Continuar negando el acceso a quienes buscan verdad, justicia y reparación a los archivos de las fuerzas armadas involucradas en crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, cometidos durante el conflicto armado, es una acción parcializada. Es estar a favor de la impunidad. Es estar del lado de criminales que actuaron bajo el manto del terrorismo de Estado y eso es complicidad.
El Decreto 486, prácticamente una Ley de autoamnistía dada en 1993, dejó engavetada la posibilidad de iniciar oportunamente la judicialización de procesos encaminados a sentar el precedente de que la impunidad ya no sería el pan de cada día en el país. Dos décadas después, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia sentenció, por fin, la inconstitucionalidad de esa ley e instó a dar los primeros pasos de justicia transicional, entre ellos, abrir los archivos militares a las víctimas y a la justicia para que se investiguen los casos de graves violaciones a derechos humanos. El Estado, encabezado por el presidente de la República -en su calidad de Comandante General de la Fuerza Armada-, no ha cumplido con esta orden, cometiendo con ello desobediencia a la sentencia.
El juez de instrucción que dirige el proceso 238/1990, iniciado por la denuncia de dos víctimas sobrevivientes de la masacre de El Mozote y reabierto desde el 2016, fue claro ante el representante de Casa Presidencial en la última audiencia celebrada sobre el caso de que su resolución para realizar inspecciones a instalaciones militares con el objeto de localizar archivos relacionados con la operación “Rescate” no es ni una petición y mucho menos una súplica. Es una orden de obligatorio cumplimiento para cualquier autoridad, incluyendo al presidente. También lo es la sentencia de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía emitida por la Sala de lo Constitucional.
Más de 40 víctimas directas y presenciales han declarado en el proceso y han pedido que se abran los archivos existentes a la década en que la masacre de El Mozote fue perpetrada en 1981. El Juez Jorge Guzmán ha peticionado informes al Ministerio de la Defensa Nacional que pudiesen colaborar en la identificación de los posibles responsables de estos hechos. A juicio del juez, la inspección de los archivos militares es una de las diligencias más importante y es necesaria porque mucha de la información relevante para el esclarecimiento de estos hechos no fue proporcionada o fue proporcionada incompleta.
El juez Guzmán rebate el argumento de abogados defensores de los militares y del Gobierno que insisten en calificar como documentos secretos los archivos militares apelando a la Constitución de la República, la seguridad nacional, la soberanía y defensa del Estado. Combinando en el proceso principios de normativa internacional con la legislación interna, el juez plantea que no puede invocarse el carácter de reserva de una información cuando se trate de investigación de graves violaciones a los derechos humanos, aspecto también recogido en el artículo 19 de la Ley de Acceso a la Información Pública.
En su informe sobre la visita In Situ realizada a El Salvador en diciembre 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que: “… la falta de diligencia para desclasificar estos archivos constituye un gran obstáculo para la reconstrucción de la verdad de lo sucedido en el conflicto. Del mismo modo, constituye un serio condicionamiento para alcanzar la justicia en los casos de graves violaciones a los derechos humanos que se encuentran en fase de investigación”.
La Asamblea General de las Naciones Unidas, al adoptar el conjunto de principios para la protección y promoción de los derechos humanos a través de la lucha contra la impunidad, estableció que es obligación de los Estados asumir medidas adecuadas para sistematizar, preservar, reconstruir y tener a disposición los archivos históricos que contribuyan al esclarecimiento de las graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario, ocurridas en contextos de guerra y conflicto armado. Señaló también la obligación de garantizar la colaboración de las instancias públicas en relación a cualquier otro documento o provisión de información necesario en los procesos investigativos judiciales o extrajudiciales que así lo requieran. Por su parte, el Relator especial de la ONU sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, ha dicho también que en El Salvador “se necesita una acción más decidida para ayudar a reparar el legado de abusos que dejó el conflicto”.
Pesa sobre los responsables de la preservación y custodia de estos documentos una medida cautelar que reitera que ocultar estos archivos obstaculiza a la justicia en favor de impedir la identificación de los responsables de hechos como El Mozote, en particular de los responsables al más alto nivel de estructuras castrenses. El conocer estos documentos permite un mayor entendimiento sobre las redes de actuación que no fueron aislados, sino que respondieron a políticas de terrorismo de Estado. Es precisamente esto lo que está en juego. Es claro que los actores con poder que dirigieron estas acciones en el pasado cuentan con suficiente poder e influencia ahora para bloquear todo intento contra la impunidad de la que gozan. Contra ello se alzan las mismas víctimas y sus familiares, así como un valiente juez que ha entendido la transcendencia histórica que se ventila en su pequeño tribunal de instrucción de San Francisco Gotera en el departamento de Morazán.