Columnas / Política

¿Una nueva Policía?

El anuncio de la renovación de la PNC contrasta con la designación del actual director, de subdirectores y jefaturas estratégicas. Los nombramientos en puestos importantes revelan el reagrupamiento de quiénes vuelven a dirigir la corporación.

Martes, 17 de noviembre de 2020
Zaira Navas

La estrategia comunicacional del actual Gobierno, que recientemente presentó a la Policía Nacional Civil “como una nueva Policía”, renovada y con una nueva forma de actuar, no deja de ser un espejo mediático que oculta la falta de un Plan de Gobierno y una verdadera política pública en materia de seguridad.

Que no exista ningún documento público que respalde la existencia del “Plan Control Territorial”, presentado como el eje estratégico de las actuaciones gubernamentales en materia de seguridad, hace imposible cualquier evaluación sobre su eficacia, el desempeño de las instituciones de seguridad y su relación con el súbito descenso de homicidios sostenido por más de un año.

El anuncio de la renovación de la PNC contrasta con la designación del actual director general, de subdirectores y jefaturas estratégicas; así como con las constantes remociones y reconfiguración de nombramientos en puestos importantes, que revela el reagrupamiento de quiénes vuelven a dirigir la corporación policial. Esta alineación trasciende a su procedencia como exmiembros de los cuerpos de seguridad y del Ejército, responde más bien a intereses comunes y alianzas internas, lo que les ha valido ocupar puestos de dirección o de mucho poder en distintos gobiernos y que ahora retoman con mucho respaldo político.

Se trata de jefaturas policiales que se han rotado en los mismos puestos por más de 27 años y que ante la falta de nuevas propuestas aplican los mismos métodos que aplicaron antes. Con ello el actual Gobierno deja claro que su prioridad no es renovar la PNC ni impulsar el esperado relevo generacional en la corporación policial. Más bien estamos frente a una vuelta al pasado de la Policía, con jefaturas muy cuestionadas por atribuírseles graves violaciones de derechos humanos y por ser investigados y procesados penal y  administrativamente, sin que hayan sido condenados o sancionados. Las investigaciones no fueron debidamente sustentadas por la Fiscalía General de la República de entonces y a ello se sumó la falta de diligencia y negligencia en las investigaciones administrativas de las instancias de control interno de la corporación policial.

Los incipientes esfuerzos de investigación interna en la PNC en la década pasada fueron frenados por los mismos diputados de la Asamblea Legislativa que justifican las actuaciones de Mauricio Arriaza Chicas, pese a que contravienen las disposiciones constitucionales y legales que rigen a la corporación policial.

De acuerdo con el artículo 159 de la Constitución de la República, la Policía debe estar a cargo de la seguridad pública, ser un cuerpo profesional ajeno a toda actividad partidista, cuyas funciones principales son garantizar el orden, la seguridad, la tranquilidad pública y la colaboración en el procedimiento de investigación del delito, con estricto apego a los derechos humanos.

Sin embargo, el cumplimiento de esta disposición constitucional por parte del director general de la Policía está siendo cuestionado por actuaciones propias y de jefaturas policiales que han sido calificadas por distintos actores nacionales e internacionales como atentados a la institucionalidad democrática y han dado paso, por los últimos hechos, a nuevas investigaciones legales en su contra.

Al hacer un repaso sobre estos hechos, destaca por su gravedad la incursión de la Unidad de Mantenimiento del Orden (UMO) en la toma del Salón Azul de la Asamblea Legislativa el 9 de febrero (9F), así como la participación del mismo director en los procedimientos que se desarrollaron ese día. Esta fue una de las afrentas más fuertes que se han realizado en los últimos años a la débil democracia del país. Las actuaciones de Arriaza Chicas dejaron claro que el “cumplimiento del deber” ha sido sustituido por la “obediencia jerárquica” al gobernante de turno, al mejor estilo de la tropa que cumple órdenes sin dimensión de las posteriores consecuencias jurídicas.

En los primeros meses de la pandemia por covid-19, la PNC realizó detenciones arbitrarias de cientos de personas atribuyéndoles el incumplimiento de las medidas gubernamentales adoptadas en el marco de la pandemia. Pese a que la Sala de lo Constitucional dictó varios Habeas Corpus a favor de los detenidos e instruyó a la PNC abstenerse de continuar con esta práctica, las detenciones continuaron con excesiva discrecionalidad y se obstruyó el trabajo de los jueces instructores, incumpliendo la orden judicial y poniendo en riesgo la salud y la vida de las personas detenidas.

Aunque estos hechos no tuvieron consecuencias legales para el titular de la PNC, sí le ha generado secuelas el incumplimiento a la orden de la Asamblea Legislativa para hacer comparecer al Ministro de Hacienda ante la Comisión que investiga el uso de fondos públicos durante la pandemia, por inobservancia de los artículos 132 de la Constitución y 165 del Código Procesal Penal. Su excusa basada en la interpretación de la aplicación de la ley bajo el criterio de que el uso de la fuerza pública es el último recurso para utilizar es insostenible y es incongruente con sus actuaciones previas y las detenciones generalizadas de quienes incumplían el encierro domiciliario. Es claro que su deber como director de la Policía es de cumplimiento de la ley, no de interpretación de esta.

