que una persona por familia puede salir a hacer compras de alimentos o medicinas, pero no se aclaró bajo qué criterios un policía o militar determinará si esa persona dice la verdad cuando esgrima este argumento. 

El ministro de Defensa, en una entrevista televisiva en TCS este domingo, fue subjetivo al hablar de esos criterios que conllevan una detención. “Uno detecta cuando le están mintiendo”, dijo Merino. “Se nota cuando la persona está mintiendo. Así hemos detectado bastantes y al final han dicho que sí”, aseguró. 

“El ticket de supermercado ayuda a corroborar, otros llevan la lista de las compras”, dijo Merino. En ese caso, el ministro dijo que toman en cuenta la hora, o si la dirección de la vivienda consignada en el documento coincide con la ruta que trae un automovilista. Según el ministro, también han optado por hacer llamadas telefónicas a los patronos de diferentes empleados detenidos en un retén, en caso de que tengan dudas.

En el mismo medio televisivo, Javier Argueta, asesor jurídico de la Presidencia, sugirió que en los casos de compras de alimentos se estaba optando por la “autoregulación”, y dijo que “las discrecionalidades no son a lo que el policía considere”, pero no detalló cómo evitarlo. Advirtió que los trabajadores de las empresas autorizadas para trabajar deben circular con un carné de la empresa y una carta. “Un empleado público sin carné, lo van a llevar a cuarentena; una persona empleada privada sin carta, la van a llevar a cuarentena”, dijo.  

En la entrevista en TCS, al ministro se le trasladaron preguntas de ciudadanos, como las muchas que se han formulado en redes sociales. Alguien preguntó si podía llevar en su carro a cuatro compañeros de trabajo. Merino dijo que no, porque las personas deben mantener distancia de un metro. Parece obvio que hay muchas preguntas de casos específicos que no podrán responderse antes de que las personas salgan a la calle a probar suerte.

“Cuando hay un vehículo que lleva más de una persona es un motivo de hacerle una pregunta”, dijo Merino. “Se daba el caso de un vehículo que iban dos personas. Iba a dejar a una persona empleada del ISSS. La persona a la que va a llevar estaba autorizada. Y su trabajo no le va a permitir manejar después”, ejemplificó. En otro caso que mencionó, un taxista, que sí está contemplado en las excepciones de los que pueden salir a trabajar, “llevaba a una persona que andaba divirtiéndose y esa persona fue remitida a un centro de contención”, dijo.

Pero no hay tales centros, según reportaba la PDDH al final del domingo. “O los llevan a centros de contención o los procesan por desobediencia. ¿Cómo es ese cruce? Entonces los están privando de libertad y eso les da pie para que los lleven a una delegación”, dijo a El Faro la procuradora Campos.

Entre el 21 y el 22 de marzo, las autoridades de seguridad detuvieron a 269 personas que no pudieron justificar su circulación durante la cuarentena obligatoria. Foto de El Faro: Carlos Barrera
Entre el 21 y el 22 de marzo, las autoridades de seguridad detuvieron a 269 personas que no pudieron justificar su circulación durante la cuarentena obligatoria. Foto de El Faro: Carlos Barrera

El abogado Arnau Baulenas, coordinador jurídico del Instituto de Derechos Humanos de la UCA, dijo a este periódico que no se debe dejar a policías o militares la interpretación de las excepciones a la cuarentena. “Si yo salgo en la noche por una emergencia pediátrica y no llevo al niño, ¿cómo acredito esto? Si yo no puedo acreditar algo ante el policía, él interpreta y me lleva preso. No puede ser un policía porque es juez y parte, y las garantías (del debido proceso) no están suspendidas”, dijo Baulenas. 

Manuel Escalante, subdirector del Instituto de Derechos Humanos de la UCA, también cuestionó la actuación de las autoridades de seguridad. “Según el decreto, solo tienen dos opciones: llevarlos a centros de contención o al lugar que defina el Ministerio de Salud. En ningún caso están habilitados para ser los ‘jueces’ sobre quiénes entran a los centros de contención ni tampoco para llevarlos a bartolinas”, dijo Escalante.

