El Salvador / Política

“La Sala debe decretar la inconstitucionalidad del Decreto 19”

El exmagistrado de la Sala de lo Constitucional, Rodolfo González, advierte que un presidente que no acata las sentencias de la Corte está incurriendo en un delito. El Órgano Judicial, dice, tiene herramientas constitucionales para obligar al cumplimiento de sus sentencias. González advierte que la vocación autoritaria de Bukele permite prever que intentará nuevamente desconocer a instituciones del Estado, como ya lo hizo el 9 de febrero y ahora. Y le recuerda: “Saca y Funes también se creían intocables”.   


Jueves, 16 de abril de 2020
Carlos Dada

La confrontación entre el poder Ejecutivo y el Judicial, a raíz de los decretos para lidiar con la epidemia del virus COVID-19, ha profundizado una crisis política en plena emergencia nacional.

El 15 de abril, la Sala de lo Constitucional ordenó al gobierno abstenerse de retener a quienes violaran la cuarentena domiciliar, por carecer de una ley que autorizara la privación de libertad. El presidente salvadoreño respondió acusando a los magistrados de “desear que nuestra gente muera” y dijo, en su cuenta de Twitter, que no acataría la resolución. “5 personas no van a decidir la muerte de cientos de miles de salvadoreños. Por más tinta y sellos que tengan”, escribió. 

La mañana del 16 de abril, en una entrevista en Canal 12, su secretario jurídico, Conan Castro, confirmó que la decisión del Ejecutivo era no acatar la sentencia. 

“¡Es gravísimo!”, dice Rodolfo González cuando le pido que califique las declaraciones del presidente Bukele. “Está llevando al país a un despeñadero”.

González, exmagistrado de la Sala de lo Constitucional anterior que, sentencia tras sentencia, se ganó el mote de “Los Cuatro Fantásticos” debido a su independencia para emitir resoluciones que afectaban intereses políticos y económicos, dice que nunca, desde su entrada en vigor en 1983, la actual Constitución ha estado tan amenazada. “La defensa de la Constitución no depende de una Sala. Requiere de ciudadanos comprometidos con el régimen democrático”, dice.

El abogado no ve los hechos del 15 de abril como un evento aislado, sino como parte de las acciones deliberadas de un gobernante de vocación autoritaria para eliminar todos los obstáculos a su visión mesiánica y poder. Ya lo vimos, dice, el 9 de febrero. “Y lo volveremos a ver”. 

Poco después de las declaraciones de Bukele, el exmagistrado escribió en su cuenta de Twitter: “Esto es absolutamente intolerable. La Sala dispone de mecanismos legales para que sus fallos, que son de cumplimiento obligatorio para todo funcionario, se hagan cumplir”.

Le llamé al mediodía del 16 de abril para entender qué mecanismos legales tiene El Salvador para salir de esta crisis. Aquí los explica.  

Caption: Rodolfo González, former Constitutional Court magistrate (2009-18). Photo by Víctor Peña/El Faro
Caption: Rodolfo González, former Constitutional Court magistrate (2009-18). Photo by Víctor Peña/El Faro

¿Tiene el presidente facultades para declarar inaplicables las disposiciones de otros órganos? 

No. No puede. En la vida de los estados como el nuestro, la única forma legítima de ejercer poder público es un origen democrático y un ejercicio democrático conforme a derecho. Se reconoce que los ejecutivos pueden tener estilos de administración distintos a sus antecesores, pero lo que no puede dejar de hacer es respetar el esquema básico de poderes y la legalidad. 

En los sistemas presidenciales como el nuestro, el presidente tiene potestades subordinadas a los tratados y a la Constitución. Y la determinación última de los derechos y obligaciones es el poder judicial. Si a una persona se le atribuye un delito pero la persona dice haber actuado conforme a la ley, no son las partes las que lo van a determinar sino los tribunales. Para procesos judiciales relativos a aspectos políticos, quien determina no es el legislativo ni el ejecutivo, sino el poder judicial. 

Pero supongo que cuando es el presidente de la República el que desconoce la autoridad de la Sala de lo Constitucional, esto es distinto a cuando un litigio se dirime en un tribunal. Es decir, los efectos en nuestra vida democrática… 

Es gravísimo. Y es gravísimo por el hecho de que él es jefe de un grupo de funcionarios de la administración pública encargados de distintas ramas. El riesgo de afectar derechos de ciudadanos es más alto. Hay una subordinación jerárquica de los ministros, de los presidentes de autónomas, de gobernadores, de embajadores al presidente de la República. 

