En un artículo anterior abordé el tema de la inconstitucionalidad de la sentencia de la Sala de lo Constitucional al expulsar a los militantes partidarios de los organismos electorales; en las líneas siguientes abordaré el problema de la integración de las Juntas Electorales desde la perspectiva de si es posible que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) pueda asumir eficientemente esta tarea.
Las próximas elecciones están a la vuelta de la esquina y los medios de comunicación frecuentemente están informando de las dificultades que tiene el TSE para cumplir con los plazos, con la contratación de los medios electrónicos necesarios para el conteo, con tener el listado de los miembros de las Juntas, con cumplir los plazos del entrenamiento de estos miembros... A esto se añade la preocupación expresada por magistrados del Tribunal, cuando dicen que el desarollo del plan electoral se les ha complicado debido a las varias modificaciones que la Sala de lo Constitucional ha introducido en el proceso. Las preguntas que debemos hacernos entonces son: ¿Acaso no estamos preparando una crisis político-electoral para el día de las elecciones? ¿Acaso no estamos, ya, en presencia de un retroceso en la confianza hacia nuestro sistema electoral de parte de la ciudadanía? Ser ave de mal agüero no es agradable, pero a veces es indispensable para advertir a la ciudadanía de futuros peligros y, sobre todo, para tratar de dar soluciones y evitar -o al menos disminuir- la crisis.
Experiencias de crisis tenemos muchas en nuestra historia electoral. Baste recordar la última, en la elección de 2015, generada por el voto cruzado que la Sala de lo Constitucional introdujo. Esta medida, que es disfuncional debido a nuestro sistema electoral constitucional, generó en el escrutinio de votos un atraso descomunal. La forma definida para calcular los votos se prestó a discusiones, errores y fraudes; los resultados oficiales se retrasaron como nunca en los últimos 30 años e incluso obligó a recuentos parciales. Si bien se logró preservar el respeto a los resultados, desafortunadamente la credibilidad del sistema electoral recibió un golpe muy fuerte, del que no solo no ha podido recuperarse, sino que ahora se está profundizando en buena medida debido a lo que señalamos en el párrafo anterior.
Hoy, en lugar de buscar una solución legal al problema -que la hay-, el TSE ha decidido hacerse cargo de los votos cruzados y asumir su recuento provisional, con lo cual está incrementando la ilegalidad en el proceso y cargándose con una responsabilidad adicional que no le corresponde y que aun no sabe cómo ejecutar. Digo lo anterior porque el recuento provisional de votos es, según el art. 200 del Código Electoral, función de las Juntas Receptoras de Votos y porque la Constitución, en su artículo 86, lo prohíbe. En definitiva, el Tribunal Supremo Electoral NO PUEDE HACERLO; la pretendida 'solución' lo único que hará, de concretarse, es atrasar aún más el anuncio de resultados, cargar aún más al TSE con tareas y violar flagrantemente la ley. Más grave aún: este instructivo destruye el carácter de 'Tribunal Supremo' que le confiere la Constitución, pues al convertirse en la primera instancia de escrutinio de los votos cruzados excluye la posibilidad de impugnar el recuento, ya que como tribunal no podría juzgar dos veces la misma controversia (art. 16 de la Constitución), amén de convertirse en juez y parte. Si un partido no está de acuerdo con el escrutinio que haga el TSE de los votos cruzados, se encuentra desamparado legalmente, pues no tiene juez para oír su queja y esto sucede, precisamente, con el problema de cómo medir los votos cruzados, que es lo más controversial.
Pero mi mayor preocupación -y lo que podría ser un tsunami electoral el día de las votaciones- es la última resolución de la Sala, que excluye a los afiliados a los partidos de las Juntas Electorales departamentales, municipales y de las receptoras de votos.
Nuestra práctica electoral ha sido, durante los últimos 30 años, desde la Constitución de 1983, que estos organismos sean integrados por los partidos; ellos reclutan a los miles de ciudadanos que deben cumplir con este deber cívico, entrenan a la mayor parte de ellos o los empujan a que reciban el entrenamiento del TSE, que abarca a la minoría. El día de las elecciones, los partidos concentran a los miembros de JRV y a sus vigilantes y llevan al local de las JEM a los primeros; y al centro de votación, a los segundos. Esto se hace a muy tempranas horas del día, sin transporte público. Durante el día, los partidos proporcionan a los miembros de JRV y a sus observadores tres tiempos de alimentación y refrigerios, pues la jornada dura más de 15 horas consecutivas; y, finalmente, a altas horas de la noche, los llevan a sus casas de habitación para que descansen. Quien ha hecho trabajo electoral sabe que todas estas tareas implican un nivel de planificación muy complejo, que incluye para el día de la votación disponer de una gran logística, mucho personal y un presupuesto muy alto para cubrir los costos. Un cálculo conservador del costo total que se requiere para preparar y atender a integrantes de las JRV es de no menos de tres millones de dólares (si el costo del personal se suma al costo total, que en el caso de los partidos es principalmente cubierto con voluntariado).
Yo no sé si los magistrados de la Sala de lo Constitucional tomaron esta realidad en cuenta para dictar la exclusión de los partidos en estos organismos, ya que si los Partidos no lo hacen, tendrá que ser el TSE quien asuma estas responsabilidades. A finales de diciembre, el TSE ya convocó a 28, 721 ciudadanos “no militantes” para que ocupen los cargos de presidentes, secretarios o vocales de las JRV. Sin embargo, ellos y nosotros sabemos que al TSE le recortaron el presupuesto para la elección, y el concedido por Hacienda no contempla estos gastos extra, por la simple razón que la resolución de la Sala fue decretada posteriormente. Y como agregado, el TSE ya advirtió que no saben si contarán con todos los recursos deseados, y que es probable que algunas mesas queden apenas con el mínimo de integrantes para funcionar, como la ley manda, el día de la elección.