Su nombramiento como viceministro de Seguridad en agosto de este año es más una treta para dar impunidad a sus actuaciones a través del fuero constitucional. Además, es contrario a la regla del artículo 5 de la Ley Orgánica de la PNC, que expresamente regula que “el cargo de director general de la Policía Nacional Civil es incompatible con el desempeño de otro cargo público”. Este nombramiento es, a todas luces, ilegal y no ha tenido los efectos buscados, ya que la Fiscalía General de la República ha solicitado el desafuero ante la Asamblea Legislativa por atribuirle el delito de Incumplimiento de deberes, regulado en el artículo 321 del Código Penal. Como paradoja, su suerte será decidida por los partidos políticos que solicitaron la intervención de la Fiscalía.

Otra de sus actuaciones que evidenció una afrenta a cualquier autoridad que no sea del Gobierno fue su intervención para evitar que el alcalde de Nejapa interpelara al ministro de Gobernación en un espacio público de ese municipio, desconociéndolo como autoridad local y profiriéndole amenazas. Un ejemplo más de la usanza autoritaria de funcionarios del actual Gobierno y su necesidad de probar su obediencia jerárquica, por lo que no es extraño que a la cabeza de la defensa del Director de la PNC esté el mismo presidente de la República.

La obstrucción de la PNC al ejercicio de las funciones de la Fiscalía General de la República ha provocado una relación tensa entre ambas instituciones por el incumplimiento de la primera al mandato del artículo 159 de la Constitución, que le obliga a colaborar con la Fiscalía en la investigación del delito. Además, ha abierto brechas de desconfianza en el trabajo operativo de ambas instituciones.

La falta de determinación del fiscal general ante los hechos del 9F y su pasividad frente a las reiteradas denuncias del manejo de la pandemia, las detenciones arbitrarias y las actuaciones poco transparentes de distintos funcionarios del Gobierno en el uso de fondos públicos provocó falta de credibilidad en el funcionario respecto al cumplimiento de su mandato. El procedimiento de investigación que actualmente dirige hacia funcionarios de varias instituciones del gobierno, sin embargo, ha generado expectativas positivas en algunos sectores de la sociedad.

Los cuestionamientos al procedimiento implementado en esta investigación no dejan de sorprender a quienes conocen el funcionamiento operativo de esa colaboración en la investigación del delito; está normado en el artículo 193 de la Constitución. Es frecuente que la FGR realice investigaciones propias haciendo uso del personal fiscal y que requiera diligencias de investigación muy específicas a la PNC, así como también es conocido que la FGR hace sus propios operativos sin solicitar con antelación el acompañamiento de la Policía, sobre todo, en casos en los que hay intereses contrapuestos.

Lo que llama la atención y debe ser objeto de investigación por parte del Fiscal es la obstrucción directa al trabajo técnico de la Fiscalía, así como la presencia del subdirector de Inteligencia Policial en un procedimiento fiscal para el que no se requirió la colaboración de la PNC. Las denuncias del personal fiscal que realizó el procedimiento en el Ministerio de Salud, las imágenes y videos, muestran a policías requisando a fiscales, obstaculizando su ingreso y, según sus declaraciones, hasta amenazándoles.

No se debe pasar por alto este grave hecho, porque tiene una connotación preeminente: se trata del uso de la fuerza pública para impedir el cumplimiento de una orden judicial, que muestra el músculo del Gobierno por medio de jefes policiales que son capaces, como antes, de cumplir órdenes e ir más allá de la ley. El fiscal tendría que actuar con la debida diligencia en este caso, respaldando el trabajo de los fiscales e iniciando las acciones legales correspondientes para establecer las responsabilidades penales y administrativas a quienes dieron la orden de obstaculizar y a quienes la ejecutaron, porque hay elementos para considerar la comisión de los delitos de Actos Arbitrarios y desacato, regulados en los artículos 320 y 339 del Código Penal.

Los miembros de la corporación policial, hombres y mujeres formados con una doctrina y filosofía distinta al autoritarismo, deben recordar que la debida obediencia o el cumplimiento del deber implica, ante todo, cumplir con la Constitución y las leyes para garantizar la justicia, mantener el orden y la tranquilidad pública. Seguir el rumbo que se ha impregnado en el último año a la PNC solo traerá consecuencias irreversibles para la débil institucionalidad del país y para el mismo personal policial.

*Zaira Navas es abogada especializada en derechos humanos y seguridad ciudadana. Fungió como inspectora general de la Policía Nacional Civil entre 2009 y 2012.
*Zaira Navas es abogada especializada en derechos humanos y seguridad ciudadana. Fungió como inspectora general de la Policía Nacional Civil entre 2009 y 2012.

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