El Salvador / Política

Director de la PNC es absuelto y juez le advierte que “no estamos en una monarquía”

El primer funcionario del gobierno de Nayib Bukele sometido a un proceso penal se libró de los cargos. Mauricio Arriaza Chicas, director de la Policía Nacional Civil, fue absuelto del delito de incumplimiento de deberes. Según el Juez Quinto de Paz de San Salvador, Salamón Landaverde, la Asamblea Legislativa cometió errores de procedimiento que la Fiscalía no puede subsanar. Al dar su fallo, el juez le aclaró al director de la policía que no le estaba dando un cheque en blanco y que debe obedecer las leyes. 'No estamos en una monarquía', le dijo al director policial.  


Miércoles, 23 de diciembre de 2020
Gabriel Labrador

El primer funcionario del Gobierno de Nayib Bukele que enfrenta la justicia por un proceso penal fue sobreseído definitivamente. Según explicó el juez Salomón Landaverde, del Juzgado Quinto de Paz de San Salvador, el director de la Policía Nacional Civil, Mauricio Arriaza Chicas, fue absuelto porque la Asamblea Legislativa cometió errores de procedimiento.  

El juez Landaverde explicó que la Asamblea Legislativa cometió errores procedimentales cuando le ordenó al director de la policía que usará la fuerza para hacer comparecer al Ministro de Hacienda a una Comisión Especial. Según el juez,  esos errores de procedimiento volvieron la orden ilegal, con lo cual el director Arriaza Chicas no debía obedecerla y por lo tanto tampoco puede ser acusado de incumplimiento del deberes.  Para el Juez que vio el caso, la Fiscalía General de la República, al fundamentar su caso, también incluyó errores de forma que ya no pueden subsanarse debido a que los documentos originales emitidos por la Asamblea no pueden modificarse. 

El juez Landaverde, sin embargo, le aclaró a Arriaza Chicas que la absolución “no era un cheque en blanco para que usted como funcionario incumpla órdenes que reciba”. Y fue más allá. Le explicó al director de la Policía que la resolución no debía interpretarse como un permiso para que los funcionarios dejen de comparecer a la Asamblea Legislativa a rendir cuentas. “Ustedes como funcionarios tienen que someterse a las leyes. Estamos ante el gobierno de las leyes, no ante un gobierno de los hombres. No estamos en una monarquía”, dijo al final de la audiencia. Arriaza Chicas solo asintió con la cabeza. 

 

El director de la PNC, Mauricio Arriaza Chicas, durante la audiencia inicial en el juzgado 5.o de paz de San Salvador. Foto de El Faro: Carlos Barrera
El director de la PNC, Mauricio Arriaza Chicas, durante la audiencia inicial en el juzgado 5.o de paz de San Salvador. Foto de El Faro: Carlos Barrera

En términos generales, el juez le dio validez a los alegatos de la defensa que un día antes de la finalización de la audiencia, el martes 22 de diciembre, se había centrado en demostrar que la Asamblea incumplió con requisitos formales a la hora de darle la orden para llamar por apremio al Ministro de Hacienda Alejandro Zelaya. 

“Si la Asamblea hubiera cumplido con los requisitos del proceso probablemente mi decisión sería otra. Usted como director de la PNC no tenía manera de saber si la orden era legal o ilegal, usted solo debía obedecer”, le señaló el juez. 

La Fiscalía acusaba a Arriaza Chicas de incumpliento de deberes, un delito sancionado con cárcel de cuatro a seis años e inhabilitación del cargo por el mismo período. Le reclamaban que no hizo comparecer al ministro Zelaya para que explicara el destino de más de $3,000 millones usados para la emergencia del coronavirus en una Comisión Especial de la Asamblea. 

El rol de la Policía de Arriaza Chicas ha estado en el centro de la opinión pública en los últimos meses. Además de haber obviado la orden de la Asamblea, la Policía ha obstruido diligencias de investigación de la Fiscalía durante los allanamientos al Ministerio de Salud, institución en la que buscaban información relacionada con los casos de posible corrupción por compras públicas realizadas durante la pandemia de Covid-19. 