El TSE, entonces, se ha recargado de trabajo y no tiene el dinero suficiente ni para contratar ni para conseguir equipo; si a esto le añadimos la misión –que casi ha abandonado- de reclutar más de 95,000 ciudadanos para las Juntas, evaluar si tienen los requisitos que la ley exige, chequear que no estén en el padrón de afiliados y entrenarlos, cuando estamos a nada para la votación, no se necesita ser un especialista para concluir que no podrá asumir seria y eficientemente su tarea; y que la probabilidad de que integremos las JRV con personal mal entrenado e incompleto es real. El mismo día de la elección, cuando su personal se dedique a atender un sin número de problemas y requerimientos inmediatos, el TSE también tendrá que ver cómo resuelve la logística para los nuevos integrantes de las Juntas Receptoras de Votos y las Juntas Electorales Municipales.
Cualquier persona en su sano juicio y con un poco de experiencia en la organización de elecciones podrá decir con certeza que el TSE NO PUEDE CUMPLIR con la tarea que la Sala de lo Constitucional le ha endilgado. Desgraciadamente, de nuevo, recurrimos a los parches con una primera medida, expresado por la Sala de lo Constitucional, cuando decide que la ley solo autoriza a los partidos a presentar listas de candidatos a estos puestos, pero 'siempre y cuando no sean afiliados al partido'; y no se da cuenta que esta 'solución” está torciendo el mandato constitucional, pues lo que el art. 209 manda es que los partidos formen parte de los organismos electorales, sin predominio de ninguno en particular. En segundo lugar, esta solución no es congruente, pues en el mismo momento en que se les saca de los organismos, se les pide que vayan a buscar esos miles de ciudadanos que no son de su partido… Realmente, suponer que los partidos son tan generosos y desinteresados, y que en medio de un proceso electoral que los absorbe, se van a dedicar a la tarea de reclutar a miles de 'independientes' para que hagan el trabajo... Pero, al mismo tiempo, la Sala argumenta que expulsar a los partidos de las Juntas le da transparencia al proceso, evita los fraudes, empodera a la ciudadanía, etcétera. Es decir que los militantes de los partidos son inhabilitados por ser marrulleros y fraudulentos. ¿En qué quedamos? ¿Desconfiamos de los partidos y de sus militantes pero confiamos en ellos para que, metidos hasta el cuello en la campaña electoral y dedicándole a ella tiempo extra, se vayan de casa en casa a reclutar a miles de ciudadanos que no sean de su partido para integrar las JRV?
El hecho de que los partidos, muy obedientemente, hayan presentado sus listas al TSE y lo hayan hecho con una velocidad increíble, se presta para sospechar de que más de alguno tiene dos listas de militantes: una es el padrón, que el TSE puede chequear y la otra la de 'afiliados no registrados en el padrón'. Estos últimos fácilmente podrían ser reclutados e incorporados a las listas de 'no afiliados'. Al respecto, un indicador que aumenta mi sospecha es que, hasta hace poco, en declaraciones públicas, líderes partidarios hablaban de membrecías superiores a los 150,000, pero en los padrones entregados al TSE recientemente, ninguno llega a 75.000 afiliados. ¿Se les fue más de la mitad de la militancia en estos últimos tiempos? ¿O estaban preparándose para esta elección?
Pero los problemas no terminan allí, aun falta lo más difícil: el Tribunal debe entrenar los miles de funcionarios en las JRV y no contará, como en elecciones anteriores, con los varios miles de afiliados que han sido capacitados en elecciones anteriores. Ni las resoluciones de la Sala sobre el conteo de votos y el voto cruzado, ni la ley que dice cómo hacerlo, aciertan en un procedimiento que, respetando la Constitución, sea inteligible y adecuado para que los miles de miembros de JRV puedan asumirlo. La verdad es que ni siquiera pidiendo el auxilio de una empresa que se supone maneja procesos electorales electrónicamente se ha llegado, hasta ahora, a una solución satisfactoria.
El TSE enfrenta el problema del día de la votación, que es el día del juicio final para cualquier proceso eleccionario y al que la mirada de la sociedad está enfocada. Ya reseñé las tareas que el TSE enfrenta adicionales a las que en elecciones anteriores lo han absorbido; no insistiré en repetirlas, sino en señalar que al TSE lo están obligando a asumir tareas para cuyo cumplimiento ni tiene el personal ni tiene los recursos materiales que le permitan enfrentarlas. En mi experiencia electoral no conozco de ningún país, con un similar sistema electoral al nuestro, en el que se le haya amontonado tal exceso de tareas, en forma intempestiva y sin darle los recursos mínimos necesarios. Lo afirmo no para justificar al TSE, sino para que la opinión pública lo valore: la posibilidad de un tsunami electoral el 4 de Marzo es real.
¿Qué podemos hacer? Hace tres semanas me permití expresar sobre el tema mis consideraciones jurídicas y prácticas al TSE por escrito y sugerí posibles soluciones; si el Tribunal lo ha tomado en cuenta no lo sé y en parte por ello, escribo este artículo. Creo que ya no hay tiempo para soluciones estructurales o radicales, sino que podemos recurrir a soluciones inmediatas y temporales que eviten el mayor daño a nuestro proceso democrático. Creo que el TSE aun puede actuar, buscando una moratoria para las resoluciones de la Sala que causan el mayor problema o pidiendo una postergación de la elección y un refuerzo presupuestario adecuado para poder cumplir aceptablemente con las nuevas tareas que se le han encomendado.