Yo estoy convencido de que en Bukele hay una mezcla de ignorancia jurídico-política y de vocación autoritaria. Pero supongamos que de buena fe él tiene una interpretación distinta de la que ha hecho el máximo tribunal del país respecto de sus competencias, en este caso concreto de sus competencias para limitar la libertad de las personas. El riesgo es altísimo de que el director de la Policía, el ministro de Defensa y todos los funcionarios del Ejecutivo van a seguir a su jefe, al presidente de la República; y vas a tener multiplicadas las posibilidades de que se realicen violaciones a los derechos de las personas en la calle, porque en estos momentos los jueces en la calle son los soldados y policías que te dicen si tenés bien puesta la mascarilla o no, o si estás guardando distancia con las demás personas…

El Faro calificó de intento de autogolpe lo que hizo Bukele el 9 de febrero. Lo que dijo ayer (15 de abril) y que hoy reafirmó su secretario jurídico Conan Castro…. ¿Equivale a lo que sucedió el 9 de febrero?

Son eventos muy riesgosos para la institucionalidad del país. Lo mínimo del ejercicio de un cargo público está relacionado con el conocimiento y compromiso de respeto a un esquema republicano de frenos y contrapesos, división de poderes y sobre todo: Los límites de lo que puede o no hacer el Ejecutivo. No lo determina él mismo. Hace dos siglos se descartó la idea de un autocontrol por los poderes políticos y se ha aceptado la idea de que quien controla es el Órgano Judicial. 

Aquella especie de mesianismo a veces rayando en lo fanático de “Yo voy a salvar al país”… El 9F era el argumento de la seguridad. El 15 de abril el argumento fue la salud. No tenés ninguna garantía de que, en mayo, el evento grave de alteración de la institucionalidad no sea la seguridad nacional o cualquier tipo de argumentos etéreos para sobreponer la lectura de la Constitución que haga el presidente, respecto de lo que le está diciendo el órgano llamado a hacer la interpretación última de la legalidad, que es la Corte Suprema, que es la Sala de lo Constitucional. 

A menos que vayamos aceitando y haciendo funcionar el sistema de pesos y contrapesos, no tenemos ninguna garantía de que dentro de dos meses, el evento no será igual o peor alegando cualquiera de estos conceptos abstractos. Esto volverá a pasar. 

¿Qué le hace pensar eso? 

Es clarísimo, la vocación autoritaria.. ya lo vimos hace cien años en Alemania: Yo soy el único que lee bien los intereses del pueblo. Nadie se interpone entre el pueblo y yo. Todas las instituciones son un obstáculo para que yo pueda realizar el destino glorioso del pueblo… Tenemos lecciones históricas de eso. 

La sola declaración presidencial de desconocer la autoridad de la Sala, o la confirmación del Secretario Jurídico de que no acatarán la sentencia, ¿se constituyen en delito? 

Por lo menos te indica la intención. Habría que ver cómo se concreta. Si en este momento se están realizando detenciones de personas que se envían a centros de contención, tergiversando... La Sala dice claramente en su sentencia que no se puede tergiversar. 

¿A qué se refiere?

La idea es que alguien rompió la cuarentena y salió, por ese solo hecho se asume que es un foco de contagio e infección. Lo cual es absurdo porque si otra persona va con la carta de trabajo ya no es una gente de contagio para los demás. Es un poco absurdo. Los dos secretarios, el de asuntos jurídicos y el asesor jurídico, han dicho lo mismo: que no van a acatar. Es una posición del Ejecutivo. Si eso se materializa en actos concretos de restricción a la libertad de la persona por haber violado la cuarentena, utilizando la retención no como un instrumento de aislamiento sanitario sino como sanción, por 30 días, allí se está configurando un delito. Yo creo que la Sala tiene herramientas que debería activar para hacer cumplir sus fallos. Los tribunales tienen la potestad de juzgar y hacer cumplir lo juzgado, según la Constitución. 

¿Qué sanción está prevista para un presidente que desconoce la autoridad de la Sala de lo Constitucional?

Está en el Código Penal el delito de desobediencia al mandato judicial. En lo que se refiere a restringir la libertad de una persona con base en el decreto 19, que ya la Sala dijo que no es el fundamento para detener a nadie. Los ejecutores y quien lo ordena incurren en el delito de detención ilegal. 