Los detalles que libraron al director de la PNC

Durante dos horas, el martes 22 de diciembre, cuatro abogados del director Mauricio Arriaza Chicas, intentaron convencer a un juez de que su cliente era inocente, de que la orden de la Asamblea Legislativa era ilegal 

Los defensores –encabezados por el exjefe fiscal anticrimen organizado Rodolfo Delgado- se valieron de varios detalles que la Fiscalía General de la República no logró controvertir. Los fiscales, de hecho, variaron muy poco de la acusación que en noviembre hicieron para pedir el desafuero de Arriaza Chicas en la Asamblea. 

Para argumentar que la orden de los diputados era ilegal, los abogados de Arriaza Chicas mencionaron varios detalles del enredado procedimiento con el cual la Asamblea certificó que el Ministro de Hacienda no había sido llevado por la fuerza al recinto legislativo el 2 de octubre de 2020. 

El juez explicó que solo iba a retomar dos de esos elementos para sustentar su fallo. Uno de ellos es que en ninguna de las citaciones se le advirtió al Ministro Zelaya que de no presentarse lo harían comparecer con el uso de la fuerza. Ese detalle lo exige el artículo 165 del Código Procesal Penal. “…En todo caso, se le hará saber [a la persona] el objeto de la citación y el procedimiento en que ésta se dispuso, se le advertirá que si no obedece la orden, será conducido por la seguridad pública y pagará las costas que causen, salvo justa causa”, dice el artículo.

Los abogados y el juez coincidieron en que fue hasta la citación del 30 de septiembre –para que Zelaya compareciera el 2 de octubre- que la Comisión Especial le hizo una mención de que podía ser llamado mediante apremio. El abogado David Alfonso Ramírez mostró en una presentación de Power Point dos ejemplos de citaciones hechas por otros tribunales: 40 palabras que, según él, son las que la Asamblea también debía usar en cada citación para indicar al Ministro de Hacienda que se le podía hacer comparecer con la fuerza pública. 

Un segundo argumento, retomado por el juez, fue que la Comisión Especial no fundamentó ni razonó su decisión de ordenarle al director Arriaza que buscara a Zelaya para llevarlo a la Asamblea. Eso, según explicó el juez, vuelve nula la orden porque la Constitución (artículo 2) exige que toda decisión esté fundamentada y razonada para ser válida. “No vale, por ejemplo, que una autoridad diga que tomaron la decisión solo porque son autoridad; deben explicar su decisión”, dijo el juez. 

Según el juez, si no se cumplieron esos requisitos, la orden de la Asamblea es nula. 

Otros argumentos de Arriaza Chicas

El alegato que más repitieron los defensores del director policial fue este: que cuando la Asamblea ordenó a Arriaza Chicas que hiciera comparecer a Zelaya lo hizo plasmando información falsa en un oficio. Los abogados citaron un memorándum en el que la diputada del FMLN, Yanci Urbina,  asegura que el ministro Zelaya no había justificado las tres incomparecencias previas por las que activo su búsqueda por apremio.

“El ministro Zelaya justificó su incomparecencia en cuatro ocasiones y la Asamblea nunca dio por injustificada su inasistencia”, dijo el abogado Martínez García. El letrado se refería a las notas que Zelaya envió a la Asamblea el 7, 11, 18 y 21 de septiembre. 

Como segundo punto, los abogados señalaron que la segunda citación para Zelaya, hecha el 9 de septiembre, no fue acordada ni aprobada en la Comisión Especial de los diputados.

Otro de los argumentos expuestos por el abogado Héctor Nahún Martínez fue que de haber cumplido la orden, Arriaza Chicas habría cometido otro delito, el de violarle el fuero a Arriaza Chicas, que en aquel momento era también viceministro de Seguridad. Por esta razón fue que al momento de las peticiones, al terminar los alegatos, los defensores dijeron que Arriaza Chicas debía ser sobreseído. 

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