Columnas / Política

Voto extraterritorial, una puerta para la participación política de la diáspora

La Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero en El Salvador marca un precedente importante para la región. Sin embargo, su implementación supone riesgos que deben considerarse.

Martes, 28 de febrero de 2023
Yuri Beltrán

La Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero en El Salvador marca un precedente importante para el voto extraterritorial de toda la región. Sin embargo, su implementación supone riesgos que deben considerarse. Por un lado, debe cuidarse la integridad del padrón electoral foráneo, ya que se levantará en forma automática sin que se requiera la presencia física de los ciudadanos. Por el otro lado, el uso plataformas de votación por internet es una apuesta ambiciosa, pero se necesita garantizar que los sistemas se apeguen a estándares internacionales.

En América Latina y el Caribe, el reconocimiento del derecho al voto desde el exterior debe explicarse a partir de la presión política que grupos organizados de migrantes lograron generar en sus países de origen. Conforme las diásporas se volvieron más grandes y mejor articuladas, mayor fuerza lograron dar a su demanda por transformar los sistemas electorales y adaptarlos a una realidad: la ciudadanía no necesariamente se encuentra dentro del territorio nacional y, por tanto, deben generarse las condiciones materiales para que todos los miembros de la comunidad política ejerzan sus derechos.

Paradójicamente, los congresos de la región fueron sumamente cautos a la hora de legislar el voto en el exterior. En países en donde la proporción de migrantes es alta (El Salvador, Venezuela), o bien en aquellos que tienen millonarias cantidades de connacionales viviendo fuera del país (México), las regulaciones buscaron eliminar los riesgos de irregularidades asociados a implementar mecanismos de votación fuera de las fronteras nacionales.

No es casual que la primera Ley Especial para el Ejercicio del Voto en el Exterior en las Elecciones Presidenciales de El Salvador (2013) haya optado por un modelo único para la emisión del sufragio (voto postal), constriñéndolo exclusivamente para la elección presidencial. Las personas interesadas en votar debían registrarse previamente en un padrón electoral ad hoc. Los resultados están a la vista. En 2014 emitieron su voto 9644 personas salvadoreñas que vivían fuera del país y en 2019 lo hicieron otras 5948. En su momento, Panamá y México tuvieron modelos de voto foráneo similares (exclusividad del voto postal y registro previo), alcanzando resultados igualmente moderados en términos de participación.

Es importante el impulso posterior que se dio para flexibilizar la otrora restrictiva regulación del voto extraterritorial en El Salvador. La presión de los propios migrantes, aunada al relevante papel de la jurisdicción electoral, generaron resoluciones en el sentido de ampliar el número de cargos a elegir y de que se reconozca el derecho de las y los salvadoreños que viven fuera del país a disputar cargos de elección popular.

Por eso es tan relevante la expedición de la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero que el congreso salvadoreño publicó en noviembre de 2022. Como lo han hecho otras naciones, la nueva norma incorpora tecnologías para ampliar la gama de opciones a quienes sufragan desde el extranjero.

En cuanto al universo potencial de votantes, la nueva Ley lo amplía al reconocer como electores posibles tanto a quienes tengan documento de identidad, como a quienes tengan pasaporte salvadoreño. El dispositivo parece una medida acertada para reconocer el derecho a más personas, pero requerirá de una alta dosis de creatividad por parte del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para garantizar que su padrón electoral permanezca confiable. Es menester que la base de datos de pasaportes tenga datos totalmente compatibles que permitan asegurar que quienes voten desde fuera del país tengan derecho a hacerlo; y darlos de baja provisionalmente del padrón en territorio nacional para evitar la posibilidad de un doble voto. El reto no es menor si se considera que la propia Ley permite que en la elección 2024 se vote con pasaportes vencidos.

La reforma del 2022 se hace cargo de la recomendación vertida por la OEA en 2019, en el sentido de “ampliar el padrón de electores en el exterior”. Se crea un Registro Nacional para el Voto Electrónico, a partir de datos censales y migratorios. La medida, evidentemente, hará crecer el padrón electoral, pero debe prestarse especial cuidado en la implementación, ya que el registro se hará automáticamente. “Bajo ninguna circunstancia los salvadoreños en el extranjero estarán obligados a realizar un registro alterno”, dicta la nueva disposición. Toda vez que no se podrá verificar la intención del votante para ser inscrito, la autoridad electoral deberá ser escrupulosa en evitar que lleguen a este listado personas que pudieran haber fallecido en el extranjero o bien registros duplicados. 

Pero la principal contribución de esta Ley estriba en el cambio de la modalidad de votación. El nuevo modelo abandona la opción postal y se inclina por dos alternativas tecnológicas. El voto por internet estará habilitado para quienes tengan registrado en su Documento Único de Identidad un domicilio en el extranjero. El voto presencial será la opción para aquellas personas cuya identificación consigne un domicilio en territorio nacional.

En cuanto al voto por internet, El Salvador hace una apuesta ambiciosa, pues requiere que el sistema sea adecuado a principios internacionalmente aceptados. Si bien faculta al TSE a requerir pruebas de identidad al votante, hubiera sido deseable que también regulara la eventual entrega de contraseñas, o bien el uso de la captura previa de datos biométricos de las y los votantes. La Ley obliga a la contratación de una empresa tecnológica, lo que puede garantizar algunas de las tecnologías de punta que se han utilizado en la región, al costo de inhibir el desarrollo de nuevas capacidades tecnológicas al interior de la autoridad electoral.

Respecto al voto presencial, El Salvador es creativo al incorporar la nueva tecnología del voto electrónico y llevarla a lugares físicos donde se pueda identificar al votante y otorgarle los instrumentos necesarios para la emisión de su sufragio. Sería recomendable iniciar con tiempo una programación de los países y ciudades en los que se instalarán centros de votación.

Finalmente, debe revisarse el tema de la representación en el exterior. Desde el primer artículo, la nueva Ley ofrece garantizar el derecho de las y los salvadoreños en el exterior a postularse para alguna candidatura. No establece, sin embargo, si se ha de modificar la geografía electoral para dar cabida a una representación propia de la diáspora. Tampoco dicta las normas por las que las y los residentes en el extranjero podrían competir en condiciones de equidad dentro de sus partidos políticos para obtener una candidatura.

El voto electrónico es una opción que, cada vez en forma más clara, está resolviendo algunos de los problemas asociados al voto foráneo. Ha probado que puede ser tan seguro y confiable como el voto que se emite en papel y urna tradicional. Es esperanzador que uno de los países más expulsores en la región apueste por el uso de tecnologías para abrir la puerta de la participación en forma franca a su diáspora. 

*Yuri Beltrán es especialista en innovación electoral, voto migrante, integridad electoral y elecciones subnacionales y miembro del Observatorio de Reformas Políticas en América Latina. Puedes seguirlo en twitter como @yuribeltran y en @ReformasLATAM

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