Pero habrá una diferencia en la tipificación o en la sanción entre un policía que lleva a alguien a un centro de contención y un presidente o sus funcionarios que abiertamente dicen que no acatarán las resoluciones del poder Judicial…

El fiscal tiene el margen de analizar si se considera como agravante. Yo pensaría que sí lo es: Hay diferencia entre un ejecutor material –un soldado o policía–, que puede tener dudas de si lo que hace está bien o no está bien; y una autoridad superior que, teniendo supuestamente la asesoría adecuada, con mayor conocimiento de causa, sin ninguna duda, realiza la conducta delictiva con plena conciencia de que está cometiendo delito. Esas son las cosas que deberá valorar el fiscal de la República. 

¿Esas son las herramientas de la Sala? ¿El Fiscal?

La Sala, concretamente en lo que se refiere al habeas corpus, tiene herramientas en la Ley de Procedimiento Constitucionales para proceder en este caso. La ley dice que si no se cumple la resolución de la Sala, y es un juez, la Sala pondrá en conocimiento de la Corte para que ejerza poder disciplinario sobre ese juez. Si es un funcionario del Ejecutivo inferior a presidente, se pone en conocimiento de su superior, que es el presidente. Y si el que incumple es el presidente, lo pone en conocimiento de la Asamblea para que se le procese por el delito.  El presidente puso un tuit posterior diciendo que el decreto 19 se seguirá aplicando a cien por ciento. La Sala debería y puede decretar de oficio la inconstitucionalidad del decreto 19. Con Fujimori y con Serrano Elías los tribunales han actuado de manera oficiosa cuando advierten un grave riesgo para la vida republicana y constitucional. 

Pero supongo que ese será el último paso, que antes habrá otro tipo de sanciones…

Sí, poner en libertad a la gente que está en centros de contención…

Bueno, eso no lo puede hacer la Sala. La Sala solo puede ordenar que los liberen. Lo digo porque la Sala ya lo ordenó y siguen sin liberarlos. Cuando hay una traba de este tipo, que la Sala ya ordenó pero la autoridad no acata, ¿qué sucede?

La Fuerza Armada, aunque el presidente de la República sea su comandante general, no es el brazo armado del Ejecutivo o del presidente. Hay un artículo clarísimo de la constitución, el 212, que te dice que los tres Órganos del Estado pueden hacer uso de la Fuerza Armada para hacer efectivas las resoluciones que hayan adoptado según sus competencias. Resolver un habeas corpus es competencia del poder judicial. Ya sé que una resolución de la Sala, llamando a hacer uso de la Fuerza Armada, habla de una verdadera crisis de Estado, pero es una situación a la que Bukele, con su populismo, lleva al país. Olvidémonos de la vocación autoritaria y el mesianismo fanático, pensemos en la supuesta interpretación de salud pública: Él entiende que la única forma de garantizar salud pública y evitar muertes en el país es ponerle una viñeta de portador del virus a quien ande en la calle, porque va a propagar y generar la epidemia; por eso hay que mandarlos a un centro de contención donde, si les hacen las pruebas, no se les notifican y los trasladan en horas de la madrugada... El presidente entiende que es la única forma. Pero por violación a derechos constitucionales hay habeas corpus y la resolución es muy clara: las personas están siendo privadas de libertad. Y al poder judicial la Constitución le reconoce la potestad de hacer uso de la Fuerza Armada para hacer cumplir sus resoluciones. Yo sé que suena gravísimo. No se ha utilizado desde que entró en vigencia esta constitución en 1983, pero es la situación a la que lleva el ejercicio absurdo de las potestades que está haciendo el Ejecutivo. Este populismo irresponsable lleva al país a este abismo.

¿Cuándo fue la última vez que el Ejecutivo desconoció la autoridad de la Corte Suprema?

Estaba recordando que Funes se negó a publicar dos sentencias de la Sala en el Diario Oficial. La mandamos a publicar nosotros en dos periódicos de mayor circulación. Tuvimos decisiones que afectaron intereses políticos del entonces partido de gobierno, el FMLN, con el Sitramss, cuando liberamos el carril segregado como medida cautelar. Llegaron personas supuestamente del partido a querer botar el portón de la corte. 

Pero no desobedecieron la sentencia. Liberaron el carril.

Yo diría que se encontraron formas para que la Sala hiciera cumplir la resolución. Es que es normal que a un Congreso, que después de semanas o meses aprueba una ley, no le va a gustar que luego el judicial se la anule. Eso es normal. Pero no podés salir con ese discurso barato de que estás con el pueblo y por tanto vas a insistir en lo que ya el Judicial te ha dicho que no. Eso no se puede hacer. 

De poder, se puede. De hecho es exacto lo que hizo Bukele. Lo que no termino de entender es qué herramientas tiene la Sala para frenar a un Ejecutivo de estas características.