Si las personas se mantienen en delegaciones policiales surge otra duda legal: ¿cuánto tiempo pueden estar detenidas? La Constitución establece que el plazo máximo de detención son tres días. Un abogado constitucionalista, que pidió reserva de su nombre para evitar repercusiones laborales, dijo a El Faro que la Asamblea puede alargar ese plazo, con una votación de dos terceras partes. Pero eso no ha ocurrido.

“El presidente te puede ordenar que te quedes encerrado en tu casa, pero el Ejecutivo ha ido haciendo capturas, una especie de sanción. Ahí hay una privación de libertad ilegal. Eso sería materialmente una detención, no un encierro con fines de salud para determinar si estás contaminado o no”, dijo el abogado. 

Según el especialista, el hecho de que la Policía esté llevando a las personas capturadas a recintos policiales y no a centros de contención es “la evidencia más clara de que es una detención administrativa que va a exceder de las 72 horas”. De acuerdo con el jurista, las personas en esta situación pueden acudir a la Sala de lo Constitucional a presentar una demanda de Habeas Corpus, para que los magistrados revisen la legalidad de la actuación.

Una tercera pregunta sobre las indicaciones del decreto que obliga a la cuarentena es su periodo de vigencia. La Presidencia, en su cuenta de Twitter, publicó la versión final del decreto a las 2:38 de la tarde de este domingo. Cinco minutos después, el presidente compartió el decreto y escribió, siempre en Twitter: “Está vigente a partir de hoy, su cumplimiento es obligatorio y anula cualquier otra disposición previa que lo contraríe”. En la práctica, la cuarentena fue obligatoria desde el sábado por la noche. Para el momento en que Bukele tuiteó sobre la vigencia del decreto, el ministro de Seguridad ya había anunciado más de 100 detenciones. 

1,500 elementos de la Policía Nacional Civil y de la Fuerza Armada se desplegaron en el área metropolitana de San Salvador para poner en marcha la cuarentena domiciliar en todo el país. Foto de El Faro: Carlos Barrera
1,500 elementos de la Policía Nacional Civil y de la Fuerza Armada se desplegaron en el área metropolitana de San Salvador para poner en marcha la cuarentena domiciliar en todo el país. Foto de El Faro: Carlos Barrera

El decreto 12, que obliga a la cuarentena domiciliar, tiene fecha del 21 de marzo y dice que “entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial, y sus efectos concluirán en el plazo de 30 días, contados a partir de esta fecha”. Para Rodolfo González, exmagistrado de la Sala de lo Constitucional, eso abre una puerta para que todos los detenidos el fin de semana aleguen la ilegalidad de sus detenciones en los tribunales o ante la propia Sala de lo Constitucional. El decreto aún no se ha publicado en el diario oficial, o al menos no hay evidencia de ello.

“Se podría producir una violación a derechos porque ya han estado deteniendo a personas.  ¿Cuál es la base para eso? Lo que es claro este día y a esta hora (domingo en la noche) es que no está publicado en el Diario Oficial”, dijo González. En la página web del Diario Oficial, la última publicación que se ofrece hasta el 22 de marzo es la del 17 de marzo, cuatro días antes de la emisión del nuevo decreto. 

“Yo sé que en el país se han alterado las cosas y se dice ‘ya lo dijo el presidente’, pero esa no es la manera de formalizar un decreto ejecutivo. Es un acuerdo firmado y sellado y que se publica en el Diario Oficial”, insistió González.  El exmagistrado recordó que “hay mecanismos con los cuales las personas que ya pudieran estar siendo detenidas, en un decreto que no está publicado, pueden llevar ante los tribunales la revisión de la legalidad de su detención”, dijo González. Algunas posibilidades serían la presentación de un habeas corpus, o el hecho de que ya hay jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional que habilita la presentación de demandas sobre esas violaciones.

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