La defensa de la Constitución no depende de una Sala o una Corte de Constitucionalidad. No. Se requieren ciudadanos comprometidos con el régimen democrático. Cuando ves a personas medianamente sensatas que dicen: Está en riesgo la vida de muchas personas, no queremos una epidemia; y si se hace conforme a la ley o no, no importa, lo importante es salvar vidas”… Allí hay un problema muy serio que no depende del Ejecutivo ni del Legislativo ni del Judicial, sino de una ciudadanía, si está o no comprometida con las mínimas reglas del juego democrático. No todo depende de qué tan enérgico, valiente o técnico sea un tribunal. Es una cosa mucho más amplia. Los populistas apelan al desconocimiento de las reglas con un discurso simplista. 

Pero es un discurso que además de populista es popular. Se agrava con el hecho de que tanto el ministro de Defensa y el jefe de la Policía han jurado lealtad al presidente y no a la Constitución.

Sí, pero mira, después de haber sido magistrado en una Corte Suprema que mandó a juicio por enriquecimiento ilícito a (los expresidentes) Elías Antonio Saca y a Mauricio Funes; y que junto con la fiscalía de Douglas Meléndez, el Judicial y el Ministerio Público incidieron en procesar y detener por corrupción o por enriquecimiento ilícito, uno pensaría que ese tipo de precedentes servirán para evitar abusos en el futuro. También Flores se creyó intocable, también Saca se creyó intocable, también Funes se creyó intocable. Esta gente que en este momento está enceguecida con el populismo... Y no te lo digo yo, se los ha recordado la Sala en su resolución del 8 de abril: habrá responsabilidad penal, civil, que no se podrá alegar obediencia debida ni jerarquía ni que se estaban cumpliendo órdenes superiores, que por violaciones a derechos constitucionales responde tanto el que ejecuta como el que consiente y el que ordena… ¡Estoy hablando de lo que dicen las resoluciones de la Sala! Si esta gente no entiende con eso, pues hombre, los veremos después. Como vimos a Funes. Como vimos a Saca. Como vimos sus bienes extinguidos. Son las reglas de una democracia. 

Pero además hay que ser claros: esto ya pasó el 9 de febrero y ya pasó el 15 de abril. Y va a volver a pasar. 

Pero ahora mismo, ¿de qué dependemos para que se haga valer la ley? ¿Del fiscal? ¿De la Asamblea? ¿De la voluntad del jefe del Ejército?

Yo diría que dependemos de dos vías. Por un lado, los procesos institucionalizados como la Fiscalía, la propia Corte, la Asamblea, los mecanismos que ya existen para frenar los abusos y hacer cumplir la ley. Pero la otra vía, quizá más importante, es que la opinión pública entienda que no podés jugar a que esto sea pan para hoy y hambre para mañana. Apostarle a terminarte el sistema de frenos y contrapesos y sustituirlo por un caudillismo desnudo en el que si el líder, el caudillo, toma las mejores decisiones, a todos nos va bien… Pero si el líder comete errores gravísimos vamos al despeñadero. Estamos hablando de Hitler. Eso lo tenemos que entender los ciudadanos. Lo que dijo Bukele el 15 de abril es cierto: Los magistrados de la Sala solo son cinco personas. Sí. Y los jueces de la Corte Suprema de Estados Unidos solo son nueve personas. Alrededor de los procedimientos institucionalizados formales debe haber un conocimiento y convicción y compromiso de la misma sociedad. Un caudillo contra cinco señores técnicos… no funciona así. 

La Sala ha intentado ser respetuosa y ha dicho que en este momento hay un decreto ejecutivo, no hay ley para detener a alguien que viole la cuarentena. Que si quieren continuar con ese procedimiento deben ponerlo en una ley. 

A esto se agrega otra complicación: la gente no sabe ya cómo se rige su vida en la vía pública, qué puede hacer y qué no y qué puede esperar… 

Exacto. El régimen de excepción, que no habíamos tenido desde 1990, lo tuvimos durante un mes. Un policía o un soldado malformado entienden con el régimen de excepción una carta blanca para decirle a la gente que no puede circular después de tal hora, si en las compras del super además de alimentos trajiste cerveza… Eso lo vimos el mes pasado. Y a las resoluciones responden apelando a los sentimientos más básicos, no a los argumentos: “En vez de respiradores les vamos a llevar una constitución a los enfermos”, etcétera… La resolución en ningún momento dice que hay que sacar a todo mundo a la calle. Solo que no se les puede llevar a todos a centros de contención. 

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